LOS HECHOS OCURRIERON EN JUNIO DE 2015

Condenada a 15 años de internamiento en un psiquiátrico por acuchillar a sus hijos en Arrieta

La Audiencia Provincial ha absuelto a la mujer de los dos delitos de homicidio en grado de tentativa, al aplicar como eximente que sufría una alteración psíquica

7 de marzo de 2017 (13:55 CET)
Condenada a 15 años de internamiento en un psiquiátrico por acuchillar a sus hijos en Arrieta
Condenada a 15 años de internamiento en un psiquiátrico por acuchillar a sus hijos en Arrieta

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a D.C.P.U., la mujer acusada de acuchillar a sus hijos en Arrieta en junio de 2015, de dos delitos de homicidio en grado de tentativa, al aplicar la "eximente completa" que contempla el Código Penal cuando se actúa bajo una "alteración psíquica". No obstante, le ha impuesto una medida de internamiento en un centro psiquiátrico durante 15 años, para ser tratada de la enfermedad que padece.

Contra la sentencia cabe recurso de casación en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de la resolución judicial. El Ministerio Fiscal solicitaba la absolución y la medida de internamiento impuesta, aunque durante 30 años, mientras que la defensa pedía que se le impusiese una medida de acogimiento familiar para que la mujer fuese tratada del trastorno que padece de forma ambulatoria. 

En la resolución judicial se pone de manifiesto que en el momento de los hechos, según el informe médico forense, la mujer "tenía anuladas completamente sus facultades mentales" y sufría "un episodio psicótico breve". En concreto se indica que presentaba "un cuadro caracterizado por una gran confusión, agitación emocional y una importante disfunción cognitiva provocada por la existencia de un delirio que condicionaba sus actos, ocasionando una merma completa en la comprensión, en su naturaleza y consecuencias, de los hechos que se le imputan, con ausencia total en su capacidad de juicio en esos momentos".

 

"Seguimiento obligatorio por personal médico especializado"


Respecto a la medida impuesta se recoge que los forenses en el juicio ratificaron su informe y coincidieron en que la mujer "bajo el trastorno psicótico que anuló totalmente sus facultades mentales, pudo matar a sus hijos", por lo que apuntaban que requiere "un seguimiento obligatorio por personal médico especializado en relación con el tipo de padecimiento que sufre".  

Según se recoge en la sentencia, en sus informes los forenses ponen de manifiesto que en el caso del trastorno padecido por la agresora se describen altas tasas de recaída, con la característica de tener un inicio brusco de los síntomas psicóticos" y que entienden que "supera las posibilidades de un control ambulatorio". En este sentido, se resalta que  media hora antes de que se produjese la agresión fue valorada en el Hospital por un psiquiatra de guardia "otorgándole éste el alta y en aquel momento ya existía una situación de descompensación que no fue advertida".

Se indica igualmente que el criterio del perito propuesto por la defensa, que recomendaba un tratamiento ambulatorio, no "es convincente a juicio de la Sala" no sólo "por tratarse del informe de un psicólogo, no de un médico, sino porque las afirmaciones que realiza de la evolución de la paciente no se analizan desde el punto de vista de su enfermedad, sino de su comportamiento". Se añade que "el mismo puede verse afectado por hecho de que la enfermedad, el trastorno padecido, como ya señalaban los forenses en sus informes, se caracteriza por presentar un pronóstico para la mayoría de los individuos muy favorable en cuanto a su funcionalidad social y sintomatológica, que no impide altas tasas de recaídas".

 

Los hechos


En la sentencia se consideran probados los hechos que ocurrieron el 24 de junio de 2015, cuando la mujer se encontraba en su domicilio de Arrieta, junto a sus hijos que entonces tenían 3 y 5 años, y se dirigió al dormitorio de éstos portando un cuchillo de cocina de unos 17 centímetros. La mujer les asestó varias puñaladas en el cuello y los brazos, en uno de los casos, y en el cuello y el pecho, en el otro, mientras gritaba "hay que acabar con él [en alusión al niño] , es el diablo, hay que matarlo]". Posteriormente la mujer se autolesionó con el mismo cuchillo. 

La mujer había estado previamente, esa misma jornada, en observación "por motivos psiquiátricos en Urgencias del Hospital de Lanzarote durante siete horas" y el alta le fue otorgada una hora antes de que se produjera la agresión. Desde el 29 de julio de 2015 ha permanecido ingresada en prisión. 

 

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