La sentencia considera "ilógica, inverosímil y peregrina" su defensa

Juan Ramírez, condenado a otros dos años y medio de cárcel por un delito de estafa, por vender un inmueble que ya no era suyo

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife ha impuesto una nueva condena al ex alcalde de Haría, Juan Ramírez, que ya acumula varias sentencias a sus espaldas, tanto por su etapa al frente del Ayuntamiento como por ...

4 de diciembre de 2012 (23:20 CET)
Juan Ramírez, condenado a otros dos años y medio de cárcel por un delito de estafa, por vender un inmueble que ya no era suyo
Juan Ramírez, condenado a otros dos años y medio de cárcel por un delito de estafa, por vender un inmueble que ya no era suyo

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife ha impuesto una nueva condena al ex alcalde de Haría, Juan Ramírez, que ya acumula varias sentencias a sus espaldas, tanto por su etapa al frente del Ayuntamiento como por su actividad privada. En este caso, el fallo considera probado que cometió un "claro" delito de estafa, al vender una propiedad que en realidad no le pertenecía, y le ha impuesto una pena de dos años y seis meses de cárcel.

Los hechos se remontan a febrero de 2005, cuando en nombre de la empresa Arad Lanzarote, de la que era administrador único, Juan Ramírez firmó un contrato de compraventa de un apartamento situado en Puerto del Carmen, por un precio de 105.200 euros. Sin embargo, lo cierto es que para esa fecha, el inmueble ya no pertenecía a la empresa de Ramírez. La verdadera propietaria era La Caja Insular de Ahorros e Canarias, en virtud de un auto firme de adjudicación, ya que sobre la propiedad pesaba una hipoteca impagada.

Según sostiene la sentencia, "el acusado aprovechó la coyuntura de la falta de inscripción de dicha adjudicación" en el Registro de la Propiedad, "que tardó más de un año en producirse, para sacar a la venta apartamentos del mismo complejo", "bien con la existencia de una hipoteca, omitiendo la existencia de este gravamen", o "bien sabedor de que la finca ya no le pertenecía, como ocurrió en este caso". De hecho, ésta no es la única condena por estafa que pesa contra Juan Ramírez, por venta de apartamentos en este mismo edificio.

En el caso sobre el que se acaba de dictar sentencia, la compradora sólo llegó a pagar 12.000 euros en concepto de señal, ya que poco después de firmar el contrato se dio cuenta del engaño. Desde entonces, intentó que Juan Ramírez le devolviera el dinero, pero no lo consiguió. Ahora, la sentencia le condena también a devolver esa cantidad, así como los intereses generados desde entonces.

Un argumento de defensa "ilógico, inverosímil y peregrino"

Durante el juicio, Juan Ramírez negó en todo momento que recibiera esas cantidades de dinero por parte de la compradora y también aseguró que desconocía que el apartamento ya había pasado a ser propiedad de la Caja de Canarias. Sin embargo, según la sentencia, las declaraciones de varios testigos y los justificantes bancarios aportados por la denunciante confirman que sí se hicieron dos pagos, uno de 2.000 euros y otro de 10.000. "Prometió en infinidad de ocasiones que iba a devolver el dinero, pero ponía siempre excusas de que estaba en trámites para ello", declaró durante la vista una testigo, representante de la inmobiliaria que Ramírez utilizó como intermediaria, y a la que según la sentencia también engañó.

En cuanto a su supuesto desconocimiento de la situación en la que se encontraba la finca, la juez Aitziber Oleaga sostiene en la sentencia que Ramírez "tenía que saber que la finca se la había adjudicado el banco". De hecho, agrega que "nadie puede creer, como mantiene el acusado, que no tenía constancia del procedimiento hipotecario", considerando que había firmado citaciones y requerimientos del Juzgado e incluso recurrió el auto de adjudicación. Por eso, en sus conclusiones la juez llega a tachar de "ilógico, inverosímil y peregrino" ese argumento.

Ramírez, que llegó a negar incluso haber mantenido reuniones con el abogado de la denunciante, pese a que el letrado aseguró lo contrario, también basó su defensa, según recoge la sentencia, en tratar de "derivar toda la responsabilidad, o bien a la inmobiliaria, ya que como profesionales del sector inmobiliario deberían de haber consultado el Registro para saber si las fincas ofertadas para la venta por el acusado estaban o no libres de cargas, o bien, a la propia compradora, que al tener letrado tendría que haber tenido la precaución de hacer esa consulta".

En este sentido, la juez "acepta la tesis de la acusación particular" y sostiene que "aunque hubieran estado todos muy avispados en consultar el Registro, de nada hubiera servido, porque es cierto que el acusado se sirvió de la lentitud del sistema para hacer lo que hizo, trasmitir una finca sabiendo que no le pertenecía".

Un caso de estafa "de libro"

La sentencia sostiene que el comportamiento de Ramírez es un caso "claro" de estafa, "de libro", y a la hora de imponer la pena tiene en cuenta los antecedentes penales con los que ya cuenta Ramírez, y también el hecho de que "el acusado, lejos de arrepentirse por lo realizado, considera que él no tiene la culpa de lo sucedido, y que debían haber sido los demás los que se informaran de lo que pasaba con la finca supuestamente de su propiedad". "Sin palabras", agrega a continuación la juez entre paréntesis.

Por eso, y aunque al establecer la condena ha tenido en cuenta las dilaciones indebidas en este procedimiento, que ha tardado cinco años en ir a juicio, ha impuesto la pena máxima que solicitaban la Fiscalía y la acusación particular, de dos años y medio de cárcel.

Incluso, la juez plantea que desde la acusación se podría haber solicitado una pena mayor. "Hubieran podido interesar que se aplicara la agravante de reincidencia, pero al no haberlo solicitado por ninguna de las acusaciones y no haber aportado a los autos los antecedentes penales actualizados, esta Magistrada no puede apreciar la agravante de oficio", señala en la sentencia.

Respecto a esa condena anterior, por una venta de otra vivienda en ese mismo complejo de Puerto del Carmen (Aguazul), la sentencia también subraya que es "muy curioso que preguntado por esta circunstancia en el juicio oral, el acusado manifestara sin vacilar que este caso se había archivado", pese a que además, fue el mismo Juzgado de lo Penal Número 3 quien le condenó.

Otras condenas

Al margen de esta nueva sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, Juan Ramírez tiene ya un largo historial de condenas a sus espaldas. Por su etapa como alcalde de Haría fue condenado por falsedad documental en el caso Villa Dolores, por el que ingresó en prisión en el año 2010. Ese mismo año se le impuso otra condena de un año y tres meses de cárcel por un delito continuado de prevaricación urbanística.

Además, también tiene al menos otras dos condenas por estafa a sus espaldas, ambas relacionadas con venta de viviendas, y otros juicios y sentencias pendientes por hechos similares.

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