Dice que Teguise no puede revisar los contratos de la UCCT con terceros

El Consejo Consultivo rechaza la revisión del contrato de la recogida de residuos en Costa Teguise promovida por el Ayuntamiento

El Consejo Consultivo de Canarias considera que "no procede" revisar de oficio la adjudicación del contrato entre la Unión para la Conservación de Costa Teguise (UCCT, el órgano que mantiene varias competencias sobre esa ...

26 de marzo de 2012 (16:35 CET)
El Consejo Consultivo rechaza la revisión del contrato de la recogida de residuos en Costa Teguise promovida por el Ayuntamiento
El Consejo Consultivo rechaza la revisión del contrato de la recogida de residuos en Costa Teguise promovida por el Ayuntamiento

El Consejo Consultivo de Canarias considera que "no procede" revisar de oficio la adjudicación del contrato entre la Unión para la Conservación de Costa Teguise (UCCT, el órgano que mantiene varias competencias sobre esa urbanización) y las empresas dedicadas a la recogida de residuos sólidos y limpieza de viales dicha zona.

El Ayuntamiento de Teguise encargó un informe jurídico al letrado Ignacio Calatayud (asesor del presidente del Cabildo) el pasado mes de noviembre para iniciar la revisión de dicho contrato. El dictamen sostenía que el contrato se entregó de forma ilegal al Grupo Camilo Álvarez, porque había que hacer concurso público y tampoco se había aplicado la ley de contratos de las administraciones públicas.

El dictamen sirvió de base al Ayuntamiento para iniciar la revisión de oficio de ese contrato, aprobada por el pleno municipal, y anular el contrato. Fue el propio Ayuntamiento el que solicitó al Consejo Consultivo que emitiera un dictamen, que este órgano emitió el pasado 16 de febrero y que no comparte los argumentos del Ayuntamiento.

"No es competente"

El Consejo considera que a los contratos de la UCCT no se les puede aplicar la normativa que rige los contratos de las administraciones públicas, así como que el Ayuntamiento no es competente para revisar los actos de la UCCT, sino, en su caso, para revisar sus propios actos, indicando en su dictamen que "la prerrogativa de la revisión de oficio es una potestad administrativa excepcional, cuya proyección resulta limitada solo a los actos procedentes de la misma entidad de la que provienen". "Nada autoriza a extender el ejercicio de las potestades administrativas de revisión a entidades sustancialmente privadas sobre las que la administración carece de capacidad plena de control", señala el Consejo Consultivo.

El dictamen del Consejo Consultivo 'tumba' el expediente de revisión de oficio que había tramitado el Ayuntamiento de Teguise para declarar nulo el contrato suscrito entre la UCCT con la empresa de recogida de basuras en la urbanización Costa Teguise, porque para poder anular dicho contrato es un requisito indispensable obtener un informe favorable de este órgano consultivo.

S.G. / ACN Press

LO MAS LEÍDO