LA SOCIEDAD NO HA CONSEGUIDO QUE PROSPERE NINGÚN PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO

El Supremo zanja el último pleito con Parque de La Vega y libra a Arrecife de pagar 200 millones

Solo en este último procedimiento que seguía abierto, la empresa reclamaba 5,2 millones de euros por el parque Simón Bolívar, aunque no pudo acreditar la titularidad del suelo

12 de junio de 2017 (15:46 CET)
El Supremo zanja el último pleito con Parque de La Vega y libra a Arrecife de pagar 200 millones
El Supremo zanja el último pleito con Parque de La Vega y libra a Arrecife de pagar 200 millones

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación formulado por la mercantil Promociones Parque La Vega contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en la que rechazaba una indemnización de 5,2 millones de euros por la ocupación de los terrenos donde se encuentra la Plaza Simón Bolívar.

La resolución del alto Tribunal acoge los motivos que fueron expuestos por la defensa municipal, al confirmar que el título de propiedad aportado por la empresa recurrente no acredita que el suelo ocupado por la plaza pública fuese de su propiedad.  

Asimismo, se entiende que tampoco procedería la expropiación de dicho suelo, al tratarse de de 2.190 metros cuadrados de terreno que fueron objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento hace más de 30 años para el desarrollo de la zona residencial conocida como "Las Salinas", donde se concentra la mayor densidad edificatoria del municipio.

Con esta nueva sentencia del Tribunal Supremo, que otorga firmeza al procedimiento, concluyen de forma definitiva la totalidad de los pleitos expropiatorios que Parque La Vega S.L. interpuso contra el Ayuntamiento de Arrecife.

El Consistorio capitalino se ve así liberado de pagar un total de 200 millones de euros en concepto de justiprecio por el uso público de nueve piezas de suelo en las inmediaciones de la Vía Medular. Todos los procedimientos, cuya defensa llevó a cabo el letrado Agustín Domingo Acosta, han finalizado con sentencia favorable al municipio, tanto en primera instancia como ante el Supremo. 

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