AVALA LA DECISIÓN DE LA JUEZ DE UNIÓN, QUE RECHAZÓ DOS NUEVOS RECURSOS

La Audiencia rechaza un nuevo recurso de Lleó intentando que se anule la causa

Esta vez presentó un recurso de queja ante la Audiencia Provincial, después de que la juez instructora de Unión no admitiera un nuevo recurso de reforma y otro de apelación. La Audiencia avala esa decisión y confirma que no cabían esos recursos?

2 de marzo de 2015 (20:46 CET)
La Audiencia rechaza un nuevo recurso de Lleó intentando que se anule la causa
La Audiencia rechaza un nuevo recurso de Lleó intentando que se anule la causa

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha vuelto a respaldar la instrucción de la juez Silvia Muñoz en el caso Unión y ha rechazado un nuevo recurso de Luis Lleó, que esta vez había elevado un "recurso de queja", tras agotar todas las instancias anteriores. El recurso partía de un nuevo intento de que se anulara la causa abierta contra él, que ya está en la recta final para ir a juicio.

Entre otras decenas de recursos que ha presentado durante la instrucción de esta causa, la defensa de Lleó planteó a finales de 2014 un "incidente de nulidad" de las actuaciones, que fue rechazado por la juez a través de una providencia fechada el pasado 22 de octubre de 2014. Después, y pese a que contra esa providencia no cabían recursos, Lleó presentó dos: uno de reforma y otro subsidiario de apelación, que no fueron admitidos a trámite por la titular del Juzgado Número 5 de Arrecife.

Tras ese rechazo, la defensa de Lleó acudió una vez más a la Audiencia Provincial, esta vez con un recurso de queja, que es al que puede acogerse un imputado cuando el juzgado instructor no admite un recurso. Sin embargo, la Sección Sexta ha vuelto a rechazar su pretensión. 

En un auto fechado el pasado 18 de febrero, y en el que ha sido ponente el magistrado Carlos Vielba, la Audiencia concluye que efectivamente no cabía recurso contra la providencia dictada por la juez Silvia Muñoz, en la que rechazó el incidente de nulidad. Al respecto, el auto cita la Ley Orgánica del Poder Judicial, que deja claro que el procedimiento a seguir es el que aplicó la juez instructora.

 

Le remite a las cuestiones previas del juicio


Al igual que en respuesta a anteriores recursos, la Audiencia subraya que será en las cuestiones previas del juicio (que en un juicio con jurado se dirimen antes de iniciarse la vista) cuando se resuelvan las supuestas "vulneraciones de derechos fundamentales" alegadas por la defensa de Lleó. En la recta final del procedimiento, el acusado ha intentando que se anulen todas las pruebas que existen contra él en esta causa, en la que la Fiscalía le pide 6 años de prisión por intento de soborno.

Al igual que sucedió en el primer juicio del caso Unión, en el que ya han sido condenadas las seis personas que se sentaron en el banquillo, en esta pieza también se cuenta con distintas conversaciones grabadas y, además, con la confesión de uno de los acusados, Fernando Becerra.

De hecho, Becerra ha mostrado su conformidad con la pena que pide para él la Fiscalía y ha reconocido haber actuado como intermediario en el intento de soborno de Luis Lleó a Carlos Espino (denunciante del caso) para desbloquear la construcción de la parcela de Costa Roja.

 

"Presupuestos distintos"


En su recurso de queja, la defensa de Lleó se apoyaba en un auto anterior de la Audiencia, sobre las órdenes de entrada y registro en las oficinas de Lleó. Al respecto, la Sección Sexta responde que "los presupuestos en aquel caso y en el que ahora nos ocupa son distintos". 

Por un lado, porque en aquel momento aún se estaba en fase de instrucción, y actualmente se ha incoado ya el procedimiento de jurado, previo a la celebración del juicio, que tiene su propio reglamento. Por otro, porque en aquel caso el acusado recurrió los autos en cuestión, "mientras que ahora ha instado la nulidad de actuaciones", sin recurrir los autos.

Al respecto, la Audiencia señala que la defensa no ha actuado "conforme previene con carácter ordinario la Ley Orgánica Poder Judicial". En concreto, cita un artículo de la Ley que establece que para solicitar la nulidad de una actuación se debe recurrir la resolución por la que se acordó. Sin embargo, según la Audiencia, es "evidente" que "los autos cuya nulidad se postuló en su momento no fueron recurridos en tiempo y forma".

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