ACN
Las dudas que surgen desde Canarias pasan por saber qué aspectos de la propuesta catalana pueden ser aceptadas, lo que puede ser el botón de muestra más claro para saber qué posibilidades de éxito, especialmente en las propuestas competenciales, financieras y de aumento del autogobierno, pueden tener en cuanto partan de la sede de Teobaldo Power hacia Madrid. De ambas propuestas, la catalana y la canaria, pueden establecerse algunos puntos de paralelismo que se detallan a continuación.
Nacionalidad catalana-nacionalidad canaria
La propuesta catalana se plantea en este caso, como se dice popularmente, ‘sin anestesia'. Artículo 1. Punto 1: "Cataluña es una nación". Punto 2: "Cataluña ejerce su autogobierno mediante instituciones propias, constituida como comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto".
Toda la polémica política en España, además del debate sobre las consecuencias de la propuesta del marco financiero del Estado, se ha centrado en el concepto ‘nación'. Sus consecuencias sobre la concepción de la ‘nación española' y la ruptura que la aceptación de este punto supondría para el principal precepto constitucional, la indivisibilidad del Estado, han centrado la polémica. En este sentido, ya desde el PSOE se anunció que se rebajará la contundencia del concepto y se propondrán alternativas: ‘realidad nacional' o ‘entidad nacional' son dos de ellas.
Desde Canarias, el primer artículo de la propuesta estatutaria ya cuenta con el consenso de las formaciones, y apuesta por una forma particular: "Canarias es un archipiélago atlántico que, como expresión de su identidad singular basada en sus circunstancias geográficas, históricas y culturales, y en el ejercicio del derecho al autogobierno como nacionalidad, se constituye en Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución...". La propuesta canaria, pues, apela a la ‘identidad singular' de las Islas para ejercer el autogobierno "como nacionalidad".
Derechos históricos-ultraperiferia
El artículo 5 del ‘Estatut' catalán pretende dejar claro que "el autogobierno de Cataluña como nación se fundamenta en los derechos históricos del pueblo catalán, en sus instituciones seculares y en la tradición jurídica catalana", lo que permiten que de los preceptos de la Constitución se derive "el reconocimiento de una posición singular de la Generalitat en relación con el derecho civil, la lengua, la educación, la cultura y el sistema institucional en que se organiza la ‘Generalitat'. El PSOE, por su parte, ya advirtió que modificará este punto, bajo el argumento de que un derecho histórico no puede estar por encima de la Constitución.
Puede establecerse un paralelismo de este punto con la propuesta canaria, ya que mientras Cataluña apela a sus ‘derechos históricos' para reafirmar su autogobierno, Canarias apela a su "lejanía, insularidad y condición de región ultraperiférica" para reclamarle al Estado a través de la Ley más importante de Canarias que "module" sus políticas, sus leyes y sus presupuestos y financiaciones, para compensar la afección que estos tres factores que definen y condicionan a Canarias incidan en las materias de competencia estatal. En concreto, la propuesta canaria reclama que se produzca esta "adaptación" en materia de transporte y telecomunicaciones, infraestructuras, mercado interior, energía, medio ambiente, puertos y aeropuertos, inmigración, fiscalidad, comercio exterior "y en especial el abastecimiento de materias primas y líneas de consumo esenciales".
Ambiciosas peticiones competenciales
La propuesta que desarrolla el Estatut respecto al marco competencial de la Comunidad Autónoma es mucho más extensa que la de Canarias en cuanto a que la catalana desarrolla en un artículo entero todas las competencias que se asumen en cada una de las áreas que se menciona. Así, mientras el ‘Estatut' marca su territorio competencial desde el artículo 110 de su propuesta al 173, la propuesta isleña define su marco competencial en nueve artículos (del 48 al 57).
Así, la propuesta catalana desglosa y especifica las áreas que son de su gestión dentro del cada una de las siguientes áreas, que en cada caso configuran un extenso artículo: agricultura, agua y obras hidráulicas, asociaciones y fundaciones, caza y pesca, cajas de ahorro, comercio y ferias, consultas populares, consumo, cooperativas y economía social, corporaciones de derecho público y profesiones tituladas, banca y seguros, cultura, denominaciones de origen, derecho civil, derecho procesal, educación, emergencias y protección civil, energía y minas, deporte, estadística, función pública, vivienda, inmigración, industria y artesanía, infraestructuras de transporte y comunicaciones, juego, juventud, lengua propia, medio ambiente, mercados de valores, medios de comunicación, notariado, obras públicas, ordenación del territorio, organización de las administraciones públicas, organización territorial, políticas de género, defensa de la competencia, propiedad intelectual, protección de datos, publicidad, I+D+I, régimen jurídico de las administraciones públicas, régimen local, relación con las entidades religiosas, sanidad, salud pública y farmacia, seguridad privada, seguridad pública, seguridad social, servicios sociales, voluntariado, menores y protección de la familia, símbolos nacionales, prisiones, transportes, trabajo y relaciones laborales, turismo, universidades y, por último, la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones.
Si bien la propuesta canaria es mucho menos extensa en delimitar cual es el marco competencial de la comunidad autónoma (simplemente enumera las áreas que gestiona), también contiene aspectos ambiciosos como la reclamación de la gestión de los puertos y aeropuertos en régimen de cogestión, la sanidad exterior, la residencia y trabajo de extranjeros, la gestión del espacio radioeléctrico o las relaciones con el África Occidental.
Delegación ante la UE
Uno de los puntos de coincidencia entre las propuestas estatutarias catalana y canaria es el establecimiento de una delegación de representantes ante las instituciones de la UE. Mientras la propuesta catalana aboga por una representación con un estatuto asimilado al de los representantes del Estado, el Estatuto canario reclama la presencia de representantes canarios cuando en el seno de las instituciones comunitarias se debatan asuntos referentes a las Islas, especialmente a su condición de Región Ultraperiférica.
La polémica financiación
El punto que la mayoría de dirigentes políticos observa como realmente ‘el meollo' de la cuestión, la propuesta catalana establece un nuevo marco de relaciones, ya que el Gobierno catalán pasaría a partir de ahora a gestionar todos los impuestos que se generan en su territorio, tanto estatales como autonómicos, a través de su Agencia Tributaria de Cataluña. La propuesta, obviamente, modifica los actuales criterios de distribución, puesto que sería la propia Cataluña la que, a través de una Agencia Tributaria sobre la que tiene total competencia, la que administraría los recursos.
La aportación catalana a la hacienda del Estado, según consta en el artículo 207 del ‘Estatut' "integra la aportación a los gastos del Estado" y una aportación "a la solidaridad y los mecanismos de nivelación". Textualmente, la propuesta catalana expone como "la Generalitat contribuye a la solidaridad con las demás comunidades autónomas, a fin de que los servicios prestados por los diferentes gobiernos autonómicos a sus ciudadanos puedan alcanzar niveles similares siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar".
Este es el punto que más preocupa en Canarias, puesto que de aplicarse supondría la ruptura de un equilibrio que hasta ahora ha permitido que comunidades con menos renta per cápita como la canaria fuesen receptoras de recursos, esto es, que reciban más de lo que aportan. El PSOE, a nivel federal, ya ha anunciado que tratará de modificar este aspecto.