AFIRMA QUE HAY "DISCREPANCIAS" CON EL DICTAMEN JURÍDICO QUE DEBEN RESOLVERSE

Intervención advierte de "contradicciones" en los informes para crear el órgano ambiental del Cabildo

El director del Plan Insular advirtió de que debía "suprimirse de forma explícita la procedencia de contratar asistencias técnicas externas" para cubrir las funciones de esa oficina hasta que sea creada, pero según el interventor no se hizo

28 de agosto de 2018 (20:58 CET)
Intervención advierte de contradicciones en los informes para crear el órgano ambiental del Cabildo
Intervención advierte de contradicciones en los informes para crear el órgano ambiental del Cabildo

El área de Intervención del Cabildo ha advertido de la existencia de "contradicciones" en los informes solicitados para aprobar el reglamento que regirá la creación del Órgano de Evaluación Ambiental insular, que también ha sido duramente cuestionado por toda la oposición. En su dictamen, el interventor accidental subraya que no se han tenido en cuenta algunas de las consideraciones realizadas por el director de la oficina del Plan Insular, que condicionó el sentido de su informe a que se subsanaran varias "deficiencias" del texto.

Entre otras cosas, el funcionario señaló que debía "suprimirse de forma explícita la procedencia de contratar asistencias técnicas para cubrir provisionalmente las funciones de la Oficina de Apoyo administrativo, técnico y jurídico del Órgano de Evaluación Ambiental hasta tanto dicha Oficina se constituya". Al respecto, subrayaba que "los informes de los empleados públicos no pueden ser suplidos por informes de profesionales externos del sector privado por muy solventes y cualificados que sean tales profesionales, ya que los empleados públicos gozan de una presunción de objetividad e independencia que no es predicable de los externos con la misma intensidad".

En el informe que elaboró después la Asesoría Jurídica del Cabildo se señala que en el borrador del proyecto se tuvieron en cuenta esas "observaciones realizadas" por el director del Plan Insular, "así como las sugerencias indicadas en las reuniones mantenidas al efecto entre ambos servicios". Sin embargo, Intervención sostiene hay "una contradicción respecto de lo señalado en el Informe del Director del Plan Insular y en el Proyecto de Reglamento", en concreto con respecto a la redacción de ese punto. 

De hecho, pese a la advertencia realizada desde la Oficina del PIOT, el interventor señala que en el texto se mantiene que se podrá "proceder a la contratación a entes instrumentales, de asistencias técnicas, para cubrir provisionalmente dicha labor". "Es esta una discrepancia que entendemos tendrá que ser resuelta por el órgano competente a quién pudiera corresponder, en este caso y en última instancia, el órgano plenario de la Corporación", señala el informe.

 

Sin partida aún para lo que vayan a cobrar los miembros de ese órgano


Además, en cuanto a las "posibles percepciones económicas" que recibirán los miembros de este órgano, a los que pretende nombrar directamente el grupo de gobierno sin pasar por el Pleno, el interventor señala que "el vigente presupuesto del año 2018 no se contempla crédito alguno para afrontar las mismas, por lo que, en su momento, cuando se señalen o se designen concretamente los miembros de la Comisión y las percepciones económicas a que pudieran tener derecho por el desempeño de sus cargos, se tendrá que señalar un crédito suficiente para hacer frente a las mismas" y establecer "partidas específicas" para el funcionamiento de este órgano, entre otros aspectos. 

En cuanto al informe de director de la Oficina del Plan Insular, también incluía otras consideraciones jurídicas y "deficiencias" que advertía de que debían ser subsanadas, aunque algunas ya han sido corregidas. Entre otras cosas, advertía de que debía introducirse una exposición de motivos o preámbulo antes del articulado del reglamento, para justificar la "necesidad y eficacia; proporcionalidad; seguridad jurídica; transparencia; y eficiencia".

Además, consideraba incongruente que el borrador inicial del reglamento dejara en manos del Consejo de Gobierno el nombramiento de los miembros del Órgano Ambiental, pero sin embargo delegara su posible cese en el Pleno del Cabildo. Y también señalaba que sería "más operativo y eficaz que los ponentes de los asuntos que se sometan al Órgano Ambiental sean designados entre los empleados públicos que realicen el análisis técnico y jurídico de los expedientes dentro de la Oficina de apoyo administrativo, técnico y jurídico". 

A esto, añadía además que debía señalarse "expresamente que los empleados públicos que sean designados para ejercer las funciones propias de la Oficina de Apoyo administrativo, técnico y jurídico mientras ésta no sea creada no pueden haber participado en cualquier fase de la tramitación previa de los expedientes, sobre todo mediante la emisión de informes, todo ello en aras de la independencia e imparcialidad que ha de presidir la labor de los empleados públicos". 

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