El acusado ha aceptado la pena, ya que no entra en prisión

Condenado a dos años de cárcel un hombre que fue detenido en Arrecife con 1,68 gramos de cocaína

Un hombre de 49 años de edad ha sido condenado a dos años de cárcel por portar 1,68 gramos de cocaína "para distribuirla a terceras personas" . En un principio, la Fiscalía pedía dos años y nueve meses de ...

12 de junio de 2013 (15:44 CET)
Condenado a dos años de cárcel un hombre que fue detenido en Arrecife con 1,68 gramos de cocaína
Condenado a dos años de cárcel un hombre que fue detenido en Arrecife con 1,68 gramos de cocaína

Un hombre de 49 años de edad ha sido condenado a dos años de cárcel por portar 1,68 gramos de cocaína "para distribuirla a terceras personas" . En un principio, la Fiscalía pedía dos años y nueve meses de prisión, pero ha reducido la pena a dos años. El acusado no tenía antecedentes penales así que ha decidido llegar a un acuerdo de conciliación y aceptar la pena de dos años de cárcel, ya que de esta manera no tendrá que ingresar en prisión.

Camara Seydou, natural de Senegal, también ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas a pagar una multa de 128 euros. Fue acusado de un delito contra la salud pública por unos hechos cometidos el 21 de marzo de 2011, sobre las 21.55 horas en la calle Honduras, de Arrecife.

La Fiscalía sostiene en su escrito de acusación que Camara Seydou, "con el propósito de distribuirlo a terceras personas y con desprecio a la salud colectiva, portaba 0,77 gramos de cocaína con una riqueza media del 16 por ciento, que hubiera alcanzado en el mercado ilícito un valor de 16,55 euros, y 0,91 gramos de cocaína con riqueza media del 21,55 por ciento", con un valor de 26,30 euros. Según el escrito de acusación, en el momento de su detención le incautaron 70 euros.

El condenado fue detenido pero no ha estado nunca en prisión provisional. El juicio ha comenzado este martes a las 10.00 horas y el acusado ha contado con la ayuda de un intérprete. Desde un principio se ha llegado a un acuerdo entre las partes y se ha levantado la sesión sin necesidad de celebrarse el juicio oral.

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