DICTARON UN AUTO EXPULSÁNDOLE DE UNA CAUSA INICIADA POR PAMPARACUATRO

Luis Lleó acusa ahora de ser "parciales" a 3 magistrados del TSJC y pide que sean apartados

Dictaron un auto expulsándole de una causa iniciada por una demanda de Pamparacuatro. El empresario, que es uno de los principales acusados del caso Unión, tacha de "arbitraria", "intolerable" e "inaudita" esa resolución...

30 de diciembre de 2015 (03:58 CET)
Luis Lleó acusa ahora de ser parciales a 3 magistrados del TSJC y pide que sean apartados
Luis Lleó acusa ahora de ser parciales a 3 magistrados del TSJC y pide que sean apartados

El empresario Luis Lleó, que está a la espera de juicio y se enfrenta a una petición de seis años de cárcel, sigue abriendo nuevos frentes en los tribunales. Después de haber intentado interponer distintas querellas contra las personas que iniciaron el caso Unión, el empresario ha presentado ahora un escrito en el que pide la recusación de tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a los que acusa de haber actuado con "parcialidad".

Los tres magistrados son los que integran la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, que el pasado 4 de noviembre dictó un auto estimando un recurso del juez César Romero Pamparacuatro y expulsando a Lleó de un procedimiento que había sido iniciado a instancias del propio juez. "Si no es desde una posición de completa pérdida de la imparcialidad, resulta inexplicable e incomprensible lo resuelto por los recusados", sostiene la defensa del empresario, que llega a tachar de "irrazonable", "arbitrario", "intolerable", "sorprendente" e "inaudito" el contenido del auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

En ese auto, el TSJC dio la razón a Pamparacuatro y expulsó a Lleó de una causa en la que se había aceptado su personación. El procedimiento se inició a raíz de una demanda que presentó Romero Pamparacuatro contra el Ministerio de Justicia, por haber entregado a Lleó un certificado con datos que entiende que son de carácter personal. El pasado mes de marzo, el Consejo General del Poder Judicial ya dio la razón al juez, concluyendo que solo los órganos del Poder Judicial pueden autorizar la entrega a un tercero de datos personales de un magistrado, como las fechas en las que se encontraba de vacaciones, de baja por enfermedad o de permiso por asuntos propios. Sin embargo, en este caso los datos fueron entregados a Lleó por la secretaria de gobierno del TSJC, María Eugenia Calamita, sin el aval de un órgano judicial y sin tener competencias para ello, ya que la secretaria no tiene jerarquía sobre los jueces ni depende del Poder Judicial, sino del Ministerio de Justicia, es decir, del Poder Ejecutivo.

 

Demanda contra el Ministerio de Justicia


Tras ser notificado de esa resolución del Consejo del Poder Judicial (que también ha sido recurrida por Lleó ante el Tribunal Supremo), César Romero Pamparacuatro presentó una demanda contra el Ministerio de Justicia ante el TSJC. Y aunque el procedimiento no se dirigía contra Lleó, el empresario pidió personarse como codemandado en la causa, siendo tramitada su solicitud a través de una diligencia del letrado de la Administración de Justicia del TSJC.

En el recurso que presentó contra esta personación, Pamparacuatro llegaba a tachar de "insólita" la posibilidad de que se hubiera "practicado indebidamente el emplazamiento" a Lleó como "supuesto interesado" para intervenir en este procedimiento y pedía que fuera expulsado de la causa, ya que entendía que no tenía un "interés legítimo" para intervenir. 

"La personación en el proceso da acceso al demandado a información personal del demandante, y si precisamente lo que el actor reprocha a la administración demandada es haber dado indebidamente acceso a datos personales a un tercero, también debe disponer de un medio de reaccionar frente a su indebida personación en el proceso", señalaba el TSJC en el auto en el que el pasado 4 de noviembre aceptó el recurso de Pamparacuatro y rechazó las alegaciones de Lleó.

Ahora, además de recurrir ese auto que le deja fuera del procedimiento, el empresario ha pedido también que se aparte a esos tres magistrados de la causa y que se nombre a otros tres jueces "para integrar la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Santa Cruz de Tenerife, con el fin de conocer, tramitar y resolver el presente recurso contencioso administrativo".

 

"Parciales", según Lleó, "aunque no exista motivo" para ello


Para pedir la recusación, la defensa de Lleó alega que los magistrados (Juan Ignacio Moreno-Luque, Jaime Guillarte y Luis Helmut Moya) tienen un "interés directo o indirecto en el pleito", que "les hace perder, desde una perspectiva objetiva, la imparcialidad". Sin embargo, no concreta cuáles son los motivos de ese supuesto interés. Al respecto, sostiene que "el principio de imparcialidad judicial se quiebra cuando el instructor evidencia su interés por determinada causa, y ello aunque no exista motivo que permita apreciar la concurrencia de un interés directo en ella", ni "relación" alguna con las partes que intervienen.

Así, el motivo en el que basa la petición de apartar a esos tres jueces está en "el contenido del auto", que considera que es "causa determinante de la recusación". Y entre otras cosas, plantea su convicción de que, a juzgar por ese auto, el resultado de esa demanda será favorable a Pamparacuatro.  "Contiene afirmaciones y consideraciones que dejan resuelto el pleito en sus albores", sostiene la defensa de Lleó, que alega que eso "pone de relieve la predeterminación del fallo estimatorio", por lo que considera que existe una "pérdida de la imparcialidad de los magistrados". 

Además, precisando siempre que lo hace "en estricto ejercicio del derecho de defensa", acusa a los jueces que integran esa Sala de haber realizado una "forzada e inaceptable interpretación, claramente arbitraria" de la Ley, "con el fin de justificar lo injustificable", e incluso de haber vulnerado un artículo de la Constitución al expulsarle del procedimiento.

 

Querellas rechazadas


En su escrito, la defensa de Lleó recuerda que el empresario solicitó ese certificado con los datos del magistrado para iniciar acciones penales contra él y contra otras personas que intervinieron en el inicio del caso Unión, a las que entre otras cosas acusa de supuesta falsedad documental. Hasta ahora, el TSJC ha rechazado todas las querellas presentadas por Lleó y actualmente solo continúa abierta una que se tramita en el Juzgado de Instrucción de Rafael Lis, en Arrecife. 

En el caso de este juez, fue el TSJC quien le apartó ya de la instrucción de una causa similar, al entender acreditado que tiene un interés indirecto en el procedimiento, ya que su mujer fue contratada como abogada por uno de los acusados en el caso Unión, Juan Francisco Rosa. Actualmente, está pendiente de resolverse la recusación planteada por la Fiscalía, que ha pedido que se aparte también a Rafael Lis de la instrucción de esa causa que separó del procedimiento principal antes de ser recusado.

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