NO LE CONDENA A COSTAS POR EL "SILENCIO ADMINISTRATIVO" DEL CABILDO

La Justicia desestima un recurso de Canal Gestión, que reclamaba 1,7 millones de euros al Consorcio

Solicitaba una indemnización por no haber podido rescatar la póliza de seguro de pensiones de los trabajadores, ya que Inalsa retiró el dinero a los 12 días de firmar el contrato con Canal. El fallo rechaza su recurso por cuestiones formales y no entra al fondo del asunto

16 de octubre de 2018 (16:31 CET)
La Justicia desestima un recurso de Canal Gestión, que reclamaba 1,7 millones de euros al Consorcio
La Justicia desestima un recurso de Canal Gestión, que reclamaba 1,7 millones de euros al Consorcio

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado un recurso interpuesto por Canal Gestión, con el que la empresa reclamaba 1,7 millones de euros al Consorcio del Agua de Lanzarote por no haber podido rescatar la póliza de seguro colectivo que tenía Inalsa para las pensiones de los trabajadores. No obstante, el tribunal no se pronuncia sobre el fondo de la pretensión de Canal y se limita a rechazar su recurso concluyendo que la empresa tendría que haber acudido a otra vía.

La póliza, según se recoge en la sentencia, la firmó Inalsa con Axa Seguros en 2005  para "exteriorizar un compromiso por pensiones con sus trabajadores", a quienes Canal Gestión subrogó tras resultar adjudicataria de la gestión del ciclo integral del agua en Lanzarote el 26 de abril de 2013. A los 12 días de la firma de ese contrato con Canal, Inalsa reclamó el rescate de las reservas matemáticas del seguro que cubría las contigencias de compromisos por pensiones por importe de 1.658.128,85 euros. Y lo hizo "de espaldas a la nueva adjudicataria y con la connivencia del Consorcio del Agua", según la demandante.

En su demanda, Canal Gestión solicitaba una indemnización de 1.628.917,17 euros, además de 78.902,17 euros por intereses. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Admistrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado su recurso al considerar que la vía utilizada por Canal Gestión es "incorrecta". Y es que cree que no se trata de una reclamación por responsabilidad patrimonial, que fue la que planteó la empresa, sino de "una responsabilidad contractual como consecuencia de un hipotético incumplimiento del deber de información en la licitación", motivo por el cual rechaza la demanda. 

 

"Silencio administrativo" del Consorcio del Agua


Según se expone en la sentencia, Canal Gestión decidió acudir a la Justicia y presentar un recurso contencioso-administrativo "por silencio administrativo" del Consorcio del Agua, ante quien ya interpuso una reclamación por responsabilidad patrimonial el 25 de abril de 2016.

De hecho, la sala no le condena a pagar las costas, porque considera que la empresa se vio obligada a recurrir a la Justicia al no recibir respuesta por parte del Cabildo. "Se vio compelida a interponer recurso ante la falta de resolución empresa de la administración, que no atendió al deber impuesto por el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento de las Administraciones Públicas", señala la sala, que considera así que "no procede imponer las costas" a Canal Gestión. 

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