A juicio un acusado de abusar sexualmente de su hijastra menor de edad en Lanzarote

Fiscalía pide para el acusado una pena de 12 años de prisión

8 de abril de 2021 (05:56 CET)
Juzgados

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial juzgará el próximo martes 13 de abril a un hombre acusado de abusar sexualmente de la hija menor de su pareja, cuando ésta tenía entre 8 y 9 años de edad. Fiscalía pide para el procesado una pena de 12 años de prisión.

Según el escrito de acusación, A.O.Z convivió con su mujer y la hija menor de ésta "desde mayo de 2018", primero en Las Palmas de Gran Canaria, y desde un mes después en Lanzarote, donde residieron en varios municipios hasta que, en mayo de 2019, y tras tener un "hijo común", se trasladaron a una vivienda en Arrecife. 

"Durante todo ese período de tiempo" y en "varias ocasiones sin que su fecha haya quedado fijada", el Ministerio Fiscal sostiene que el acusado realizó "tocamientos" a la menos en sus genitales "con las manos y el pene" tanto "por encima como por debajo de la ropa". 

Además, se apunta que llegó a "introducirle los dedos en la vagina" y que "trató de penetrarla" con el pene en varias ocasiones, "si bien no lo consiguió a causa del dolor que ello causaba a la menor". Todos estos episodios, en los que también se relatan "tocamientos" en la "zona del pecho", ocurrieron en la vivienda de Arrecife, según se indica. 

 

Libertad vigilada durante 10 años tras el cumplimiento de la pena

Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abusos a menor de 16 años con acceso carnal y por ello pide 12 años de cárcel para el acusado, que se encuentra privado de libertad por estos hechos desde el 31 de octubre de 2019. 

Además, también solicita que se le imponga la prohibición de acercarse a la menor a menos de 500 metros, así como de cualquier lugar frecuentado por ella, y la prohibición de comunicarse con ella, durante un periodo de 15 años. 

De igual forma, el Ministerio Fiscal solicita que se le imponga la medida de libertad vigilada una vez cumpla la condena, durante 10 años, "consistente en la obligación de participar en programas de educación sexual". 

Asimismo, se reclama para el procesado la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores durante 15 años. 

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