LA EMPRESA HA EMPRENDIDO 9 PLEITOS POR OTRAS TANTAS FINCAS SEGREGADAS

El Supremo zanja el primer pleito de Parque La Vega, que pedía millones por fincas "inexistentes"

La empresa ha emprendido nueve pleitos contra el Ayuntamiento de Arrecife, por otras tantas parcelas segregadas de una finca matriz. Sin embargo, esas parcelas no constan en el Catastro ni en el Registro de la Propiedad...

27 de julio de 2016 (15:07 CET)
El Supremo zanja el primer pleito de Parque La Vega, que pedía millones por fincas inexistentes
El Supremo zanja el primer pleito de Parque La Vega, que pedía millones por fincas inexistentes

El Tribunal Supremo ha zanjado el primero de los nueve pleitos emprendidos por la sociedad Promociones Parque La Vega contra el Ayuntamiento de Arrecife, y lo ha hecho dando la razón de forma definitiva al Consistorio y condenando a la empresa a pagar las costas de este recurso. En cada uno de esos pleitos, Parque La Vega pretendía que se fijara un justiprecio sobre nueve parcelas que segregó de una misma finca matriz, para que fueran expropiadas por el Ayuntamiento por decenas de millones de euros.

En los últimos años, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ido rechazando sus pretensiones con respecto a las nueve parcelas, pero ahora ha llegado ya la primera sentencia firme. Concretamente, este fallo afecta a una parcela de 4.500 metros cuadrados ubicada entre la calle Triana y la calle Doctor Barraquer. Y tal como había hecho ya el TSJC, el Supremo concluye que la finca es "inexistente", ya que no aparece en el Catastro ni en el Registro de la Propiedad.

La sentencia subraya que "lo único que ha acreditado" la empresa es que en marzo de 2006 adquirió una finca que, "según la escritura", tenía una superficie de 103.974 metros cuadrados. Sin embargo, esa finca había sufrido previamente 50 segregaciones y tal como advertía el informe pericial aportado por la defensa del Ayuntamiento de Arrecife, los linderos "no son reales" y "la superficie tampoco se ajusta a la realidad en el momento de la compra".

 

La superficie "real" sería de la tercera parte


Según ese informe pericial, la finca matriz tenía realmente una superficie de 38.525 metros cuadrados, frente a los 103.974 que sostiene la empresa. Y es que al separarla en 50 parcelas, no se "dedujo de la finca matriz la superficie destinada a viales, que se abrieron para dar acceso rodado a las fincas segregadas" (en el caso de la parcela sobre la que giraba este último pleito, precisamente está destinada al sistema general viario). Y tampoco se detrajeron los metros "de otras dos segregaciones no inscritas, pero realizadas". Así, según ese informe pericial, la superficie real de la finca matriz sería de una tercera parte de lo que alega Promociones Parque La Vega.

Cuando esta empresa adquirió la finca, la dividió a su vez en nueve parcelas, pero esas segregaciones no constan en el Registro de la Propiedad ni en el Catastro, tal como ha venido concluyendo el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y ahora el Tribunal Supremo. Después, por cada una de esas parcelas inició el trámite para pedir que fueran expropiadas por el Ayuntamiento, al estar destinadas en el planeamiento municipal a sistemas generales.

En un primer momento, se dirigió a la Comisión de Valoraciones de Canarias, pidiendo que se fijara un justiprecio para instar después la expropiación. Y cuando su pretensión fue rechazada, precisamente por no estar acreditada ni la titularidad ni la "existencia" de la parcela, acudió a los tribunales, demandando al Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Arrecife.

 

"Implicaría que creásemos una finca registral inexistente"


"La pretensión que se esgrime en este proceso, implicaría y conllevaría que creásemos una finca registral inexistente mediante una segregación de la finca matriz, operación que solo puede realizar el propietario de la finca", señalaba la sentencia dictada en febrero de 2015 por el TSJC, que ahora ha sido ratificada por el Supremo.

Así, el fallo confirma lo señalado a su vez por la Comisión de Valoraciones de Canarias, cuando en 2011 inadmitió la solicitud de la empresa de fijar un justiprecio. En esa resolución, se instaba a la empresa a "individualizar" y "delimitar las diversas parcelas" dentro de la finca matriz antes de solicitar una expropiación. Y es que aunque la empresa sostiene que esa segregación ya está hecha, no consta ni en el Catastro ni en el Registro de la Propiedad, ni los linderos coinciden con la realidad.

La empresa "ha dividido el terreno que adquirió en 2006 en nueve supuestas parcelas segregadas, imaginarias e inconexas y separadas, para obtener un valor que supera en 30 veces el valor de la compra", señalaba la última sentencia del TSJC, referida a otra de las parcelas segregadas de Parque La Vega, reproduciendo una de las conclusiones de la Comisión de Valoraciones de Canarias.

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