SUBRAYA QUE SOLO PODRÁN ACUDIR "COMO CIUDADANOS PARTICULARES"

La Junta Electoral advierte que los candidatos de CC no podrán intervenir en actos del centenario de Manrique

Estima parcialmente la queja presentada por Nueva Canarias, aunque no ordena suspender los eventos programados por el "perjuicio" que causaría

12 de abril de 2019 (19:09 CET)
La Junta Electoral advierte que los candidatos de CC no podrán intervenir en actos del centenario de Manrique
La Junta Electoral advierte que los candidatos de CC no podrán intervenir en actos del centenario de Manrique

La Junta Electoral de Zona ha estimado parcialmente la queja planteada por Nueva Canarias con motivo de los actos organizados por el Cabildo por el centenario de César Manrique, al coincidir en pleno periodo preelectoral. Así, aunque no ha accedido a suspender los actos, sí ha advertido que los candidatos no podrán intervenir en esos eventos, pudiendo en caso contrario "incurrir en responsabilidad con arreglo a la normativa electoral".

Así, tanto el presidente, Pedro San Ginés, como el consejero de Cultura, Óscar Pérez, que se presentan a las próximas elecciones, solo podrán acudir a esos actos "como ciudadanos particulares", según señala el acuerdo adoptado por la Junta Electoral. "No es admisible la intervención de carácter público repetida o continuada de personas implicadas en el proceso electoral", añade la resolución, que recuerda que ya hubo una presentación de los actos e insiste en que posteriores intervenciones "son innecesarias para el desempeño de la actividad del Cabildo insular o para la celebración de los actos concretos previstos".

En cuanto a esos actos -que desde Nueva Canarias denunciaron que son "básicamente una sucesión de conciertos" que poco tienen que ver con un homenaje a Manrique y que CC utiliza como "coartada para hacer su campaña electoral con dinero público"-, desde la Junta Electoral señalan que "excede de sus funciones" pronunciarse sobre la "conveniencia o no de que la Corporación pública" organice esos eventos. Así, "sin entrar en valoraciones de oportunidad acerca de los actos programados", porque señala que no es de su competencia autorizar actos, añade que en este caso tampoco puede ordenar suspenderlos "por el perjuicio para el interés público y para los terceros afectados, además del previsible perjuicio económico en que se podría incurrir para el patrimonio de la institución".

 

"Su carácter gratuito hace prever una asistencia multitudinaria"


No obstante, y dada "la trascendencia pública que pueden alcanzar los actos previstos por su carácter gratuito, que hacen prever una asistencia multitudinaria", sí atiende esa parte de la queja de Nueva Canarias, advirtiendo que en esos eventos se deberá cumplir estrictamente la normativa electoral, sin que sean utilizados a modo de campaña electoral por los candidatos del partido que actualmente gobierna en el Cabildo.

En cuanto al otro tema que denunció Nueva Canarias, relativo al logotipo que ha utilizado la institución presidida por San Ginés para el centenario, sustituyendo los dos ceros del 100 por dos ces, la Junta lo desestima. Así, pese a la "coincidencia parcial" de ese 1CC con las siglas de Coalición Canaria, concluye que "no implican en sí identificación con esta formación o asimilación de la publicidad institucional con ella". 

Al respecto, se remite a anteriores resoluciones de la Junta Electoral Central que señalan que "para impedir la identificación o confusión con formaciones electorales debe atenderse al conjunto de datos identificativos como siglas, denominaciones, símbolos, etcétera", y concluye que "no existe similitud apreciable de formas, tipografías o colores" entre los empleados por el Cabildo para el centenario de Manrique y los empleados por Coalición Canaria, más allá de esa "coincidencia" en las siglas.

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