Empleo

Conoce las claves de la reforma del subsidio por desempleo

La cuantía para quienes agotaron su prestación contributiva sube a 570 euros y ya no es necesario ser mayor de 45 años o tener cargas familiares

Los ministros Yolanda Díaz, Pilar Alegría y Félix Bolaños durante la rueda de prensa en que se anunció la reforma

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se simplifica y mejora el subsidio para los desempleados que hayan agotado su prestación contributiva o no tienen derecho a paro. 

La cuantía inicial del subsidio sube a 570 euros desde los 480 que se cobraban hasta ahora y ya no será necesario ser mayor de 45 años ni tener cargas familiares como sucedía hasta ahora.

 

¿Cuándo entra en vigor y cuáles son las cuantías?

La reforma entrará en vigor en junio y se podrán acoger a ella quienes agoten el paro a partir del 30 de abril

La novedad principal es que la cuantía aumenta hasta el 95% del IPREM los primeros seis meses, es decir 570 euros, el 90% el semestre siguiente y el resto, como hasta ahora, el 80%, que equivale a 480 euros. 

 

¿Quién puede cobrarlo?

Aquellos desempleados sin cargas familiares y que no tengan suficiente cotización para cobrar la prestación contributiva ya no necesitan seis meses cotizados para acceder al subsidio. A partir de una cotización de tres meses (o 4 o 5) pueden acceder a un subsidio de la misma duración

Se les equipara así a los desempleados con cargas familiares. La diferencia entre ambos colectivos se encuentra ahora a partir de seis meses cotizados, ya que para los que tienen cargas familiares, los seis meses cotizados equivaldrán a 21 meses de subsidio

También podrán acceder los menores de 45 años sin cargas familiares que en la actualidad no pueden cobrarlo, aunque las condiciones serán más estrictas. Necesitarán haber agotado una prestación de 360 días o más, frente a los 120 días requeridos a los mayores de 45 años para acceder a la misma ayuda, seis meses de subsidio. 

La reforma del subsidio también equipara a todos los desempleados con cargas familiares, ya no tendrá relevancia la edad. En este caso, si la prestación agotada ha sido igual o mayor a 120 días podrán acceder al subsidio durante 24 meses

Otra novedad de la reforma es que el trabajo por cuenta ajena y la percepción del subsidio serán compatibles por un periodo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial sin reducción de la cuantía.

 

Condiciones económicas

El criterio de rentas se mantiene igual. Los beneficiarios no pueden tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SIM). 

Para acogerse a los supuestos de cargas familiares deberán acreditar que la suma de los ingresos de todas las personas que forman la unidad familiar está por debajo del 75% del SIM. 

Para facilitar los trámites bastará con presentar una declaración responsable de ingresos que se comprobará más tarde.