Condenada por usurpación tras ser sorprendida desmontando la cerradura de una vivienda de Costa Teguise

La acusada reconoció en el juicio que acudió a la casa "con la intención de quedarse a residir en la misma, si bien se equivocó de vivienda", y deberá pagar una multa de 420 euros 

10 de febrero de 2020 (22:16 CET)
Condenada por usurpación tras ser sorprendida desmontando la cerradura de una vivienda de Costa Teguise
Condenada por usurpación tras ser sorprendida desmontando la cerradura de una vivienda de Costa Teguise

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha ratificado una condena por un delito leve de usurpación a una mujer que fue "sorprendida" desmontando la cerradura de una vivienda de Costa Teguise "con la intención de acceder a su interior y establecer allí su residencia". 

Los hechos tuvieron lugar en la noche del 24 de enero de 2018 y la mujer ya fue condenada en primera instancia por el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife en octubre de dicho año. Sin embargo, la acusada recurrió dicho fallo, que le condenaba a pagar una multa de 420 euros. 

La Audiencia Provincial concluye que "el recurso no puede ser estimado, al no apreciarse que la sentencia apelada vulnere el derecho consitucional a la presunción de inocencia del recurrente, ni tampoco el principio in dubio pro reo", principio que establece que, en caso que haya dudas acerca de la culpabilidad del acusado, la resolución judicial debe ser favorable para el mismo. Y es que, considera que la prueba de cargo practicada en el juicio "fue suficiente"- 

Al respecto, la sala apunta que la denunciante relató en el juicio "cómo se encontraba en su vivienda y, tras escuchar unos ruidos, abrió la puerta y encontró a la denunciada manipulando la cerradura", la cual abandonó tras ello el lugar. Además, se señala que la propia acusada reconoció que acudió a la casa "con la intención de quedarse a residir en la misma, si bien se equivocó de vivienda". 

"La falta de justificación evidente del intento de ocupación de la vivienda, revelando el camboo de cerradura el conocimiento de aquella ajeneidad aunque la ocupación no haya llegado a producirse, justificar la concurrencias de los elementos del tipo de usurpación" en grado de tentativa, añade además la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, que ratifica así la condena interpuesta por el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife. 

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