El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada el pasado mes de junio, ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de junio de 2007, que a su vez refrendaba una del Juzgado número 2 de Arrecife de abril de 2005, en la que se condenaba a pagar a la empresa Guerra y Fernández, que fue concesionaria de la distribución de agua Chafariz (propiedad de Inalsa) algo más de 400.000 euros.
La empresa reconocía la mayor parte de la deuda, por el agua suministrada, más los envases y las cajas, pero reclamaba que no se le imputara el pago de unos de tres millones de las antiguas pesetas por los envases y las cajas de Chafariz, ya que consideraba que no estaba acreditado que se hubieran entregado.
La empresa consiguió el contrato para la distribución de la marca de agua embotellada, que ya no se comercializa, en el año 1997 por un periodo tres años. Inalsa decidió no prorrogar el contrato y Guerra Y Fernández reclamó una indemnización de 800.000 euros por considerar que se le había comunicado esa circunstancia fuera de plazo. Los tribunales consideraron que sí se había comunicado en el plazo legal y desestimaron la indemnización.
En la sentencia se señala que los envases sí que se entregaron a la empresa concesionaria y que no queda acreditado que la empresa los devolviera. Como pruebas se presentaron las facturas correspondientes y las declaraciones de algunos trabajadores.
ACN Press