DEBEN ESTAR INSCRITOS PREVIAMENTE EN EL PADRÓN MUNICIPAL

Tías recuerda a los extranjeros que el plazo para inscribirse y votar en las elecciones acaba en enero

Los ciudadanos extranjeros de países de la UE tienen de plazo hasta el 30 de enero y los vecinos de países de fuera de la UE con acuerdos de reciprocidad hasta el 15 

9 de enero de 2019 (08:49 CET)
Tías recuerda a los extranjeros que el plazo para inscribirse y votar en las elecciones acaba en enero
Tías recuerda a los extranjeros que el plazo para inscribirse y votar en las elecciones acaba en enero

El Ayuntamiento de Tías recuerda a los vecinos extranjeros recuerda a los extranjeros residentes en el municipio que tienen hasta el 30 de enero para inscribirse y poder ejercer su derecho a voto en las elecciones de mayo. 

Los extranjeros residentes en España se pueden inscribir para votar en las elecciones municipales que se celebrarán el 26 de mayo de 2019 en España, junto a los comicios al Parlamento Europeo, cuya organización y gestión corresponde a la Administración General del Estado. En ellas podrán participar los extranjeros procedentes de países de la UE, incluido Reino Unido mientras no se consume previamente la separación de la UE en el proceso conocido como Brexit. 

Desde el Ayuntamiento de Tías se explica que, según una circular informativa difundida por el Instituto Nacional de Estadística, en los comicios municipales podrán participar además los ciudadanos de otros países residentes en España con existen acuerdos de reciprocidad, para lo cual han de inscribirse en la Oficina del Censo Electoral hasta el próximo 15 de enero. Este plazo es para aquellos residentes y con nacionalidad de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago. 

 

Inscripciones de extranjeros de la UE 


Para la inclusión de los extranjeros de la UE en el censo electoral vigente de las elecciones se requiere la inscripción previa en el padrón municipal de su lugar de residencia en España y haber manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España. Las declaraciones formales de esta voluntad pueden realizarse por Internet, correo postal o personalmente en el Ayuntamiento de Tías, para aquellos vecinos censados en este municipio de Lanzarote, donde cerca de la mitad de su población ha nacido fuera de España.

Por Internet, los interesados han de hacer la gestión a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), acreditando su identidad mediante un certificado electrónico asociado al Número de Identificación de Extranjero (NIE). Por correo postal, los interesados han de cumplimentar la declaración formal contenida en la comunicación que hayan recibido, firmarla y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, sin necesidad de franqueo. Finalmente, en los ayuntamientos también disponen del impreso de declaración formal a cumplimentar. 

Para que tengan efecto en el censo electoral vigente de las elecciones municipales y al Parlamento Europeo a celebrar el próximo 26 de mayo de 2019, las inscripciones de los ciudadanos europeos residentes en España en los padrones municipales y las declaraciones formales deberán realizarse antes del día 30 de enero de 2019, inclusive. 

 

Inscripciones de ciudadanos de países de fuera de la UE 


Por su parte, los ciudadanos procedentes de otros países fuera de la UE que quieran ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales, y con nacionalidad en estos países con convenios de reciprocidad para poder votar, pueden solicitar la inscripción en el censo electoral hasta el 15 de enero. Según se indica desde el Ayuntamiento de Tías, quienes se inscribieron para las elecciones municipales del año 2015 y quieran volver a participar en las del año 2019 han de inscribirse otra vez, ya que el censo para este colectivo se renueva en cada proceso electoral. 

Las condiciones que deben reunir los ciudadanos para tener derecho a la inscripción son ser mayor de 18 el día de la votación y no estar privado del derecho de sufragio activo; estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes de Tías; poseer la autorización de residencia en España; y haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente Acuerdo (tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega y cinco años en el momento de la solicitud para los nacionales del resto de países). 

Al igual que con los ciudadanos de la UE, las solicitudes de inscripción de los extranjeros procedentes de otros países con acuerdos de reciprocidad con España se podrán realizar por Internet, correo postal o personalmente en el ayuntamiento de su lugar de residencia. Para obtener más información, los interesados pueden dirigirse a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de residencia, por teléfono en el número 901 101 900 o en el Ayuntamiento de Tías.

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