LOS HECHOS OCURRIERON EN 1999 EN EL MATERNO INFANTIL DE GRAN CANARIA

El Servicio Canario de Salud, condenado a pagar un millón de euros por la parálisis cerebral de un niño

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas considera que las lesiones del menor son consecuencia de una negligencia en el parto 

4 de octubre de 2017 (17:26 CET)
El Servicio Canario de Salud, condenado a pagar un millón de euros por la parálisis cerebral de un niño
El Servicio Canario de Salud, condenado a pagar un millón de euros por la parálisis cerebral de un niño

El Juzgado de los Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas ha condenado al Servicio Canario de Salud a indemnizar con cerca de un millón de euros a unos padres por la parálisis cerebral que sufre su hijo, ya que la sentencia considera probado que es fruto de que los médicos no practicaran una cesárea urgente cuando había indicadores que advertían del peligro para el feto por falta de oxígeno (hipoxia). 

Los hechos ocurrieron en octubre de 1999 en el Hospital Materno Infantil de Gran Canaria e inicialmente los padres presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Servicio Canario de Salud, que fue rechazada en 2013, ya que el centro defendía que se había actuado correctamente, negando que las lesiones sufridas por el niño fueran consecuencia de la asistencia sanitaria prestada durante el parto. Fue entonces cuando esta familia acudió a los Tribunales, que ahora le han dado la razón.

En su fallo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo subraya que el informe pericial y los realizados por distintos neurólogos del Servicio Canario de Salud coinciden en señalar que se produjo hipoxia durante el parto, que se prolongó "durante más de 13 horas". "Tales informes determinan que, durante el parto, el ginecólogo que trató a la reclamante no emitió el diagnóstico adecuado, es decir, hipoxia fetal durante el parto, de manera que la falta de tal diagnóstico determinó la ausencia del uso de los medios necesarios para evitar el sufrimiento fetal del interesado, el cual fue el causante directo de sus padecimientos neurológicos, tal y como se deduce en tales informes", se señala en la sentencia al dar la razón a los demandantes, representados por el abogado Agustín Domingo Acosta.

"El hecho de no detectar la hipoxia fetal, bien por no emplear los medios diagnósticos adecuados, bien por no interpretar correctamente los resultados de los utilizados durante el parto, supone un error de diagnóstico grave. Además, la no realización de una cesárea a tiempo, condicionando tal hecho por dicho error de diagnóstico, determina la existencia de plena responsabilidad patrimonial de la administración", considera el tribunal, que también tiene en cuenta en su fallo un dictamen del Consejo Consultivo que daba la razón a los padres. 

El fallo considera que las secuelas tanto físicas como psíquicas que presenta el menor, al que se le ha reconocido la condición de Gran Dependencia al presentar "un grado total de discapacidad del 79%", son de "extrema gravedad" e "irreversibles". Por eso, teniendo en cuenta las mismas y "el daño moral que se ha causado a sus padres", condena al Servicio Canario de Salud a pagar una indemnización de 600.000 euros más los intereses legales desde que se presentó la primera reclamación. Y dado que eso ocurrió hace más de 15 años, los intereses suponen casi tanto como el importe de la reclamación, con lo que la indemnización a abonar superará el millón de euros.

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