SE LE DENEGÓ POR SER "TOTALMENTE INCOMPATIBLES" AMBOS TRABAJOS

El Colegio de Abogados gana un pleito a un policía local de Arrecife, que quería ejercer de letrado

El agente recurrió una resolución del Colegio de Abogados, que consideró que era "totalmente incompatible" que ejerciera como abogado siendo policía local. Ahora, la Justicia ha avalado la decisión...

13 de noviembre de 2013 (08:06 CET)
El Colegio de Abogados gana un pleito a un policía local de Arrecife, que quería ejercer de letrado
El Colegio de Abogados gana un pleito a un policía local de Arrecife, que quería ejercer de letrado

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Las Palmas ha dado la razón al Colegio de Abogados de Lanzarote, en un pleito planteado por un agente de la Policía Local de Arrecife, que reclamaba poder ejercer como letrado, a pesar de ser miembro de un cuerpo de seguridad. En su momento, el Colegio de Abogados rechazó su pretensión y le denegó la condición de abogado colegiado ejerciente, al entender que era "totalmente incompatible" con su condición de policía local, tal como lo establece La Ley Orgánica de fuerzas y cuerpos de seguridad.

A raíz de esa negativa, el policía acudió a los tribunales, alegando que esa resolución era "discriminatoria" y que existen "determinados supuestos en los que miembros de los cuerpos de seguridad están dados de alta como letrados ejercientes". Sin embargo, el Juzgado ha respaldado la decisión del Colegio de Abogados.

"Lo que el recurrente pretende, según su razonamiento, es que el incumplimiento de los demás justifique el suyo", sostiene la sentencia, que recuerda que el Tribunal Constitucional ya ha dejado claro que "no toda desigualdad de trato en la Ley o en la aplicación de la Ley supone una infracción del artículo 14 de nuestra Carta Magna, sino sólo aquella que introduce una diferencia entre situaciones de hecho que puedan considerarse iguales y que carezca de una justificación objetiva y razonable, pero, en todo caso, ha de tratarse de una comparación dentro de la legalidad, lo que en el presente caso no sucede".

 

Otra sentencia en la misma línea


La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo recuerda que ésta no es la primera vez que se pronuncia en un pleito entre este policía local y el Colegio de Abogados. Al respecto, señala que este agente ya acudió a los tribunales contra la primera resolución que le dio de baja como abogado en ejercicio hace más de una década. En ese momento, el Juzgado también dio la razón al Colegio de Abogados, en una sentencia que después fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

"La circunstancia de que erróneamente se hubiera concedido con anterioridad al recurrente el permiso para compatibilizar las funciones no es óbice, lógicamente, para que cuando se descubre el error se tomen las medidas oportunas", sostenía aquella primera sentencia.

Años después, este agente solicitó su reincorporación al ejercicio de la abogacía, pero su petición fue rechazada tanto por el Colegio de Abogados de Lanzarote como por el Consejo Canario de Colegios de Abogados, contra cuyas resoluciones decidió interponer un recurso.

Ahora, en una sentencia dictada recientemente y contra la que cabe recurso, el Juzgado ha vuelto a rechazar las pretensiones de este policía local y confirma que las resoluciones fueron "ajustadas a derecho", confirmando que es incompatible ejercer como policía y como abogado al mismo tiempo.

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