DESESTIMA EL RECURSO DE CANARIAS A LOS AUTOS QUE AVALARON LOS SONDEOS

El Supremo rechaza suspender los permisos de Repsol por considerar que ya están caducados

El Gobierno de Canarias interpuso un recurso ante el Alto Tribunal pidiendo que invalidara la decisión del TSJC de no suspender la autorización. El Supremo ha desestimado ese recurso argumentando que ya están extinguidos...

9 de junio de 2016 (09:49 CET)

El Tribunal Supremo ha ratificado que los permisos de Repsol para buscar hidrocarburos frente a Lanzarote y Fuerteventura ya se han extinguido. Según informa este jueves La Provincia, el Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación que interpuso el Gobierno de Canarias contra los autos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que denegaron la suspensión cautelar de la autorización a la petrolera, avalando las prospecciones. Ahora, uno de los argumentos del Tribunal para rechazar ese recurso es, precisamente, que los permisos ya han caducado.

El pasado 31 de enero, el delegado del Gobierno en Canarias anunció que los permisos a la multinacional petrolera, que se reactivaron mediante Real Decreto en marzo de 2012 tras haberse suspendido en 2004, habían caducado. Sin embargo, La Provincia recuerda que diversas voces contrarias a los sondeos temían que la petrolera pudiera realizar nuevos sondeos hasta agosto de 2017. En este sentido, esas voces aludían a la autorización que se otorgó en agosto de 2014 a Repsol Investigaciones Petroleras S.A. para realizar los sondeos y que ésta tenía vigencia durante 3 años.

Ahora, esa sentencia del Supremo destaca que, cuando el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que entonces dirigía José Manuel Soria, reactivó los permisos a la petrolera en marzo de 2012, a éstos ya solo les quedaban cuatro años de vigencia y, por tanto, habrían vencido el pasado mes de marzo. Y destaca que para que la autorización de 2014 pudiera seguir vigente, tendrían que estarlo también esos permisos que considera caducados.

El fallo del Supremo, fechado el 25 de mayo, debía analizar únicamente la decisión del TSJC de no suspender los permisos, lo cual permitió que Repsol llevara a cabo un primer sondeo frente a las islas (luego decidió abandonar porque los hidrocarburos que halló no tenían la suficiente calidad). Sin embargo, la sentencia se detiene para pronunciarse sobre uno de los argumentos del Gobierno de Canarias, que adujo 'periculum in mora'. Ese principio alude al riesgo que puede suponer no conceder una suspensión cautelar, en tanto que permite que se realice una actividad supuestamente nociva. 

En este sentido, el fallo apunta que "la subsistencia de los permisos de investigación es una condición sine qua non para que la autorización de sondeos exploratorios sea efectiva". En otras palabras, aunque recalca que no Repsol no ha emitido "renuncia formal" a la autorizacion de agosto de 2014,concluye que para que continuara vigente, habrían de continuar vigentes también los permisos que Industria le concedió en 2001 y reactivó en 2012. 

La Provincia recoge que la propia petrolera argumentó en este procedimiento que no tenía cabida suspender unos permisos que ya se habían extinguido, y el Supremo le da la razón en este sentido. "Tiene razón Repsol en cuanto a la pérdida de objeto de la medida cautelar". 

 

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