CONFIRMA LA DECISIÓN DEL MINISTERIO YA QUE NO ACREDITÓ SU "BUENA CONDUCTA"

La Audiencia rechaza dar la nacionalidad a un uruguayo detenido por malos tratos

Confirma la decisión adoptada por el Ministerio de Justicia, ya que considera que no acreditó su buena conducta, entre otras cosas por ese arresto que tuvo lugar en Costa Teguise. También estaba imputado en otras causas...

30 de julio de 2015 (10:14 CET)

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por un ciudadano uruguayo, al que se le denegó la nacionalidad española por incumplir el requisito de buena conducta. Entre otros antecedentes policiales, el demandante fue detenido en Costa Teguise por "trato degradante y malos tratos físicos en el ámbito familiar" en noviembre de 2006.

La resolución denegando su solicitud de nacionalidad fue adoptada por el Ministerio de Justicia en junio de 2013, basándose en que el interesado había presentado un certificado de antecedentes penales de su país caducado y en que no había aclarado cómo se resolvieron algunos procedimientos judiciales en los que figuraba como imputado, además de esa detención policial en Lanzarote.

Tras ver rechazada su pretensión, el afectado, que actualmente tiene 44 años, está casado con una española y tiene dos hijos, decidió presentar un recurso en la Audiencia Nacional contra esa resolución. Entre otras osas, aportó una sentencia absolutoria y un auto de sobreseimiento provisional de dos procedimientos distintos en los que estuvo imputado. Sin embargo, la sentencia de la Audiencia subraya que hay otras causas que pesan sobre él, y en las que no ha acreditado haber resultado absuelto.

 

"No basta la ausencia de antecedentes"


Además, la sentencia incide en que "no basta la ausencia o cancelación de antecedentes penales o policiales" para acreditar la buena conducta. "Le corresponde a él demostrarla", señala la sentencia, que agrega que en este caso eso se vuelve "más gravoso" ya que "el interesado ha estado implicado en causas penales que no están definitivamente sobreseídas y archivadas".

Así, destaca que la sola existencia de indicios de que no exista esa buena conducta basta para denegar la nacionalidad. Y en este caso, entre otras cosas, insiste en que había otras dos causas judiciales abiertas contra él, además de esa detención por malos tratos en Costa Teguise, de la que afirma que "se desconoce la suerte posterior" que siguió la causa, que en su día fue remitida al Juzgado de guardia correspondiente.

A todo esto suma que el certificado de antecedentes penales de su país que aportó al hacer la solicitud estaba caducado, y tampoco entregó uno actualizado al presentar su recurso en la Audiencia Nacional. Por todo ello, la sentencia rechaza su recurso, confirma la decisión del Ministerio de Justicia e impone además al recurrente el pago de las costas.

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