Yaiza pide "tranquilidad" tras el fallo del Supremo y afirma que no afectará a las licencias ni al desarrollo del planeamiento

Recuerda que la anulación parcial del Plan General "solo afecta a la línea del dominio público marítimo terrestre" y espera poder "convalidar" el documento, solicitando ahora el informe de Costas

9 de junio de 2020 (21:07 CET)

"Las licencias otorgadas hasta el momento no se ven afectadas por el fallo judicial; ni la resolución supone un paso atrás en el desarrollo del planeamiento". Ése es el "mensaje de tranquilidad" que ha querido lanzar el Ayuntamiento de Yaiza, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo que ha ratificado la anulación parcial del Plan General del municipio.

"Como ya lo señaló el Ayuntamiento de Yaiza en mayo de 2018, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) emitió sentencia sobre la solicitud de Costas que pedía la nulidad del Plan General de Ordenación en su totalidad, el fallo de entonces, como ahora el del Tribunal Supremo (TS), solo afecta a la línea del dominio público marítimo terrestre y a la zona de servidumbre de la costa", subraya el Consistorio en un comunicado.

Incluso, desde el grupo de gobierno señalan que la sentencia "es un éxito para el Plan General de Yaiza", dado que el resto del documento sigue en vigor. "La novedosa interpretación realizada por el TSJC no solo ha sido refrendada por el TS, sino que se refuerza con un argumento que modifica la Jurisprudencia previa del Supremo. Hasta ahora el Alto Tribunal, en los supuestos de falta de un informe preceptivo y sectorial, mantenía el criterio de que la falta de informe determinaba la nulidad del planeamiento al completo", señalan.

En este caso, el informe que no se incorporó al expediente, y que ha motivado la anulación parcial, es un dictamen de Costas; y tanto el Tribunal Superior de Justicia de Canarias como ahora el Supremo han concluido que eso no puede llevar a la anulación completa, sino solo de las partes que afectan a la Ley de Costas.

 

Vea una "vía abierta" para salvar todo el Plan


Además, el Ayuntamiento interpreta que ambas sentencias han dejado "vía abierta a la posibilidad de solicitar el informe preceptivo de Costas" y que "tras su emisión y conformidad del planeamiento con el sentido del mismo, el planeamiento quedaría convalidado".

"Yaiza, con la colaboración del Gobierno de Canarias, se pondrá a trabajar para resolver la posible controversia que suscite la sentencia emitida en aras a que el inversor no se vea subsumido en incertidumbres jurídicas", añade el Consistorio, que considera que "el TSJC y el TS han apostado por el planeamiento del municipio de Yaiza, y no se ha desechado el enorme esfuerzo y trabajo que hay detrás del Plan General de Yaiza, que ha traído innumerables beneficios para el municipio y para la Isla en general, porque un planeamiento aprobado con todo rigor incentiva la economía de toda la Isla y de sus sectores productivos".

Además, el Ayuntamiento sostiene que la sentencia "no implica que el planeamiento no respete las disposiciones de la Ley de Costas", que defiende que fue "rigurosamente aplicada por el equipo redactor del Plan General tras la emisión del primer informe emitido por el Ministerio del Medio Ambiente". "La sentencia tan solo entra a valorar que el planeamiento se aprobó definitivamente antes de que trascurriera el plazo para la emisión del informe final que debe emitir el Ministerio de Medio Ambiente (Costas del Estado o Dirección General de Costas)", añade.

"La discrepancia entre el criterio que respetuosamente acatamos de las Salas que se han pronunciado radica en que el informe se había solicitado seis meses antes de la aprobación definitiva, pero posteriormente se envió por parte de la Consejería una documentación que fue requerida. La altísima Sala estima que este último envío de documentación es el que provoca que se inicie el cómputo de los dos meses para la emisión del informe preceptivo y sectorial que debía de emitirse, criterio que el Ayuntamiento de Yaiza acata sin salvedad alguna y con máximo respeto", concluye.

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