CONFIRMA LA SENTENCIA DICTADA HACE CASI 4 AÑOS POR EL TSJC

El Tribunal Supremo confirma la ilegalidad de la carretera de Tahíche

Ratifica la sentencia dictada hace casi cuatro años por el TSJC, que anuló el proyecto de esta obra porque carecía de estudio de impacto ambiental y porque no se había dado participación a los vecinos...

12 de diciembre de 2013 (11:15 CET)
El Tribunal Supremo confirma la ilegalidad de la carretera de Tahíche
El Tribunal Supremo confirma la ilegalidad de la carretera de Tahíche

El Tribunal Supremo ha anulado de manera firme la orden del consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias de 12 de septiembre de 2006, por la que se aprobó el proyecto de las obras de duplicación de la carretera de Tahíche, dejando así en la ilegalidad a esta infraestructura.

En su sentencia, fechada el pasado 27 de noviembre, el Supremo ratifica el fallo dictado hace casi cuatro años, en enero de 2010, por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y rechaza el recurso presentado por el Ejecutivo regional.

Los motivos que llevaron a la anulación del proyecto, y que ahora han sido ratificados por el Tribunal Supremo, se centran en que el proyecto carecía de informe de impacto ambiental, y  en que no se dio la debida participación a los vecinos.

En su momento, la obra estuvo marcada por una fuerte oposición vecinal, y  cinco afectados llevaron el tema a los tribunales, que ahora les han dado la razón de manera firme, aunque cuando la carretera la está terminada.

 

La administración "no goza de facultades discrecionales"


Sobre los motivos de la anulación, el Tribunal Supremo da por buena la valoración realizada por el TSJC y subraya que "la Administración no goza de facultades discrecionales para decidir si un concreto proyecto de obras, destinado a la construcción de una infraestructura viaria, precisa de evaluación de impacto ambiental".

Al respecto, señala que era "insuficiente" la Declaración Básica de Impacto Ecológico emitida por el Cabildo, ya que se necesitaba un estudio que "contemplara la viabilidad medioambiental de la ejecución de este tramo de carretera, desde una concepción integral de la red viaria insular en que se integra".

Así, respalda la sentencia del TSJC y señala la Sala analizó "de forma rigurosa las características estructurales de la carretera proyectada", concluyendo que "se trata de una vía rápida que se configura como travesía urbana, y que forma parte de una carretera de interés regional". Por eso, el Supremo sostiene que el tribunal de primera instancia "acierta al considerar que la actuación proyectada, por su naturaleza, dimensión y localización, compromete de forma significativa intereses medioambientales y, particularmente, produce un notable impacto acústico en las edificaciones que lo circunden, que por ser equivalente a la construcción de una nueva carretera debe ser objeto de una correcta y adecuada evaluación medioambiental, conforme a las directrices relativas a la preservación del medio ambiente".

 

Sin participación vecinal


Respecto a la participación vecinal, el Tribunal señala en su sentencia que "era procedente la apertura de un trámite de información pública con la finalidad de asegurar el derecho de participación de los vecinos afectados", ya que este trámite es necesario "para que las personas y grupos y organizaciones interesadas en la defensa del medio ambiente puedan expresar sus opiniones y criterios sobre la idoneidad y viabilidad del proyecto, desde la perspectiva de preservar los intereses medioambientales afectado por su ejecución".

Sin embargo, tal como señalaba la sentencia del TSJC, en el expediente administrativo de esta obra "consta la intervención de los vecinos a posteriori". Incluso, el tribunal recoge unas "ilustrativas declaraciones de un concejal del Ayuntamiento a un periódico", en las que afirmó: "Una vez que el proyecto estuviera redactado y adjudicada la obra, podríamos explicar el proyecto".

Sobre este punto, la sentencia insiste en que "la normativa comunitaria exige que la participación pública se produzca cuando está aún el debate abierto".

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