San Ginés vuelve a intentar anular su inminente juicio: apela ahora a la pandemia para evitar el banquillo

Pide que se resuelvan las cuestiones previas antes de la vista en un intento de que no se celebre, y vuelve a plantear las mismas causas de supuesta nulidad que ya han sido rechazadas por la Fiscalía, el Juzgado de Instrucción y la Audiencia Provincial

22 de octubre de 2020 (21:43 CET)
Actualizado el 22 de octubre de 2020 (22:17 CET)
Imagen de archivo de Pedro San Ginés entrando a los Juzgados de Arrecife
Imagen de archivo de Pedro San Ginés entrando a los Juzgados de Arrecife

El ex presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, ha hecho un último intento in extremis para evitar el juicio al que se enfrentará desde el próximo 16 de noviembre y ha presentado un nuevo escrito ante el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, que es quien celebrará la vista por la incautación de la desaladora de Montaña Roja. En ese escrito, la defensa de San Ginés -que ya había agotado todos los recursos ordinarios posibles y que también había emprendido sin éxito otras vías como incidentes de nulidad y hasta recursos ante el Tribunal Constitucional- apela ahora a la pandemia para evitar que su cliente se siente en el banquillo.

En concreto, solicita que ante la crisis sanitaria y “con las conocidas restricciones de movilidad que pudieran verse incrementadas”, las cuestiones previas que se plantean siempre al comenzar el juicio sean resueltas en este caso con anterioridad, ya que sostiene que para iniciar ese trámite “no resulta imprescindible la intervención de las partes”.

En esas cuestiones previas, la mayoría de las defensas en casos de corrupción invocan supuestas causas de nulidad para evitar que continúe la vista, y eso es precisamente lo que intenta hacer por adelantado la de Pedro San Ginés, en un último intento de que el juicio no se celebre. Además, a su escrito también se ha adherido otro de los acusados, el ex secretario del Cabildo Francisco Perdomo. En el caso de Perdomo, pide que las cuestiones previas se resuelvan antes de la vista, anulando el auto de apertura de juicio oral y decretando el archivo del procedimiento. Por su parte, San Ginés va aún más allá y reclama que “se dicte sentencia absolutoria sin necesidad de continuar con la celebración del juicio”.

En ambos escritos, los acusados no plantean argumentos de defensa ante los delitos de prevaricación por los que están procesados. Lo que hacen es aferrarse a cuestiones formales que consideran que podrían llevar a anular el juicio, vinculadas a la personación de la acusación popular. Sin embargo, esos mismos argumentos ya los plantearon en otros recursos que fueron rechazados tanto por el Juzgado de Instrucción como por la Fiscalía, que finalmente no formuló acusación en esta causa, pero sí ha seguido interviniendo en el proceso y defendiendo que llegue a juicio con la acusación popular.
 

Un argumento y el contrario para intentar deslegitimar la acusación

Como primera causa de supuesta nulidad, San Ginés insiste en que quien estaba personado como acusación popular en la causa era el Grupo Podemos en el Cabildo, pero no los consejeros como personas físicas. Así, dado que el escrito de acusación fue formulado en nombre de los ex consejeros Carlos Meca y Pablo Ramírez, sostiene que no tiene validez porque ellos no estaban personados y que el Grupo Podemos -del que subraya que ya no forman parte y que ni “existe”- “no ha presentado acusación”.

Sin embargo, esto ya ha sido rebatido tanto por la Fiscalía como por el Juzgado de Instrucción, cuando los acusados emplearon este mismo argumento para intentar anular el auto que ordenó la apertura de juicio oral. En otro auto dictado hace ya más de un año, el magistrado respondió que Meca y Ramírez se personaron desde el primer momento "como personas físicas", tal como figura en todas las actuaciones, "sin perjuicio de su condición, como se hace constar en sus escritos, de representantes del grupo político Podemos en el Cabildo Insular de Lanzarote", al que pertenecían en ese momento.

A continuación, como segundo motivo de supuesta nulidad, la propia defensa de San Ginés pasa a aferrarse justo a lo contrario, señalando que un grupo político de una institución no está legitimado para personarse en una causa. Así, por un lado pide la nulidad alegando que quien estaba personado era el grupo político y no los consejeros como personas físicas -y que por tanto no hay acusación-, y por otro sostiene que un grupo político nunca podía haberse personado en la causa y que hay causa de nulidad por haberlo permitido el juez.

“Resulta evidente y palmario que el Jugado de Instrucción vulneró lo prevenido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal”, añade la defensa de Francisco Perdomo, que en su momento no alegó nada cuando se admitió esa personación hace más de cinco años. Fue después de las pasadas elecciones, tras disolverse la anterior Corporación en el Cabildo, cuando planteó por primera vez este argumento pidiendo la nulidad de la causa.

Entonces, el magistrado ya le respondió que el Grupo Podemos en el Cabildo nunca estuvo personado como tal -porque de hecho no puede estarlo, tal como los Juzgados le recordaron al grupo de CC en el Cabildo en otra causa en la que intentó personarse sin éxito- y que la personación que se admitió fue la de los entonces consejeros de Podemos como personas físicas, independientemente de que en ese momento hicieran constar que pertenecían a un grupo político.

Y lo mismo contestó también el Ministerio Fiscal, que además cuestionó que plantearan en ese momento un "supuesto defecto de personación sobre el que nada había manifestado durante la instrucción y fase intermedia del procedimiento", cuando el auto aceptando la personación se dictó en 2015 y no fue recurrido por ninguna de las partes. Además, al igual que el magistrado, señalaba que en ese auto ya aparecían Carlos Meca y Pablo Ramírez como personas físicas; y añadía que las defensas tampoco alegaron nada cuando se presentó hace ya más de dos años el escrito de acusación a nombre de estas dos personas.

 

La tercera supuesta nulidad ya fue rechazada hasta en tres ocasiones

En el caso de San Ginés, sí presentó un recurso contra la admisión de ese escrito de acusación, pero entonces no cuestionó nada sobre quién lo había presentado. Lo que intentó es que se anulara alegando que se había emitido fuera de plazo, pero su recurso también fue rechazado primero por el juez instructor y después, hasta en dos ocasiones, por la Audiencia Provincial.

"No debió admitirse a trámite el presente incidente de nulidad, pues el mismo carece de una mínima fundamentación, pretendiendo la parte que vuelva la Sala a pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, pues ni siquiera indica cuál es el motivo de la nulidad solicitada", respondía a San Ginés el último auto de la Sección Segunda de la Audiencia.

Ahora, vuelve a usar este mismo argumento y lo plantea como tercera causa de supuesta nulidad, dentro de esas cuestiones previas que pretende que se resuelvan antes de celebrarse el juicio. Al respecto, insiste en que el escrito de acusación se presentó un año después de que el juez pusiera fin a la instrucción -en julio de 2017- y les diera traslado para formular acusación. Sin embargo, lo cierto es que ese plazo no empieza a contar hasta que el auto adquiere firmeza, una vez que se resuelven los posibles recursos contra él.

En este caso, además de resolverse los distintos recursos de los acusados, durante ese tiempo también se produjeron otros cambios en la causa, incluyendo el cambio de postura de la Fiscalía, después de que el hoy condenado juez Salvador Alba acordara desimputar al abogado Ignacio Calatayud, que había sido señalado como el “ideólogo” de la incautación. Además, en ese año también se retiró de la causa la acusación particular, después de que San Ginés negociara personalmente, y en nombre del Cabildo y del Consejo de Aguas, un acuerdo con la empresa denunciante y dueña de las plantas incautadas, Club Lanzarote.

La retirada de la empresa como acusación contra él, que consiguió tras negociar ese acuerdo en nombre de la institución, también ha sido utilizada en reiteradas ocasiones por San Ginés para intentar evitar este juicio, y de nuevo lo ha vuelto a hacer ahora también con este último escrito dirigido al Juzgado de lo Penal, que ahora deberá decidir si acepta o no resolver las cuestiones previas antes de iniciar la vista.
 

Un juicio que ya se había retrasado en tres ocasiones

El juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja se tenía que haber celebrado a principios del pasado mes de marzo, pero ya ha cambiado de fecha hasta en tres ocasiones y ésta era la cuarta que se fijaba. Primero fue a petición de uno de los acusados, el ex gerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín, que en esos mismos días se enfrentaba al juicio del caso Stratvs. Después, a causa de la pandemia, ya que iba a celebrarse a principios de junio y coincidió con el estado de alarma.

Sin embargo, ha sido ahora, cuando se acerca ya la nueva fecha establecida, cuando la defensa de San Ginés ha emprendido este nuevo intento, apelando para ello a la situación sanitaria, señalando que pretende “facilitar, desde la lealtad procesal, la más ágil tramitación de las presentes actuaciones”. Y de esta forma reclama que se dicte una sentencia absolutoria sin siquiera celebrar el juicio, pidiendo que se deslegitime a la acusación popular, a la que lleva años intentando expulsar sin éxito de este procedimiento.

Al igual que los otros dos acusados, San Ginés se enfrenta en este juicio a una petición de 12 años de inhabilitación por delitos de prevaricación, al haber incautado ilegalmente una planta desaladora a una empresa privada para entregársela a Canal Gestión, sin contar con ningún informe por escrito que avalara esta medida, que ni siquiera está prevista en la legislación. “La incautación se llevó a cabo porque era la única vía que daba respuesta al capricho del señor San Ginés y su deseo de beneficiar a Canal Gestión Lanzarote por encima del respeto a la legalidad vigente y de la propiedad privada", sostiene la acusación en su escrito, en el que recuerda que Canal obtuvo "pingües beneficios" después de que el presidente le entregara esas plantas y hasta que la Justicia le obligó a devolver las instalaciones a Club Lanzarote.

La vista, si no se producen nuevos cambios ni prospera este nuevo intento de los acusados, está previsto que comience el 16 de noviembre y se extenderá durante cuatro jornadas, incluyendo también los días 17, 23 y 24 de noviembre.

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