RECHAZA EL INCIDENTE QUE ALEGABA QUE ES IMPOSIBLE EJECUTAR LA SENTENCIA

El Juzgado ve "manifiestamente improcedentes" las alegaciones para no devolver la desaladora

No admite el incidente planteado por el Consejo de Aguas, que defendía que es imposible ejecutar la sentencia. Entre otras cosas, el escrito presentado por el abogado Ignacio Calatayud apelaba al nuevo Plan General de Yaiza, aprobado tras la incautación, que ha cambiado la categoría de esa parcela...

5 de octubre de 2015 (19:45 CET)
El Juzgado ve manifiestamente improcedentes las alegaciones para no devolver la desaladora
El Juzgado ve manifiestamente improcedentes las alegaciones para no devolver la desaladora

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha decidido no atender el incidente de inejecución de sentencia presentado por el Consejo Insular de Aguas, que pretendía así evitar devolver la desaladora y la depuradora de Montaña Roja a Club Lanzarote. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando la incautación se dictó el pasado 17 de junio, pero hasta el momento la institución no ha cumplido ese mandato de devolver las plantas. A finales de julio, el Juzgado dio 10 días al Consejo para que explicara por qué no había entregado esas infraestructuras a Club Lanzarote.

Tras ese requerimiento, el abogado Ignacio Calatayud, en nombre del Consejo Insular de Aguas, presentó un escrito planteando un "incidente de imposibilidad de ejecución" de la sentencia. Además, "subsidiariamente y para el caso de que no se acepte lo solicitado", pedía que se diera al Consejo el plazo de tiempo necesario para poder acometer obras y conectar la urbanización de Montaña Roja a la red general antes de devolver las plantas a Club Lanzarote.

La respuesta del Juzgado llegó el pasado 24 de agosto, en una diligencia de la secretaria en la que ni siquiera se atendió la petición de abrir un incidente de inejecutabilidad. "Si no se dijo nada es por la manifiesta improcedencia de dicho incidente", sostiene el Juzgado en un nuevo decreto, fechado el pasado 29 de septiembre, en el que rechaza el recurso presentado por el Consejo contra esa diligencia de agosto.

Además, el Juzgado agrega que las cuestiones jurídicas que alegó el Consejo para defender la supuesta imposibilidad de ejecutar la sentencia ya habían sido tenidas en cuenta por la sala del TSJC cuando dictó esa sentencia ordenando la devolución de las plantas como medida cautelar. Respecto a otros temas planteados por Calatayud en su escrito, añade que ya fueron resueltos en el procedimiento principal o que "no guardan relación con la diligencia recurrida".

 

El Consejo apela al Plan de Yaiza, posterior a la incautación


El Consejo Insular de Aguas alegaba que la sentencia es inejecutable basándose en dos motivos. Por un lado, el Plan General de Yaiza, que se aprobó después de la incautación de la desaladora y que "considera que la parcela es una infraestructura hidráulica de dominio público". 

"De lo expuesto se deriva con claridad la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia como consecuencia de la nueva calificación otorgada por el Plan General de Yaiza", sostiene el escrito, que alega que en virtud de ese Plan aprobado meses después de la incautación, las plantas "han adquirido la calificación de bienes de dominio público y, en consecuencia, son inalienables e intransferibles, no pudiendo procederse a la devolución de la misma".

Cabe recordar que la incautación, según el propio asesoramiento de Ignacio Calatayud, se adoptó entre otras cosas partiendo de la supuesta premisa de que se trataba de dotaciones públicas, que es lo que siempre ha defendido el presidente, Pedro San Ginés. Sin embargo, después de que ese argumento fuera rechazado por el Tribunal, ahora el Consejo defiende que han adquirido ese carácter público con el nuevo Plan General de Yaiza. Eso sí, no precisa a qué institución pertenecerían las plantas. Son "bienes del Ayuntamiento de Yaiza o del Consorcio del Agua", señala el escrito de Calatayud.

 

La denuncia de San Ginés, motivo de inejecutabilidad según Calatayud


Por otro lado, en su escrito remitido al Juzgado, el Consejo hacía referencia a la denuncia que Pedro San Ginés presentó el pasado mes de julio contra Club Lanzarote, poco después de ser llamado a declarar en calidad de imputado, en la causa penal abierta por la incautación. 

En su denuncia, San Ginés acusaba a la empresa de cinco presuntos delitos, aunque el Juzgado solo abrió diligencias por uno de ellos, concretamente contra el medio ambiente. Además, la Fiscalía sostiene que ni siquiera de ése se aportaron indicios suficientes para acreditarlo y el propio juez reclamó más datos, incluyendo las analíticas de los supuestos vertidos contaminantes.

Sin embargo, aunque hasta el momento solo se han abierto diligencias y ni siquiera se han producido imputaciones en esa causa, el Consejo lo "puso en conocimiento" del Juzgado que sigue el procedimiento contencioso por la incautación, haciendo referencia a "los graves riesgos medioambientales que produciría la devolución de la infraestructura" a Club Lanzarote e incluso hablando de "las consecuencias y penas que pudieran tener dichos hechos, como por ejemplo la inhabilitación de la entidad Club Lanzarote para la gestión" de las plantas.

 

Afirma que pueden hacer las obras en dos semanas


El incidente que sí estudiará el Juzgado es el relativo a los plazos para ejecutar la sentencia y devolver las plantas. Al respecto, el Consejo alegó que "sería del todo necesario obtener el plazo de tiempo necesario para realizar las obras que permitan evitar el desabastecimiento de los ciudadanos que viven en Montaña Roja" cuando se devuelva la desaladora a Club Lanzarote.

Así, aunque esta empresa ha estado suministrando agua a ese plan parcial durante las últimas décadas, el Consejo insiste ahora en que "no podría vender agua al carecer del título que la habilite a ello y al carecer de unas tarifas que le permitan la venta". La empresa tenía licencia para producir agua hasta el año 2012, cuando pidió una prórroga y el Consejo no respondió a su solicitud.  "La entiende denegada por silencio administrativo", señalaba la sentencia del TSJC, que concluía que esa denegación "carece de fundamentación jurídica" y subrayaba que ni siquiera se tramitó un expediente ni se dio audiencia a la empresa para dar por extinguida esa concesión.

Ahora, el Juzgado estudiará si da o no más tiempo al Consejo para ejecutar la sentencia, tras analizar los argumentos de ambas partes. En su escrito, la institución llega a afirmar que esas obras para llevar la red general a Montaña Roja podrían realizarse en "dos semanas". En cuanto a la adjudicación de la obra, asegura que "si se adjudica por emergencia, podría llevarla a cabo esta misma semana", aunque lo cierto es que desde que se presentó el escrito, hace ya mes y medio, ni se han adjudicado las obras ni mucho menos, por tanto, se han empezado a realizar.

"Una vez realizada la obra de conexión, se podría devolver la infraestructura de manera inmediata", insiste el Consejo. Para ello, explica que el primer paso sería enviar un requerimiento a Club Lanzarote para que acometa esas obras, dado que entienden que la empresa es la responsable de realizarlas como promotora del Plan. En caso de no hacerlo, iniciarían un "procedimiento de emergencia ante el posible desabastecimiento de los vecinos" y contratarían la obra, para la que ya han elaborado un proyecto presupuestado en más de 270.000 euros y que aseguran que se ejecutaría en 2 semanas. Después, afirman que entregarían las plantas a Club Lanzarote para "cumplir la sentencia".

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