El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha decidido no admitir siquiera a trámite el recurso presentado por la EPEL de los Centros Turísticos tras la sentencia de la Cueva de Los Verdes, que dio la razón al Ayuntamiento de Haría obligando al Cabildo a abandonar este centro y a pagar una indemnización millonaria al Consistorio.
En su providencia, la juez Mercedes Martín recuerda que en mayo de 2014 ya rechazó la personación de la EPEL en la causa, "al no haber sido demandada por la recurrente ni emplazada en el procedimiento por la administración", por lo que resuelve que tampoco cabe que ahora presente un recurso de apelación.
Este recurso se suma al que presentó el propio Cabildo contra la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que sí sigue su curso en los Juzgados.
Personación 'extemporánea'
Tras la demanda presentada en su día por el Ayuntamiento de Haría, el Cabildo figuraba como único demandado en el procedimiento, e incialmente no pidió que se tuviera por personada también a la EPEL que gestiona los Centros. Sin embargo, después de que el Juzgado rechazara los alegatos de defensa de la Corporación insular, al entender que los había presentado fuera de plazo, la EPEL sí intentó personarse en la causa, aunque el Juzgado rechazó esa pretensión.
Ahora, siguiendo ese mismo criterio, la juez ha vuelto a rechazar también su recurso de apelación, que había sido presentado por el procurador Lorenzo Olarte Lecuona.