LAS MULTAS VAN DE LOS 60 A LOS 6.000 EUROS

El Ayuntamiento abre un expediente sancionador por la construcción de un muro en una azotea en Arrecife

Se trata de una obra menor que no cuenta con licencia. El promotor podría enfrentarse a multas que van desde los 60,10 hasta los 6.010,13 euros...

4 de diciembre de 2013 (13:29 CET)
El Ayuntamiento abre un expediente sancionador por la construcción de un muro en una azotea en Arrecife
El Ayuntamiento abre un expediente sancionador por la construcción de un muro en una azotea en Arrecife

El Ayuntamiento de Arrecife ha abierto un expediente sancionador urbanístico por la construcción de un muro divisorio en una azotea de la capital. En concreto, esta obra está realizada en un edificio situado en la calle José Ortega y Gasset, según se expone este miércoles en el Boletín Oficial de Las Palmas (BOP), donde también se explica que la queja le llegó al Consistorio a través del Diputado del Común.

El 2 de octubre de 2013, los servicios técnicos del Ayuntamiento emitieron un informe, tras comprobar "la existencia de un muro divisorio de azotea" que, según un vecino, fue construido durante los meses de julio y agosto de 2011. Según el informe, no constaba que el promotor de las obras pidiera licencia a la Oficina Técnica, por lo que estos hechos se pusieron en conocimiento del concejal de Infracciones, José Montelongo.

La ejecución de este muro, según el mismo informe, se valora en 300 euros. Estos hechos, según señala el Ayuntamiento en el anuncio publicado en el BOP, pueden ser constitutivos de una infracción urbanística por tratarse de obras sujetas a licencia. Además, pueden ser constitutivos de una infracción administrativa leve, que podría ser sancionada con multas de 60,10 a 6.010,13 euros, "en función de las circunstancias que concurran en el presente expediente".

El BOP recuerda que el Ayuntamiento no podrá dejar de adoptar medidas dirigidas a reponer los bienes afectados al estado anterior a la comisión de tal infracción, incluida la demolición. El Consistorio ha pedido al promotor de estas obras que "reponga la legalidad urbanística" en un plazo de 3 meses.

El interesado tiene derecho a formular alegaciones, para lo cual dispondrá de un plazo de 15 días. Si no se presentan alegaciones, el Ayuntamiento considerará este acuerdo como una propuesta de resolución. Como máximo, el presente procedimiento tiene un plazo de resolución de seis meses, transcurrido el cual se producirá la caducidad del mismo.

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