La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) ha iniciado un procedimiento sancionador contra una empresa de Arrecife por varias infracciones en la Ley de Residuos de Canarias, por producir residuos peligrosos como "aceites usados, baterías, filtros de aceite, trapos y lodos contaminados", según publica este viernes el Boletín Oficial de Canarias (BOC). La sanción que propone la Apmun en este caso es de 48.155 euros.
Por una parte, la Agencia considera que existe una infracción leve de la Ley de Residuos de Canarias por la producción de estos residuos peligrosos sin que la empresa esté inscrita en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos. En este caso, según recoge el BOC, la sanción sería de 3.155 euros.
A esto hay que sumar otra sanción de 45.000 euros por una infracción grave de la Ley de Residuos de Canarias, por la que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma y se crea el Inventario de Suelos Contaminados de Canarias. Esta infracción consiste en el incumplimiento de las determinaciones legales en la gestión y manejo de los residuos peligrosos, en lo relativo al almacenamiento sin etiquetado de los residuos peligrosos generados, así como no acreditar la entrega a un gestor autorizado de los residuospeligrosos como filtros de aceite, trapos y lodos contaminados y no haber remitido al órgano ambiental el Informe Preliminar de Situación de Suelo.
"Reposición al estado anterior a la infracción"
Además, se requiere a la empresa para que "proceda a la reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de la infracción" en el plazo de un mes. Así, tendrá que comunicarlo a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias para poder inscribirse en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos generados en las Islas Canarias, remitir al órgano ambiental competente el Informe Preliminar de la Situación del Suelo, el etiquetado de los residuos peligrosos y la entrega a un gestor autorizado de estos residuos. Si la empresa no cumplimenta dicho requerimiento, no podrá ser tenido en cuenta como circunstancia atenuante.
La empresa puede formular alegaciones y aportar los documentos que considere oportunos en un plazo de 15 días. Si no se presentan, podrá ser considero este inicio de expediente sancionador como una propuesta de resolución. El plazo máximo para resolver el presente procedimiento y notificar su resolución es de seis meses. Transcurrido este tiempo, se produciría la caducidad del mismo.