La juez procedió a la apertura del juicio oral sin que lo solicitara la fiscal

La Audiencia anula el proceso judicial contra una banda acusada de prostituir a menores en Lanzarote y Gran Canaria

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha anulado este martes el proceso judicial que se seguía en Telde contra una banda acusada de prostituir a mujeres menores de edad en Gran ...

12 de marzo de 2013 (21:15 CET)
La Audiencia anula el proceso judicial contra una banda acusada de prostituir a menores en Lanzarote y Gran Canaria
La Audiencia anula el proceso judicial contra una banda acusada de prostituir a menores en Lanzarote y Gran Canaria

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha anulado este martes el proceso judicial que se seguía en Telde contra una banda acusada de prostituir a mujeres menores de edad en Gran Canaria y Lanzarote y de obligar a otros chicos menores a cometer robos. La banda estaba integrada en su mayoría por rumanos y también por españoles.

La Audiencia ha ordenado la puesta en libertad de todos los acusados, al anular "todas las actuaciones hasta el auto de apertura del juicio oral", llevado a cabo por el Juzgado de Instrucción Número 1 de Telde. La fiscal pedía entre seis meses y 27 años de cárcel para los imputados. En Lanzarote se detuvo a tres personas acusadas por estos hechos.

[Según el escrito elevado en su momento por la Fiscalía en Telde->29080], dos cabecillas organizaban la llegada a España de chicas y chicos a fin de obligar a ellas a ejercer la prostitución y a ellos a sustraer toda clase de bienes, especialmente perfumes, botellas de alcohol, ropa y pequeños aparatos de electrónica, en domicilios particulares o establecimientos comerciales.

Ahora, esta decisión de la Audiencia se ha adoptado después de que las defensas de los acusados solicitaran la nulidad de estas actuaciones. El tribunal ha considerado que tenía que anular el proceso por vulneración del principio acusatorio.

Sin una solicitud del fiscal

Así, en un auto asegura que la juez procedió a la apertura de juicio oral "sin que lo hubiese solicitado el Ministerio Fiscal, única parte acusadora que sostiene la pretensión punitiva en este proceso". El auto señala, además, que el fiscal "no interesó apertura del juicio oral, limitándose a darse por instruido en el conocimiento de la causa". Incluso, señala que "la representante del Ministerio Público reconoció que se le pasó la solicitud de apertura del juicio oral".

Los miembros de la Audiencia entienden "la posición de algunas defensas" y consideran que la decisión de abrir juicio oral "sin que ninguna parte acusadora lo haya solicitado sí que infringe el derecho al juez imparcial". "Implica una aparente valoración del contenido material de la instrucción en lo que perjudica a los acusados que lesiona el contenido material del derecho al juez imparcial", insisten en este auto.

Como consecuencia de ello, la Audiencia ha estimado la cuestión previa de la nulidad de las actuaciones interesada por las defensas de los acusados, y que es aplicable a todos los imputados "por identidad de fundamento". Así, considera que se trata de una garantía esencial del proceso penal que "lesionada y que resulta insubsanable". Contra el auto, hecho público este martes, aún cabe recurso de casación por parte de la Fiscalía.

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