EL AYUNTAMIENTO SANCIONÓ A AENA POR NO TENER LICENCIA Y EL JUZGADO LO AVALA

El Juzgado da la razón a San Bartolomé y Aena tendrá que pagar una multa por el parking de la T2

El ente público carecía de licencia para ese aparcamiento, por lo que el Ayuntamiento le impuso una sanción, que Aena recurrió. Ahora el Juzgado lo considera una infracción muy grave y le impone 15.000 euros de multa...

15 de octubre de 2015 (15:55 CET)

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé en otro contencioso contra Aena, el tercero que el Consistorio gana al ente público. En su fallo, el Juzgado confirma que el Ayuntamiento debe velar por la seguridad de los usuarios del aeropuerto e impone a Aena una multa de 15.001 euros a Aena por una infracción muy grave. El motivo es que Aena carecía de licencia de actividad para el parking de salidas de la T2 y ahora los tribunales han fallado que "como cualquier otra empresa, debe disponer de licencias o títulos legitimantes de los aparcamientos", explican desde el Ayuntamiento.

El pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé alcanzó el acuerdo en mayo de 2012 de desestimar el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución dictada por el expediente sancionador 2011/15, que imponía a Aena una sanción por "no contar el parking público situado en la zona de salidas de la T2 del Aeropuerto de Lanzarote con la preceptiva licencia de actividad", explican desde el Consistorio. 

Aena interpuso entonces un recurso contra ese acuerdo. Solicitó que se declarara la nulidad de la resolución recurrida dejando sin efecto la sanción o, si no, en caso de que el juzgado la considerara procedente, que esa sanción se redujera por "la inexistencia de beneficios generados por el parking". Alegaba así pérdidas en ese aparcamiento de la T2.

El Ayuntamiento explica que, por su parte, se opuso a la demanda, "considerando que se ajusta a derecho la Resolución, alegando en su defensa que Aena desarrolla la actividad comercial de aparcamiento público en distintas zonas del aeropuerto de Lanzarote sin haber obtenido autorización alguna, siendo necesaria la obtención de título legitimante, ya que la exención del mismo prevista en la legislación estatal se refiere únicamente a la de obras y no a la de actividad". "Se trata de una infracción muy grave, y con el parking de la P2 Aena podría estar obteniendo beneficios", añaden.

Ahora el Juzgado ha estimado que el Consistorio tenía razón al sujetar la actividad a la previa obtención de título legitimante, imponiendo por ello una  multa de 15.001 euros a Aena, aunque esta condena aún no es firme. De los tres expedientes iniciados contra AENA, por el parking de guaguas (T2), parking de vehículos (T2) y parking de vehículos (T1) ya cuenta este Ayuntamiento con tres sentencias favorables, recuerdan. "Este es un tercer logro para este Ayuntamiento", ha recalcado por su parte la alcaldesa del municipio. María Dolores Corujo. En los tres casos, Aena ha sido condenada a pagar. 

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