ACN
El fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Ernesto Vieira, dictaminó ayer que el juez de Telde que paralizó un matrimonio entre homosexuales "no está legitimado" para presentar una cuestión de inconstitucionalidad contra le regulación de esta clase de uniones, ya que dicho juez no realiza una acción jurisdiccional sino de registro. No obstante, recuerda que éste dictamen no tiene carácter vinculante y que ahora el juez teldense puede recurrir al Tribunal Constitucional.
"Se trata de una materia que trasciende las posibilidades del juez, entendemos que no estamos ante un proceso y que por tanto no está legitimado". De esta manera, y recalcando que esta apreciación es sólo "una opinión", Ernesto Vieira negaba la posibilidad planteada por el juez Francisco Javier García García-Sotoca de no casar a Cristo Elvira y Damián Pérez por una posible cuestión de inconstitucionalidad de la nueva ley de regulación de matrimonios civiles aprobada recientemente.
En concreto, Vieira especifica en su informe que "entendemos que la naturaleza del expediente del que nace la propuesta del planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad no habilita al órgano judicial a llevarla a cabo, por no ser la función del Juez encargado del Registro Civil propiamente jurisdiccional".
No vinculante
Este informe, y tal como destacó el fiscal, "no es vinculante en absoluto", por lo que García-Satoca "tiene la obligación de leer las alegaciones que hayan presentado las partes y el Ministerio Fiscal pero tiene las manos libres para resolver conforme a su propio criterio". Una vez leídas dichas alegaciones y trascurrido un plazo de tres días tiene que dictar el auto correspondiente, abordando plantear o no el recurso de inconstitucionalidad.
Por lo tanto, el siguiente paso a seguir por el juez, si considerase seguir planteando el recurso de inconstitucionalidad, sería dirigirse al Tribunal Constitucional, que es el órgano encargado de resolver este tipo de cuestiones.
No obstante, y aunque en principio también se puede aceptar que es inconstitucional no aceptar una norma de rango legal, Vieira matiza que "no estamos hablando en términos tan abstractos", ya que aún no se sabe si este juez planteará dicho recurso finalmente. Aun así, y de presentarla, el fiscal considera que el juez está en su derecho "porque lo cree así y porque está convencido de hacer mejor su trabajo".
Constitucionalidad
Además, y haciendo referencia a los otros dos procedimientos presentados por el juez teldense y aceptados por el TSJC, Vieira afirmó que, "sin entrar en el fondo del análisis del problema", a su juicio "no se dan razones de peso que hagan dudar a priori y en un primer momento de la constitucionalidad de la norma cuestionada". Para justificar dicho dictamen, Vieira hace alusión a diversas resoluciones oficiales de organismo públicos al respecto, como un dictamen del Consejo de Estado y otro de la sección civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo.
Por último, haciendo referencia a la "literalidad" de la norma constitucional, entiende que "por esa interpretación literal de la Constitución tampoco cabría dudar de forma razonable sobre la constitucionalidad de la norma cuestionada".