La Asociación de Operadores de Telecomunicaciones cree que este fallo, que responde a un pleito con un ayuntamiento tinerfeño, sienta un precedente que puede afectar a decenas de municipios de toda Canarias

El TSJC dictamina que los ayuntamientos no tienen potestad para prohibir las antenas de móviles

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia contra un acuerdo del Ayuntamiento de La Matanza en el que rechaza el poder de los ayuntamientos del archipiélago para prohibir la instalación de antenas de ...

22 de enero de 2008 (13:33 CET)
El TSJC dictamina que los ayuntamientos no tienen potestad para prohibir las antenas de móviles
El TSJC dictamina que los ayuntamientos no tienen potestad para prohibir las antenas de móviles

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia contra un acuerdo del Ayuntamiento de La Matanza en el que rechaza el poder de los ayuntamientos del archipiélago para prohibir la instalación de antenas de telefonía móvil, al entender que es un asunto sin regulación local.

En la resolución, el Alto Tribunal Canario advierte a las corporaciones locales de que no pueden impedir la instalación de antenas de forma absoluta.

Una decisión que según indica, en un comunicado, la Asociación de Española de Operadores de Telecomunicaciones (REDETEL) sienta un precedente legal que puede afectar a decenas de municipios en todas las islas.

La sentencia, notificada el pasado 15 de enero, da la razón a Telefónica Móviles y anula la denegación de licencia para la instalación de una estación base de telefonía móvil en la calle Los Almendros de esta localidad tinerfeña.

Además, anula la parte de la ordenación urbanística del municipio que prohíbe las instalaciones de telecomunicaciones en todo el ámbito del suelo municipal hasta la redacción de la ordenanza municipal reguladora de las telecomunicaciones.

Según el TSJC, no es posible la denegación de licencias y permisos en estos términos, y se ampara para ello en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que considera no ajustada a derecho una restricción absoluta a la instalación de antenas en un municipio.

El ayuntamiento tinerfeño de La Matanza de Acentejo ordenó, hace aproximadamente un año y medio, desmantelar una antena de telefonía móvil, alegando que no existía en el municipio una norma local que regulase las instalaciones de telecomunicaciones.

Según la sentencia, "la falta de regulación por no redacción de una ordenanza municipal de telecomunicaciones, no puede ser excusa para denegar una licencia urbanística".

Además, la resolución añade que "la ordenanza a desarrollar, forma parte de una competencia exclusiva, que el Tribunal Supremo le ha venido reconociendo a los ayuntamientos, para hacer compatibles los aspectos urbanísticos, estéticos, de seguridad y medioambientales, pero que de ninguna forma puede suplantar por la vía subrepticia de restricciones absolutas, la competencia del Estado en el desarrollo de la red de telecomunicaciones, mediante limitaciones que resulten manifiestamente desproporcionadas".

Redetel destaca que esta sentencia del Tribunal canario recoge una opinión que ya se ha convertido en criterio general de los tribunales en muchas comunidades autónomas, como Madrid, País Vasco, Cataluña, Murcia, Andalucía, Extremadura, Galicia y Valencia.

Asimismo, la asociación remarca que existe jurisprudencia a nivel estatal, que avala la normativa vigente sobre control de las antenas de telefonía móvil, como la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2006 que revisó todas las investigaciones sobre radiofrecuencias y telefonía móvil y acabó rechazando todos los argumentos manejados contra estas instalaciones.

ACN Press

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