El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el pasado martes el decreto que regula el procedimiento de autorización de transportistas, medios de transporte y contenedores de animales vivos en la comunidad autónoma y crea su registro, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
La norma es de aplicación a los transportistas de animales vivos cuyo domicilio o sede social se encuentre en el ámbito territorial de Canarias y a los medios de transporte y contenedores de estos animales, pertenezcan o no a un transportista. El procedimiento se iniciará a petición del interesado, mediante la presentación de las solicitudes aprobadas por el Gobierno, que pueden descargase a través de Internet, informa la Consejería en un comunicad.
El Gobierno considera oportuno regular este proceso debido a que el transporte de animales en las Islas, al igual que sucede en el resto del Estado, y por extensión, en la Unión Europea, constituye un aspecto de enorme relevancia dentro del ámbito de la producción ganadera, sobre el que convergen numerosas actuaciones administrativas.
Para acceder al registro, será necesario haber sido autorizado conforme a lo dispuesto en el decreto.La autorización tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de la notificación de la resolución de concesión de la misma, si bien podrá ser renovada por periodos de cinco años de duración, siempre y cuando el solicitante presente nueva solicitud como máximo, dos meses antes de la finalización de su período de vigencia.
La ley de Sanidad Animal, al establecer la ordenación sanitaria del mercado de los animales, determina que los medios de transporte de animales, y las empresas propietarias de éstos, deberán estar autorizados por la Comunidad Autónoma en la que radiquen, al tiempo que deben cumplir con las normas higiénico?sanitarias y de protección de los animales aplicables, así como llevar para cada medio de transporte, un registro donde se reflejen todos los movimientos de los animales.
El decreto por el que se establecen las normas relativas a la protección de los animales durante su transporte, establece la obligatoriedad de que todo transportista figure inscrito en un registro, de manera que las autoridades puedan identificarlo.
La Comunidad Autónoma de Canarias expide certificados sanitarios y otros documentos relacionados con el traslado o movimiento de animales, junto a los que debe constar información relativa al transportista, al contenedor, y al medio de transporte utilizado.
Según la nota, este marco normativo se completa con la la ley para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Esta Ley dispone un conjunto de principios relativos al cuidado de los animales, así como el cuadro de infracciones y sanciones que dota de eficacia jurídica las obligaciones establecidas en la normativa aplicable.
ACN Press