El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 4 ha dado la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé ante el recurso interpuesto por Aena contra la liquidación de la tasa por la recogida de basura comercial en el aeropuerto de Guacimeta. La sentencia, fechada el pasado 28 de noviembre y hecha pública este viernes por el Consistorio, establece que el importe de 112.530,90 euros establecido por el Ayuntamiento "se ajusta a derecho" y el ente deberá abonarlo.
En su recurso, Aena esgrimió como argumento principal que "el servicio de basura únicamente recoge un 10 por ciento del total de la basura" y que, por lo tanto, les correspondería abonar solamente la cantidad de 3.000 euros. Una cifra que la alcaldesa, María Dolores Corujo, tacha de "irrisoria y ridícula".
La sentencia, que se remonta a la tasa del año 2011, establece que "la cuota a pagar en concepto de tasa va en función de los metros cuadrados del inmueble o local y el tipo de actividad" e indica, además, que "constituye un hecho acreditativo de la efectiva prestación de servicio".
Otros cuatro recursos pendientes
Se trata de la primera sentencia que se dicta de los cinco recursos contencioso-administrativos que Aena ha interpuesto contra las liquidaciones de las tasas de basura comercial de los ejercicios presupuestarios de 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014. Corujo ha manifestado que con este fallo "se hace justicia en un asunto de vital importancia para los intereses generales" y ha apuntado que "Aena, como cualquier otro vecino, está obligado a abonar dicha tasa municipal por la prestación de un servicio que tiene el carácter de esencial y obligatorio para la comunidad vecinal y, evidentemente, con un importe mayor, debido a la superficie del recinto aeroportuario y a las toneladas de basura que genera la actividad aeroportuaria, sobre todo teniendo en cuenta que la finalidad de la tasa es la financiación del coste de los servicios públicos".
A esta sentencia se suman dos fallos anteriores que confirmaron la conformidad a derecho de dos sanciones o multas impuestas por el Ayuntamiento de San Bartolomé a Aena, por importes de 15.000 y 30.000 euros, como consecuencia de ejercer la actividad de parking de guaguas y de vehículos en la T-1, sin la obtención de la licencia municipal o el correspondiente título habilitante, explican desde el Consistorio.
Además, el Ayuntamiento de San Bartolomé está a la espera del dictado de otra sentencia respecto a la multa impuesta a Aena por un importe de 616.853,76 euros, por ejercer igualmente sin licencia la actividad de parking, en este caso, en la T-2.