ASESORÓ A SAN GINÉS UNA SOLA VEZ EN UNA "BREVE" CONVERSACIÓN

Perdomo no hubiera incautado la desaladora sin un "informe jurídico escrito previo"

Así lo declaró ante el juez. Aseguró además que asesoró verbalmente al presidente una "única" vez en una "breve" conversación, en la que dijo a San Ginés que procedía abrir un expediente sancionador "y como consecuencia del expediente una clausura de esa actividad ilegal"...

26 de octubre de 2015 (13:16 CET)
Actualizado el 2 de julio de 2020 (23:31 CET)

El secretario del Cabildo, Francisco Perdomo, declaró este viernes ante el juez que él no hubiese incautado la planta de Montaña Roja "sin contar con un informe jurídico previo". En su declaración como imputado por presunta prevaricación en la causa que investiga la incautación de esas instalaciones a Club Lanzarote, Perdomo afirmó que sólo dio "asesoramiento verbal" al presidente en una "única ocasión" y "por breve espacio de tiempo". Perdomo le indicó asimismo al juez que no cree que con su asesoramiento "estuviera formando la voluntad del presidente" y que no sabe si éste tenía "ya adoptada" su decisión cuando le pidió asesoramiento. De haber estado en el "lugar del presidente", Perdomo hubiera "estado respaldado" por informes jurídicos escritos previos para tomar esa decisión. 

Según declaró Perdomo, en esa "breve" conversación con San Ginés acerca de qué medidas tomar ante los informes de "venta ilegal" de agua en este Plan Parcial, la primera recomendación del secretario fue que "si efectivamente se estaba desarrollando una actividad sin título habilitante lo que procedía era la apertura de un expediente sancionador dirigido a la recuperación del dominio público y procedería como consecuencia del expediente una clausura de esa actividad ilegal". El secretario entendía que esas instalaciones "al estar dentro de un Plan Parcial con proyecto de reparcelación aprobado tenían carácter de dominio público".

El presidente, señala Perdomo, le dijo que el expediente "podría dar lugar a un desabastecimiento" y le preguntó si había alguna "medida para paliar esto". El secretario, "con todas las reservas que supone un informe verbal", le comentó que conocía "sentencias" que hablaban de "requisa temporal por parte de la administración" y otras de "intervención de empresas productoras y distribuidoras de aguas". 

 

"Nadie" le requirió un informe sobre la incautación


De otra parte, el secretario general de la Corporación aseguró ante el juez que "nadie" le requirió para que realizara un informe sobre la incautación. Perdomo indicó que en los expedientes sancionadores "no es necesario" el asesoramiento jurídico previo del secretario y que tampoco es "necesario" en materia de aguas un informe jurídico previo escrito. 

Del mismo modo, también dijo al juez que la ley "no impone" un informe jurídico previo para adoptar la medida de incautación y que, así, él no estaba "obligado" a hacerlo. Además, Perdomo también señaló que él no redactó la resolución en la que, entre otras cosas, se establecía la incautación, ni tuvo "nada que ver" con la redacción del documento. Tampoco tuvo "nada que ver", dijo, con la resolución en la que se establecía que las instalaciones de Club Lanzarote se transfirieran a Canal Gestión.

 

San Ginés le preguntó si "se podía incautar"


En ese asesoramiento verbal a San Ginés, el presidente preguntó al secretario "si se podía incautar". Perdomo le "repitió que en el marco de entender que esas dotaciones lo eran de dominio público, se podría incautar la prestación del servicio". 

A lo largo de su declaración, el secretario señala que interpreta no sólo que la incautación podía realizarse, sino que "no era necesaria autorización judicial para la entrada en las instalaciones de Club Lanzarote" porque entendía que "era una maquinaria que no constituía domicilio de una persona".

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