CREE "IMPERTINENTE" QUE TRATE DE RESPONSABILIZAR AL CONSISTORIO

San Bartolomé no renunciará al canon y "hará cumplir la ley pese a quien le pese, incluido San Ginés"

La alcaldesa rechaza la "actitud demagógica e irrespetuosa" del presidente "con los vecinos" y "con la propia sentencia" que ha avalado el canon de 254.678 euros que el Ayuntamiento reclama al Consorcio del Agua por la instalación de un parque eólico

8 de mayo de 2018 (20:13 CET)
San Bartolomé no renunciará al canon y "hará cumplir la ley pese a quien le pese, incluido San Ginés"
San Bartolomé no renunciará al canon y "hará cumplir la ley pese a quien le pese, incluido San Ginés"

"San Bartolomé hará cumplir la ley le pese a quien le pese, incluido Pedro San Ginés". Así se ha manifestado la alcaldesa de San Bartolomé, Loli Corujo, que ha rechazado la "actitud demagógica e irrespetuosa" del presidente del Cabildo "con los vecinos" del municipio y "con la propia sentencia" que ha avalado el canon de 254.678 euros que el Ayuntamiento reclama al Consorcio del Agua por la instalación de un parque eólico en Montaña Mina 

Corujo considera "impertinente e inadecuado que San Ginés trate de responsabilizar al Consistorio de la viabilidad del proyecto". "El Ayuntamiento se ha limitado a aplicar la ley, tratando a la empresa pública de aguas como a cualquier vecino o vecina de San Bartolomé. Hay quien se empeña en no entenderlo pero, como administración, nuestra obligación es respetar los principios de legalidad e igualdad en el trato", ha destacado la alcaldesa. 

Desde el Ayuntamiento de San Bartolomé se recuerda que ha sido el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria el que ha fallado en favor del Consistorio y ha considerado "ajustada y conforme a derecho" la vía de apremio iniciada por el Ayuntamiento ante la negativa de Inalsa a abonar el canon urbanístico correspondiente a la instalación de un parque eólico de 9,2 megavatios en las inmediaciones de la Montaña Mina. Tal y como ya informó La Voz este lunes, la sentencia, de 30 de abril de 2018, considera que la empresa de aguas "viene obligada al pago de 254.768 euros, en concepto del mencionado canon, por la instalación del parque eólico en suelo de titularidad municipal".

"En contra de los sostenido por el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, no se trata de una decisión de carácter político, pues el canon viene establecido por el artículo 62.3 del Decreto Legislativo 1/2000 de 8 de enero y el Ayuntamiento se ha limitado a aplicar la legislación correspondiente", ha señalado la alcaldesa del municipio, que recuerda que hay otro pleito abierto por otro parque eólico previsto, también de 9,2 megavatios, por el que el Ayuntamiento reclama un canon de 516.977 euros. 

Esta cantidad, según apuntan desde el Consistorio, "ya ha sido exigida a Inalsa por vía de apremio, ante su negativa a abonarla en el periodo voluntario" y la alcaldesa confía "en que el recurso presentado por Inalsa tenga el mismo resultado, es decir, que la empresa vuelva a ser condenada al pago del canon, por tratarse de un caso análogo".

 

Tacha de "delirante" que San Ginés culpe al Consistorio de sus "errores"


Respecto la presentación extemporánea o fuera de plazo del recurso interpuesto por Inalsa, Loli Corujo ha declarado que "de este aspecto no se puede responsabilizar al Ayuntamiento de San Bartolomé". "Parece delirante responsabilizar al Ayuntamiento de los propios errores de San Ginés y más cuando parece ser costumbre que la mayor parte de sus recursos lleguen tarde y mal, como ya hemos visto en otros casos", ha señalado la alcaldesa, señalando que "la notificación de la liquidación aprobada por el Ayuntamiento se realizó en la sede social de Inalsa, que está fijada según sus estatutos en La Carretera Arrecife- Las  Caletas Km 3,5, por consiguiente, en la dirección correcta". 

Corujo también ha desmentido que otros ayuntamientos no giren ese canon, apuntando "que un repaso a las últimas resoluciones judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Canarias muestra multitud de sentencias favorables a ayuntamientos de Canarias que han liquidado ese canon". En todo caso, "si otros ayuntamientos de la isla tienen desarrollada la ordenanza y no giran ese canon, tal y como afirma Pedro San Ginés, serán sus responsables políticos los que tengan que justificar por qué renuncian a unos ingresos públicos, perjudicando a sus vecinas y vecinos y, sobre todo, tendrán que justificar por qué incumplen la ley autonómica colocándose en una situación que puede ser calificada como prevaricación", ha indicado la alcaldesa. 

Por último, Corujo ha señalado que Inalsa tendrá que abonar en concepto de impuesto de construcciones, instalaciones y obras la cantidad que resulte de la correspondiente liquidación y que ascenderá al 4% del presupuesto de ejecución material de los dos parque eólicos. "Es lo que establece la normativa que regula el sector eléctrico canario y San Bartolomé hará cumplir la ley le pese a quien le pese, incluido Pedro San Ginés", ha concluido. 

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