El Diputado del Común admite a trámite una queja por la muerte de Timple

La queja ha sido presentada por ANPBA, porque el Gobierno de Canarias "no ha contestado" a la solicitud que esta asociación hizo para que se investigara si el Ayuntamiento de Teguise incurrió en "dejación de funciones"

22 de abril de 2021 (05:46 CET)
Timple, perro asesinado en Teguise

El Diputado del Común ha admitido a trámite una queja de la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) por el asesinato de Timple, el perro callejero que murió asfixiado en Teguise. Esta organización solicitó al Gobierno de Canarias hace ocho meses que iniciase una investigación para ver si el Ayuntamiento de Teguise había incurrido en "dejación de funciones" y, al no tener respuesta, recurrió al Diputado del Común. 

En un comunicado, ANPBA firma que sigue trabajando para que Timple "no quede relegado al olvido". Y es que, recuerda que tal como estableció una sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife por la que fueron condenadas dos personas, este perro "murió por asfixia, dado que con la brida y la cinta aislante no tenía opción alguna de abrir la boca", y ello como consecuencia de que los acusados, "con idéntico ánimo de atentar contra la integridad física del perro, lo amarraron de las extremidades delanteras y traseras, le pusieron una brida en el hocico y le cerraron toda la boca con cinta aislante".

Después de que se produjeran los hechos, ANPBA quiso conocer "si el Ayuntamiento de Teguise, en su responsabilidad legal 'in vigilando', desplegó todos los medios más efectivos, adecuados y humanitarios para recoger de la calle a Timple  e ingresarlo en un centro de acogida y darle así la posibilidad de una tener una adopción legal". Y es que, apunta que "la Ley 8/1991 de Protección Animal de Canarias establece que es competencia municipal la recogida de animales callejeros" y "Timple llevaba años en la calle en esa condición de animal vagabundo". De hecho, recuerda que le apodaron Timple, por el nombre de la calle de especial querencia del animal. 

Por tanto, apunta que "se trataba de un perro acostumbrado a la zona, y de fácil localización a efectos de su recogida". Además, señala que "no era un animal agresivo".

Por ello, en agosto de 2020, ANPBA solicitó a la Dirección General de Ganadería del Gobierno de Canarias que iniciase un procedimiento de investigación, en la vía administrativa, basando su solicitud en la Ley de Protección Animal de Canarias, "cuyo artículo 29 determina la competencia del Gobierno de Canarias".

Sin embargo, afirma que "como transcurrió sobradamente el plazo legal de tres meses, establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo, sin que la Dirección General de Ganadería del Gobierno de Canarias cumpliera su deber legal de dar una respuesta motivada a la solicitud formal de ANPBA", la asociación elevó una queja formal en marzo de este año ante el Diputado del Común de Canarias, Rafael Yanes, quien recientemente la ha admitido a trámite.

En su respuesta, el Diputado del Común afirma que "se iniciarán las actuaciones convenientes con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias", para que se le informe sobre la respuesta al escrito presentado por ANPBA ante el Ejecutivo regional. 

 

Modificación del Código Penal 

ANPBA sostiene que "únicamente una reforma legislativa en profundidad lograría una verdadera protección de los animales ante actos crueles como el que padeció Timple".

En este sentido, apunta que "el Gobierno de España está propiciando ya importantes modificaciones legislativas para una mayor protección de los animales, como, por ejemplo, la reforma del Código Civil para que los animales dejen de ser considerados cosas, o la colocación de cámaras de videovigilancia en mataderos y laboratorios de experimentación animal".

Sin embargo, considera que también es necesaria una "modificación sustantiva" del Código Penal, algo que ya ha solicitado al Gobierno central y que confía en que éste lleve a cabo. En concreto, lo que reclama es que la pena máxima, que actualmente es de 18 meses, se eleve a un mínimo de tres años, cuando se produzca el maltrato o la muerte de un animal, "de modo que los maltratadores puedan ingresar efectivamente en prisión, lo que actualmente no ocurre".

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