AUTORIZA AL FISCAL A ACTUAR POR UN POSIBLE ATAQUE AL HONOR DE POLO DÍAZ

La juez cree que Oliver Rodríguez pudo incurrir durante el juicio en un nuevo delito de injurias

La sentencia que condena al empresario autoriza también a la Fiscalía a abrir nuevas diligencias por un posible delito contra el honor del ex director de la Oficina del Plan Insular. El acusado intentó desacreditar a este perito hablando de su destitución...

6 de abril de 2016 (08:53 CET)
La juez cree que Oliver Rodríguez pudo incurrir durante el juicio en un nuevo delito de injurias
La juez cree que Oliver Rodríguez pudo incurrir durante el juicio en un nuevo delito de injurias

La nueva sentencia condenatoria contra el empresario Óliver Rodríguez abre también la puerta a iniciar otra causa contra él, esta vez por unas afirmaciones que realizó durante el juicio. Y es que según la juez, podría haber incurrido en un delito contra el honor del ex director de la Oficina del Plan Insular, Leopoldo Díaz. Fue al utilizar su último turno de palabra cuando Rodríguez intentó desacreditar a este funcionario del Cabildo, que intervino como perito en el juicio, afirmando que había sido destituido de su puesto "por irregularidades en el ejercicio de su cargo".

La propia Fiscalía pidió entonces "licencia" a la juez para poder iniciar acciones por un posible delito de injurias o calumnias, dado que cuando éstas se vierten en un juicio, es necesario que el juez o el tribunal autoricen la apertura de diligencias. Ahora, esa petición ha sido aceptada en la sentencia. "Se concede licencia para poder deducir acción de calumnia o injuria vertida en juicio contra el perito Leopoldo Díaz Bethencour, ya que si no fuera cierta la afirmación realizada en el juicio por el acusado, es obvio que sería un atentado a su honor", señala la juez.

Además, subraya que el posible agraviado es "un funcionario público con cargo en el Cabildo insular de Lanzarote". Esto supone que la Justicia pueda actuar de oficio, ya que cuando la "persona ofendida" es un "funcionario público, autoridad o agente", y las injurias se refieren a "hechos concernientes al ejercicio de sus cargos", no es necesario que presente la denuncia el afectado. 

 

Una destitución anulada en primera instancia


La destitución de Leopoldo Díaz al frente de la Oficina del PIOT fue acordada en junio de 2015 por el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, en un decreto en el que alegaba "pérdida de confianza". Sin embargo, ese decreto en ningún momento se hablaba de supuestas "irregularidades", como planteó Óliver Rodríguez para intentar desacreditar al perito.

En su sentencia, la juez recuerda que la destitución de Leopoldo Díaz "se trató en prensa" y destaca además que una sentencia ha anulado ya ese cese, "señalando que debe ser reincorporado a su puesto de trabajo". Esa sentencia, que ha sido recurrida por el Cabildo, consideraba que la destitución no se ajustó a la ley porque se llevó a cabo con una "palmaria falta de motivación" y con un "un importante indicio de arbitrariedad". Al respecto, el Cabildo alegó que se trataba de un puesto de "libre designación" y que por tanto el presidente tenía potestad para nombrar a otra persona.

Se da la circunstancia de que en el juicio contra Óliver Rodríguez, el Cabildo actuaba como acusación particular. De hecho, la propia Corporación denunció en el año 2007 las obras llevadas a cabo por el empresario en un edificio protegido de San Bartolomé. Aunque esa denuncia no se realizó bajo su presidencia, San Ginés sí acudió al juicio como testigo en nombre de la Corporación el pasado mes de marzo. Y también lo hicieron Leopoldo Díaz y otros funcionarios del Cabildo, como la ex jefa de Patrimonio Histórico, María Antonia Perera (también destituida de su puesto), que han realizado distintos informes periciales dentro de esta causa, y también en otras que ya se han juzgado o que están pendientes de juicio.

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