El diputado del PP y ex alcalde de La Oliva tendrá que pagar una multa de nueve meses a razón de 20 euros diarios

El TSJC condena a González Arroyo por un delito de intrusismo, pero le absuelve de prevaricación en el ‘caso del topógrafo', porque el delito ha prescrito

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha hecho ya pública la sentencia sobre el llamado ‘caso del topógrafo', en la que se condena con una multa al ex alcalde de La Oliva y actual diputado del PP, Domingo González Arroyo, por ...

27 de junio de 2006 (09:07 CET)
El TSJC condena a González Arroyo por un delito de intrusismo, pero le absuelve de prevaricación en el ‘caso del topógrafo', porque el delito ha prescrito
El TSJC condena a González Arroyo por un delito de intrusismo, pero le absuelve de prevaricación en el ‘caso del topógrafo', porque el delito ha prescrito

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha hecho ya pública la sentencia sobre el llamado ‘caso del topógrafo', en la que se condena con una multa al ex alcalde de La Oliva y actual diputado del PP, Domingo González Arroyo, por un delito de intrusismo, pero se le absuelve de la acusación de prevaricación dado que éste delito ha prescrito. El Tribunal condena también a ‘Pepe el topógrafo', José María Pérez Palma, a una multa por el delito de instrusismo.

Tras la sentencia del TSJC, González Arroyo y Pérez Palma deberán hacer frente a una pena de 9 meses de multa, con una cuota diaria de 20 euros, con sujeción a la reponsabilidad penal subsidiaria en caso de impago.

Respecto a la acusación de prevaricación que mantenía la Fiscalía del TSJC, y por la que pedía la inhabilitación para el cargo de alcalde, la sentencia señala que "extinguida la responsabilidad criminal por prescripción del delito, debemos absolver y absolvemos libremente al acusado Domingo González Arroyo del delito de prevaricación por el que se le acusaba, con todos los pronunciamientos favorables".

El juicio contra el diputado del PP y José María Pérez Palma se celebró el pasado lunes, 19 de junio. En él, el abogado de ambos reclamó la prescripción de todos los delitos. Finalmente, el tribunal, que presidía el presidente del TSJC, Antonio Castro, ha condenado a ambos por intrusismo, pero no a González Arroyo por prevaricación, lo que evita una condena a inhabilitación para el cargo de alcalde.

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