La Sección Segunda de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Canarias (TSJC) emitió una sentencia el pasado 1 de junio en la que ha
desestimado el recurso de apelación presentado por los promotores del Plan Parcial
Playa Blanca, tras el anterior fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de
Las Palmas de G.C., de 2 de julio de 2008, que, a instancias del recurso interpuesto por la
FCM, anuló el proyecto de urbanización del citado Plan Parcial, de 1.800 viviendas y en
torno a 4.500 plazas residenciales. Cabe recordar que ese fue el primer pronunciamiento
de los tribunales sobre la eventual ilegalidad del Plan Parcial Playa Blanca, a la que luego
se han sumado diversas sentencias en procedimientos impulsados por el Cabildo de
Lanzarote, [las últimas de ellas conocidas esta misma semana->29013].
EstanuevasentenciaesunarespuestadelTSJC,concarácterfirme,aunrecurso
interpuesto, en este caso, por los promotores del Plan Parcial Playa Blanca contra la
anulacióndedichoPlan,queahoraeltribunalzanjademaneradefinitiva.Hastael
momento, el TSJC en su anterior pronunciamiento, había desestimado los argumentos
jurídicos presentados por el Ayuntamiento de Yaiza a la demanda interpuesta por el
Cabildo de Lanzarote. Ahora, desestima los argumentos de los promotores del Plan
Parcial Playa Blanca.
Con esta sentencia, el TSJC ratifica el fallo en primera instancia dictado por el Juzgado el
pasado año, que anuló el proyecto de urbanización por dos razones fundamentales. Una
formal, ya que el Ayuntamiento publicó extemporáneamente las normas urbanísticas del
PlanParcial;yotradefondo,yaque,segúnestimaelfallo,elPlanParcialquedó
extinguido por la aplicación de la Ley 19/2003, de Directrices de Ordenación General y
del Turismo de Canarias, e implícitamente al citar la Disposición Adicional cuarta, por la
Ley 6/2001, de Medidas Urgentes.
En la sentencia que desestima el recurso de los promotores del Plan Parcial Playa Blanca
a instancias de la FCM, el TSJC cita en esta ocasión que "la anulación del proyecto de
urbanización conlleva que desaparezca de mundo jurídico con todas las consecuencias
que conlleva tal declaración, siendo el restablecimiento de la realidad alterada y
transformada la consecuencia de tal declaración de nulidad. Es decir, anulado el
proyecto de urbanización la consecuencia será el restablecimiento en el plano jurídico y
material de esa realidad alterada en cualquiera de sus formas".
Con estos fallos judiciales se ha paralizado la construcción de 1.400 viviendas y se han
congelado medio millón de metros cuadrados de suelo en Playa Blanca, por lo que en
esta ocasión se ha logrado evitar que se consumaran los hechos denunciados por la FCM
y el Cabildo. Además, se han anulado las 400 viviendas ya construidas en el Plan Parcial.
[Más información sobre la anulación del Plan Parcial Playa Blanca->http://www.cabildodelanzarote.com/tema.asp?idTema=185&sec=NOVEDAD.%20El%20TSJC%20anula%20el%20PP%20Playa%20Blanca]