El Tribunal ha rechazado la aclaración y rectificación de la sentencia y el incidente de nulidad presentado por la defensa del líder del PIL. Ahora, la causa volverá a la Audiencia Provincial de Las Palmas y comienza la cuenta atrás para su ingr

El Supremo vuelve a ratificar la sentencia contra Dimas Martín

Se ha conseguido retrasar durante más de cinco meses, pero los trámites para ejecutar la condena contra Dimas Martín por el caso del Complejo Agroindustrial siguen avanzando. Después de ...

14 de noviembre de 2006 (00:55 CET)
El Supremo vuelve a ratificar la sentencia contra Dimas Martín
El Supremo vuelve a ratificar la sentencia contra Dimas Martín

Se ha conseguido retrasar durante más de cinco meses, pero los trámites para ejecutar la condena contra Dimas Martín por el caso del Complejo Agroindustrial siguen avanzando. Después de ratificar la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Las Palmas, el Tribunal Supremo recibió un escrito de la defensa de Dimas Martín, solicitando una aclaración y rectificación de la misma, porque entendía que no se pronunciaba sobre uno de los argumentos claves de la defensa, en el que sostenían que los hechos por los que se condenó al líder del PIL no supusieron un "quebranto patrimonial" para las arcas de la empresa que gestionaba el Complejo (EMAMTSA).

Sin embargo, y aunque la respuesta ha tardado mucho más de lo habitual, porque estas solicitudes suelen responderse en unos días y en este caso se han tardado más de cinco meses, finalmente la Sala de lo Penal del TS entiende que "no procede aclarar la sentencia", porque considera que "la resolución dictada contiene la fundamentación suficiente y necesaria para que los litigantes conozcan las razones de la desestimación de los dos motivos de su recurso". El motivo del retraso en hacer pública esta decisión responde a que la defensa de Dimas Martín no sólo pidió una aclaración y rectificación de la sentencia, sino que también intentó que ésta fuera anulada.

En concreto, la defensa del líder del PIL promovió un "incidente de nulidad de actuaciones contra la sentencia de esta Sala en su integridad, habida cuenta de la insuficiente motivación" que, a su juicio, presentaba la resolución. Pero lejos de anular la sentencia, el Tribunal Supremo considera que su motivación es "adecuada y suficiente", y agrega que el escrito de la defensa de Dimas Martín es en realidad un nuevo recurso. "No se ponen de manifiesto violaciones concretas de preceptos legales que produzcan una indefensión efectiva para la parte, sino que se reproduce el contenido de los motivos que sustentaron el recurso de casación y se impugnan los razonamientos de la sentencia que lo resuelve, por considerarlos insuficientes e irracionales", señala la Sala, añadiendo que "el escrito solicitando la nulidad es, en realidad, un verdadero recurso contra la sentencia, que no está contemplado en nuestra legislación procesal".

Últimas vías

Una vez desestimadas la aclaración y el incidente de nulidad, el Tribunal Supremo devolverá el caso a la Audiencia Provincial de Las Palmas, que fue quien juzgó a Dimas Martín y quien debe ordenar el cumplimiento de la condena. Unos trámites que ahora se pondrán en marcha y que harían que a finales de este año o a más tardar a principios del próximo, el líder del PIL vuelva a prisión, haciendo así imposible su participación en la próxima campaña electoral.

Sin embargo, el líder del PIL aún puede intentar agotar otras opciones para seguir retrasando su entrada en la cárcel. Una de ellas está en el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que puede tardar varios años en resolverse. Precisamente por eso, en algunos casos, el propio Constitucional decide suspender cautelarmente la ejecución de la sentencia, para evitar que su pronunciamiento llegue cuando ya se ha terminado de cumplir la condena. Pero el caso de Dimas Martín no se ajusta a los parámetros que se tienen en cuenta para esos aplazamientos, porque se conceden en casos de menor gravedad, a personas sin antecedentes y, sobre todo, que se enfrenten a penas de menos de cinco años de prisión. En el caso de Dimas Martín, la condena que pesa sobre él es de ocho años, y por tanto no podría acogerse a este aplazamiento, por más que el Constitucional estuviera evaluando su recurso de amparo.

Pendiente del indulto

Ante este panorama, la gran esperanza de Dimas Martín vuelve a estar una vez más en el indulto. Una medida de gracia que se dirime en el Consejo de Ministros, y que no tiene unos parámetros establecidos para determinar que sea concedido o no. Sin embargo, el hecho de que Martín ya recibiera un indulto en su día por el caso del bañadero de Guatiza, y que posteriormente solicitara otro que fue denegado por el caso de la compra del voto a un concejal de Arrecife, complica la situación para el líder del PIL. Además, a esto hay que sumar la gravedad de los delitos que fueron juzgados en esta ocasión, y también el hecho de que se trata de una persona con otros antecedentes penales.

En cualquier caso, mientras el Consejo de Ministros se pronuncia, el líder del PIL podría pedir que se aplace su ingreso en prisión, como ya ha hizo en su momento con otras condenas que pesaban sobre él. En este caso, la decisión dependerá de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que para atender esas peticiones sigue parámetros similares a los del Constitucional, y por tanto será difícil que acepte la solicitud.

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