La FCM dice que las actuaciones urbanísticas y los argumentos del Consistorio al respecto "han quedado desacreditados" con el fallo

La Fundación interpreta que la sentencia del TSJC sobre el parking demuestra que el Ayuntamiento impone "proyectos muy discutibles"

La Fundación César Manrique considera que "las actuaciones urbanísticas y los argumentos defendidos por el Ayuntamiento de Arrecife" en torno a la construcción del parking Islas Canarias, "han ...

9 de mayo de 2006 (20:23 CET)
La Fundación interpreta que la sentencia del TSJC sobre el parking demuestra que el Ayuntamiento impone proyectos muy discutibles
La Fundación interpreta que la sentencia del TSJC sobre el parking demuestra que el Ayuntamiento impone proyectos muy discutibles

La Fundación César Manrique considera que "las actuaciones urbanísticas y los argumentos defendidos por el Ayuntamiento de Arrecife" en torno a la construcción del parking Islas Canarias, "han quedado desacreditadas" a la luz de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, [ declarando la nulidad de esas licencias y dada a conocer el pasado viernes ->6777], a la vez que acusa al Consistorio capitalino de una "imposición de proyectos muy discutibles".

La FCM, en una "valoración inicial de la sentencia" efectuada a través de un comunicado de prensa, hace una interpretación de la misma, aunque sin dar difusión de momento al contenido del fallo judicial. En esa interpetación, la Fundación destaca que "el fallo del Tribunal estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la FCM en julio de 2002, por dos cuestiones fundamentales, en primer lugar, un cambio de uso injustificado, tanto en la superficie como en el subsuelo, de un sistema general sin la previa modificación del Plan General de Ordenación Urbana. Se concedieron dos licencias que permitieron la reconfiguración de la zona, afectando al trafico rodado y peatonal (recordemos que se ocupó un vial), no prevista en el Plan General".

La FCM agrega que "en segundo lugar, la Sala considera que la concesión de las licencias constituye una infracción a la normativa de puertos, ya que esta zona está incluida en el dominio de Autoridad Portuario, admitiendo sólo intervenciones justificadas por las necesidades de uso de los servicios portuarios y no por otros fines. En ningún momento se justificó la vinculación del aparcamiento al puerto, pues, ciertamente, ésta no existió desde el principio, ya que, como recoge la sentencia, de las 917 plazas de aparcamiento previstas, incluso 169 se reservaron para uso exclusivo del hotel, y que además se dividieron en dos los aparcamientos, uno de uso exclusivo para clientes y trabajadores del hotel y otro para el público en general".

Dictamen jurídico

La FCM señala además que el recurso que interpuso "vino precedido de un dictamen jurídico encargado por esta institución, cuyas conclusiones, ignoradas aquellos días por el Ayuntamiento de Arrecife, coinciden con la sentencia que ha emitido el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, declarando ilegales las obras del aparcamiento".

Por ello, la Fundación considera que "las actuaciones urbanísticas y los argumentos defendidos por el Ayuntamiento de Arrecife han quedado desacreditados", y subraya que "a juicio de la FCM, y en una primera lectura, estamos ante una sentencia de calado, que viene a confirmar las posiciones mantenidas tanto por esta institución como por diversos colectivos sociales durante el intenso debate público que se generó en 2002 sobre la oportunidad y la legalidad de la construcción del aparcamiento".

Al mismo tiempo, la FCM anuncia que "está estudiando con sus servicios jurídicos el alcance de la sentencia, cuyas conclusiones serán trasladadas en los próximos días a la opinión pública", y dice que "tras unas primeras consultas, esta institución considera que probablemente estemos ante una importante sentencia que arroja luz sobre un tema decisivo en el Archipiélago como es la relación entre las Administraciones en las zonas de afección portuaria. Estas áreas, donde se concentran grandes expectativas de desarrollo urbanístico, son muy sensibles en términos ambientales y cívicos, y de compleja articulación jurídica. Exigen, pues, extremada cautela legal y administrativa, además de aconsejar políticas basadas en la participación y el consenso social, antes que en la imposición de proyectos muy discutibles".

"Error de interpretación"

Mientras tanto, la alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz, ha insistido con que el fallo del TSJC parte de un "error de interpretación" de la Sala, puesto que el Plan General de 1997 recoge que el parque Islas Canarias es en efecto un parque, al tiempo que recuerda que puertos concedió la correspondiente autorización, ante lo que ha ratificado, como anunció este medio el pasado viernes, que el Consistorio recurrirá esa sentencia

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