Los ministerios de Hacienda y Asuntos Sociales confirman que la deducción fiscal de 100 euros mensuales se mantendrá hasta que finalice la actual legislatura

Alrededor de 400 mujeres en Lanzarote perciben en la actualidad la ayuda a la madre trabajadora

Pueden recibirla a cargo de la Seguridad Social, y hasta que el niño/a cumpla 2 años, las mujeres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta ajena o propia, cotizando a la Seguridad Social o Mutualidad y que convivan con los hijos UGT y Mararía denuncian que la medida no constituye una prestación directa, una paga mensual, sino que es una deducción fiscal que, en caso de solicitarse, y sólo en determinados casos, se percibe de forma anticipada a cuenta

31 de agosto de 2005 (17:34 CET)

Desde los propios ministerios de Economía y Hacienda, encargado de presupuestar las partidas, y Asuntos Sociales y Trabajo, responsable de la gestión de las ayudas, se aseguró ayer mismo que esta medida proseguiría una vez que finalice la actual legislatura.

"En principio no hay ninguna novedad que motive modificación alguna en la actual deducción, y todo apunta a que no se producirán cambios con respecto a las actuales bases al menos hasta que culmine el presente curso político", señalaron las citadas fuentes.

En la mayoría de los casos, ese dinero que aporta la Seguridad Social es empleado por los padres para el pago de las guarderías, ya que en las Islas casi no existen centros educativos de financiación pública hasta que la edad del menor no supera los 3 años, es decir, una vez que los chinijos pueden ingresar en centros de educación infantil y primaria (CEIP).

En la isla de Lanzarote, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), son aproximadamente unas 400 mujeres las que disfrutan en la actualidad de esta ayuda, que finaliza una vez que el hijo / hija alcanza la edad de 2 años.

Uno de los datos que se desprenden de las cifras del Anuario Estadístico de Canarias, publicación del Instituto Canario de Estadísticas (ISTAC), es que la tasa bruta de natalidad de la Isla de Lanzarote viene experimentando desde el año 2002 el mayor porcentaje del conjunto total de las Islas del Archipiélago canario, con un intervalo de 13,58 nacimientos por cada 1.000 habitantes.

Quiénes pueden acogerse

En principio, pueden las mujeres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta ajena o propia, cotizando a la Seguridad Social o Mutualidad y que convivan con los hijos.

En caso de hijos adoptados o acogidos, la deducción se puede aplicar durante los tres años posteriores a la inscripción de este hecho en el Registro Civil o posteriores a la fecha de resolución judicial que lo determine, sin que por ello deban ser menores de tres años.

En caso de que haya fallecido la madre, o cuando el padre o tutor ostente la guarda y custodia de forma exclusiva, éste percibirá la deducción.

La medida no constituye una prestación directa (lo que sería efectivamente una paga mensual), sino que es una deducción fiscal que, en caso de solicitarse, y sólo en determinados casos, se percibe de forma anticipada a cuenta, es decir, a expensas de una posterior regularización en la declaración de la renta.

Y la cifra de 1.200 euros anuales por hijo supone tan sólo el máximo posible, pero la deducción posee un límite en la cuantía de las cotizaciones totales pagadas a la Seguridad Social por cada hijo.

Es requisito imprescindible para percibir esta deducción que el hijo por el que se está deduciendo no obtenga rentas anuales superiores a 8.000 euros.

Mes a mes o a través de la declaración

Esta deducción se incluye en la declaración de la renta, haciendo que se pague menos o nos devuelvan más, por el citado importe. Sin embargo, existe la posibilidad de cobrarla mes a mes y de manera anticipada. Para ello, hace falta rellenar el modelo 140 y entregarlo en la agencia tributaria. También se puede rellenar y enviar por Internet, pero para ello es necesario contar con el Certificado de Seguridad Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Puede obtenerse el modelo de impreso 140 en la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) , de esta manera puede llevarse cumplimentado a cualquiera de las delegaciones lo antes posible y empezar a cobrar la deducción.

En palabras del director general de Educación en Lanzarote, Juan Cruz Sepúlveda, se trata de un "ahorro indirecto", aunque está claro que "lo ideal sería que las madres pudieran cobrar esta cantidad mensual de manera contante y sonante, como cualquier otra deducción".

Críticas a la medida

En cambio, para ciertos colectivos sindicales como UGT, la deducción es "profundamente injusta" en una doble vía. Por un lado, "margina a gran numero de colectivos que no pueden solicitar el abono anticipado (según consta el artículo 58 del Reglamento del IRPF)", como a trabajadores a jornada completa en alta menos de 15 días al mes, trabajadores a tiempo parcial con jornada inferior al 50% de la ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, o que no se encuentren en alta durante todo el mes en los regímenes citados anteriormente; trabajadores asalariados en alta en el Régimen Especial Agrario que no realicen al menos 10 jornadas reales en el mes; trabajadores en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social o de mutualidades alternativas que no estén de alta durante al menos 15 días; y las trabajadoras que estén trabajando en la economía sumergida de forma involuntaria, es decir, "quienes se encuentran en una situación de mayor desprotección en el mundo laboral, así como aquellas que no tendrán derecho a la deducción al percibir las prestaciones o subsidios por desempleo".

En definitiva, los sindicatos constatan que quedan fuera de la percepción anticipada de la deducción los colectivos con condiciones laborales más precarias, que en gran numero de ocasiones son quienes precisan de una ayuda más permanente.

Por otro lado, una de las principales críticas que persiguen a la ayuda a la mujer trabajadora indican que "el limite de las cotizaciones establecido resulta regresivo, favoreciendo en mayor medida a quienes poseen salarios mas altos". Así, no puede deducirse la

cuantía máxima prevista de aquellas trabajadoras a tiempo parcial que perciban salarios inferiores a unos 250 euros al mes. En palabras de Nieves Rosa Hernández, presidenta de Mararía, la asociación social y cultural de la mujer en Lanzarote, "la medida es ineficaz para conseguir cualquiera de los fines que se pretenden (aumento de la natalidad y fomento de la incorporación de la mujer al mercado laboral), puesto que su cuantía es irrisoria, insuficiente por si sola para incidir sobre decisiones de tanto calado".

A juicio de Hernández, para la que las típicas funciones que siempre ha desempeñado la mujer a cargo de sus hijos deben ser compartidas como una responsabilidad de toda la sociedad y especialmente de las instituciones públicas, "es sangrante la situación por la que tienen que atravesar las mujeres en formación o en paro, ya que a pesar de ser las más desfavorecidas no tienen derecho a esta ayuda".

Otras ayudas

En la actualidad, existen una serie de medidas para ayudar a las madres trabajadoras. Todas ellas se engloban en el Plan Integral de Apoyo a la Familia, y las principales son la ayuda en los tres primeros años de maternidad, con una compensación por cada hijo en el caso de las rentas más bajas; la compensación adicional, a partir del tercer hijo; o la ayuda fiscal para el cuidado de los niños que asistan a centros de educación infantil o necesiten a un cuidador.

LO MAS LEÍDO