"LOS VALORES MEDIOAMBIENTALES ESTÁN EN PELIGRO Y NECESITAN AMPARO"

El juez que quiso parar a Repsol: "Sus intereses no son los intereses generales"

El voto particular emitido por uno de los magistrados del TSJC incluye duros cuestionamientos al Ministerio de Medio Ambiente y a la compañía petrolera. También discrepa con la argumentación de sus compañeros de Sala?

9 de diciembre de 2014 (17:34 CET)
El juez que quiso parar a Repsol: Sus intereses no son los intereses generales
El juez que quiso parar a Repsol: Sus intereses no son los intereses generales

"Los valores medioambientales serán seriamente puestos en peligro durante la ejecución de los sondeos de Repsol y necesitan de amparo". Eso es lo que sostiene el voto particular emitido por uno de los magistrados del TSJC, Luis Helmut Moya, que sí era partidario de paralizar cautelarmente las prospecciones.

En contra del criterio de sus otros cinco compañeros de Sala, el juez ha emitido su propio voto en el que, a lo largo de once páginas, incluye duros cuestionamientos a Repsol y al Gobierno central, especialmente al Ministerio de Medio Ambiente. Además, también discrepa con los otros magistrados del TSJC que han decidido rechazar la solicitud del Gobierno de Canarias de parar cautelarmente los sondeos.

Al respecto, el juez lamenta que "para evitar prejuzgar" (dado que aún no se ha resuelto el fondo del recurso), lo que ha hecho el Tribunal es "renunciar" a su "función de control de la actividad administrativa". Y eso, según este magistrado, equivale a "una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del demandante", es decir, del Gobierno de Canarias. 

Entre otras cosas, Helmut Moya subraya que "la presunción de validez de los actos administrativos no es una justificación suficiente" y cuestiona que no se haya tenido en cuenta que "el proceso quedará sin objeto cuando se dicte una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de la demandante", ya que para entonces "la compañía Repsol habrá terminado las prospecciones y la sentencia estará privada de efecto alguno". Por eso, cuestiona que el Tribunal, "pretendiendo dar garantías a las partes de su imparcialidad", lo que ha hecho al rechazar las medidas cautelares es "favorecer resueltamente la posición de una de las partes y asegurarle la satisfacción completa de su pretensión de culminar las prospecciones.

 

Lo que "le conviene a Repsol"


En cuanto a la ponderación de intereses en juego (el interés del Estado en conocer los recursos energéticos, frente a la protección del medio ambiente), el juez considera que "por más que exista ese interés nacional de investigación de los recursos naturales, nada sugiere que solo pueda ser satisfecho si se ejecutan con carácter inmediato los sondeos". Al respecto, subraya que a quien "le conviene" eso es a Repsol, "que tiene mucha prisa por consolidar su situación en la zona, ante la inminente declaración de la misma como lugar de interés comunitario Espacio marino del Oriente y Sur de Lanzarote-Fuerteventura, y por colocarse en una posición óptima para hacerse acreedor de los derechos de explotación de los yacimientos".

Por eso, insiste en que "una paralización de los sondeos por un período relativamente corto" no hubiera "perjudicado para nada el interés nacional", por lo que considera que ése no es motivo "para que se pongan en peligro valores medioambientales relevantes". En opinión del magistrado, la paralización cautelar "solo afecta a los intereses de Repsol, que no son los intereses generales".

Además, agrega que "las pérdidas económicas que sufriría Repsol por la interrupción de los sondeos no serían sino una consecuencia de haberse querido imponer por la fuerza de los hechos". Y es que sostiene que "la  celeridad con la que se planificaron los sondeos, a pesar de que era previsible que se acabarían interponiendo recursos contra la autorización de los mismos, es indicativa de que esta situación ha sido buscada deliberadamente y no puede invocarse como un interés digno de protección". "Quien sabiendo que sus actos pueden producirle consecuencias negativas y sin embargo decide actuar, debe arrostrar el daño que su conducta le genere", advierte el juez.

Por todo ello, considera que "una sosegada ponderación de los intereses en juego, sin enarbolar irreflexivamente la bandera del interés nacional y sin ceder a unas prisas que solo benefician a Repsol, debió optar por proteger de manera preferente los intereses medioambientales, el valiosísimo patrimonio natural que pertenece a toda la humanidad, que es puesto en peligro porque no hay seguridad de que la decisión de autorizar los sondeos haya sido tomada con la necesaria independencia y objetividad".

 

Afirmaciones "cándidas" del subsecretario de Energía


Además de cuestionar al Ministerio de Medio Ambiente, del que llega a decir que ha "cambiado de criterio" sobre la necesidad de protección de esas aguas y de las especies marinas que allí habitan, el juez también cuestiona los argumentos del Ministerio de Industria y Energía.

"Las afirmaciones que se hacen en la resolución del Subsecretario de Estado de Energía sobre el efecto que la explotación de los recursos producirá en la disminución de las importaciones de crudo, en tanto exista libertad del operador de venderlo  de la manera que le reporte el mayor beneficio, y bien pudiera ser que decidiera hacerlo en los mercados internacionales de crudo, resultan un poco cándidas", señala el juez en su voto particular

Además, aunque admite que la explotación de esos recursos reportará beneficios a las arcas estatales a través del canon previsto en la ley de hidrocarburos, e incluso "indirectamente generará puestos de trabajo e impulsará algunos sectores de la economía local", también apunta que "quizás no en la medida en que se espera en los pronósticos que se hacen bajo el influjo de una incipiente fiebre del oro negro".

 

Argumentos sin "un mínimo rigor"


En cuanto a los distintos informes presentados por el Gobierno de Canarias en su recurso y el contenido de la Declaración de Impacto Ambiental aprobada por el Ejecutivo central, este magistrado sí ha entrado a valorarlos en su voto particular y concluye que "no existe certidumbre suficiente sobre si las medidas correctoras propuestas" en esa Declaración "garantizan satisfactoriamente los valores ambientales presentes en la zona de los sondeos". 

Además, tras sostener que el proyecto sí pone en peligro valores medioambientales, el magistrado agrega que "no puede argumentarse con un mínimo de rigor que estos valores resulten garantizados por el establecimiento de una garantía financiera de 20.000.000 euros, por más que ésta sea la máxima que permite establecer la ley de responsabilidad medioambiental". 

En este sentido, el juez subraya que "en el caso de un derrame de crudo, el coste de la limpieza de la costa que pudiera ser afectada y el valor de los daños materiales que se causaran sería inmensamente superior, sin que sobre este punto sea preciso hacer una argumentación más extensa". Y a esto, añade que considerando la existencia de especies en peligro en la zona, "determinados daños serían probablemente irreparables".

 

"Serias dudas" sobre la Declaración de Impacto Ambiental


Además, el magistrado también tiene "serias dudas" sobre la Declaración de Impacto Ambiental. Por un lado, porque considera que no ha tenido en cuenta todos los factores y que hay planes que "no se han examinado". Por otro, porque entiende que hay "una significativa puesta en peligro de valores ambientales destacados", y por tanto cuestiona que esa Declaración haya sido positiva.

"Desde el punto de vista ambiental, debiera valorarse un proyecto considerando el peor escenario posible y emitir un juicio sobre el mismo atendiendo a los valores puestos en peligro y al carácter irreversible de los daños que pudieran ocasionarse. Si la valoración resulta negativa, especialmente cuando afecte a lugares de interés comunitario, será el Consejo de Ministros quien deba asumir la responsabilidad de autorizar el proyecto", sostiene el magistrado, que cuestiona también que la decisión última haya recaído en la Dirección General de Política Energética y Minas y la Secretaría de Estado de Energía, y no en ese Consejo de Ministros.

Respecto al Ministerio de Medio Ambiente, señala que su actitud "parece implicar un abandono del principio de cautela", que además entra "en contradicción con sus actuaciones anteriores" en cuanto a la protección de los cetáceos. Así, se refiere concretamente a los convenios que se impulsaron para evitar los daños causados por las maniobras militares en la zona. 

Ahora, sin embargo, el juez plantea que el Ministerio parece estar "abrazando los postulados de la compañía petrolera, interesada en fijar unas precauciones mínimas en la protección del medio ambiente".

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