ENTRE OTRAS COSAS, ADVERTÍA DEL CAMBIO DE USO DEL SUELO DE STRATVS

El informe oculto que provocó la destitución de Polo Díaz: "El Plan de La Geria tiene vicios de nulidad radical"

Entre otras cosas, advertía de que durante la tramitación del Plan se cambió la categoría del suelo donde se asienta Stratvs. Considera que hubo una "flagrante omisión del deber de motivar el cambio de criterio" y que no se sometió a información pública...

1 de julio de 2015 (11:34 CET)
El informe oculto que provocó la destitución de Polo Díaz: El Plan de La Geria tiene vicios de nulidad radical
El informe oculto que provocó la destitución de Polo Díaz: El Plan de La Geria tiene vicios de nulidad radical

El Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria tiene "vicios de nulidad e ilegalidad" que van desde el trámite que se siguió para su aprobación y la falta de informes que eran obligatorios, hasta el trato que se dio en el documento a la bodega Stratvs. Así lo sostiene el que hasta el pasado viernes era director de la Oficina del Plan Insular, Leopoldo Díaz, en un informe que se había mantenido oculto hasta ahora, pero que fue el desencadenante de su destitución por parte del presidente del Cabildo, Pedro San Ginés.

El informe al que ahora ha tenido acceso La Voz fue encargado el pasado mes de enero por el propio San Ginés, que pretendía contrarrestar el demoledor dictamen pericial realizado por otra jurista del Cabildo, Joana Macías, a petición del Juzgado que instruye el caso Stratvs (para determinar si la bodega sería legalizable con el nuevo Plan de La Geria). Sin embargo, lejos de discrepar con esta jurista, Leopoldo Díaz mostró su "esencial coincidencia con las cuestiones jurídicas centrales abordadas" en ese informe y fue incluso más contundente si cabe en sus conclusiones.

En su escrito, fechado el pasado mes de abril, Leopoldo Díaz comenzaba aclarando que su dictamen "no tiene carácter de pericia complementaria, añadida o aclaratoria de la suscrita en sede judicial, pues quien lo ha pedido es el señor presidente del Cabildo" y no un juez. Además, subrayaba incluso que la independencia de un técnico que actúa como perito en un Juzgado está protegida por la ley, pudiendo suponer un delito intentar influir en sus conclusiones, tal como en su momento recordó también la juez del caso Stratvs, Silvia Muñoz, en un auto donde hizo referencia a un escrito que le había remitido Pedro San Ginés, en el que cuestionaba el informe de Joana Macías. Públicamente, el presidente siempre ha asegurado que los "servicios jurídicos" del Cabildo no compartían ese dictamen de Macías, aunque lo cierto es que el jurista que durante 20 años ha estado al frente de la Oficina del PIOT sostiene exactamente lo mismo.

 

Un "cambio sustancial" sin justificar y sin salir a exposición pública


A lo largo de un informe de 31 folios, Leopoldo Díaz analizaba los distintos "vicios de nulidad" en los que considera que incurre el polémico Plan Especial de La Geria, aprobado definitivamente por el Gobierno de Canarias el pasado mes de julio. Y entre ellos, destacaba el caso de la bodega Stratvs (construida ilegalmente y sin permisos que ampararan esa obra), porque durante la tramitación del Plan se modificó el uso de ese suelo, sin justificar los motivos de esta decisión y sin siquiera someter ese cambio a información pública.

"Entre el Avance y la Aprobación Definitiva Parcial se produjo una recategorización de suelo que implica una desprotección ambiental de los recursos naturales en beneficio del aprovechamiento económico", sostiene Leopoldo Díaz en su informe. Concretamente, en los primeros documentos que se sometieron a aprobación, el suelo donde se asienta Stratvs figuraba como "rústico de protección paisajística", que no permite infraestructuras como ésta. Sin embargo, en el último trámite se cambió la categoría y pasó a ser "suelo rústico de protección agraria paisajística". Y ese matiz, supone que sí pueda albergar una bodega, ya que la ley canaria permite estas instalaciones en suelos de protección agraria. Sin ese cambio, "Bodega Stratvs no podría instalarse en el suelo donde hoy se localiza", concluye Leopoldo Díaz en su informe.

En cualquier caso, el informe también señala que pese a los cambios contemplados en el Plan, la bodega seguiría sin ser legalizable, ya que tampoco cumple los "parámetros urbanísticos" establecidos en ese documento ("incumple parcela mínima, edificabilidad, metros construidos sobre rasante, altura máxima y retranqueos"). Precisamente algunos de esos "parámetros" son los que también se pretenden variar ahora con la modificación del Plan de La Geria, que a finales de la pasada legislatura fue llevada a Pleno en tres ocasiones por Pedro San Ginés sin conseguir que se aprobara.

En su informe, Leopoldo Díaz cuestionaba también que la "recategorización" del suelo de Stratvs "acaecida entre la aprobación inicial y la aprobación definitiva del Plan Especial de La Geria" se hizo "sin sometimiento al procedimiento de información pública", pese a que se trataba de "un cambio sustancial", por lo que advertía de que eso conlleva "causa de nulidad radical de dicho planeamiento".

Además, subrayaba que ese cambio se realizó basándose en la misma información territorial que sirvió para fundamentar su categorización inicial y agregaba que tampoco se modificó la Memoria del Plan Especial. De esta forma, una "variación tan determinante o sustancial queda ayuna de fundamentación alguna, con flagrante omisión del deber de motivar el cambio de criterio y sin nueva información pública, sustrayendo a ciudadanos y administraciones la ocasión de alegar lo que a sus legítimos intereses conviniera".

 

Stratvs, igual que bodegas históricas y el Monumento al Campesino


En lo que respecta al uso del suelo de Stratvs, Leopoldo Díaz agregaba que en el último trámite de aprobación del Plan de La Geria, el suelo de esta bodega del empresario Juan Francisco Rosa volvió a cambiar, pasando a considerarse un equipamiento estructurante, junto al Monumento al Campesino y todas las bodegas históricas de La Geria. 

El ya ex jefe de la Oficina del PIOT advertía en su informe de que esta nueva categoría que introdujo el Plan Especial permite que "el promotor delimite a su antojo y libre albedrío ese suelo rústico de protección de infraestructuras y equipamientos".

Además, coincidiendo también en esto con lo que ya planteaba Joana Macías en su pericial, Leopoldo Díaz concluye que "el Plan Especial de La Geria no puede implantar equipamientos estructurantes", ya que "sólo el Plan Insular de Ordenación tiene habilitación legal para hacerlo", por lo que considera que esta figura que crea el Plan tampoco tiene cobertura legal.

 

"No es un informe del Cabildo, sino de un perito judicial"


Cuando el pasado mes de enero solicitó este informe sobre las "consideraciones jurídicas" realizadas por la jurista Joana Macías en su dictamen pericial, Pedro San Ginés argumentó que lo hacía "atendiendo" a la "repercusión" que ese informe pudiera tener "en los actos de autorización que se vienen informando por este Cabildo", dado que se hablaba de "vicios de nulidad" en el Plan de La Geria, que fue aprobado por el Gobierno de Canarias. "Ha puesto a los pies de los caballos a toda la Corporación", llegó a decir entonces públicamente San Ginés.

Al respecto, Leopoldo Díaz le responde en su informe que el dictamen de un perito (que es como actuaba Joana Macías al responder al requerimiento del Juzgado) "no vincula al Cabildo" y sólo "tiene efectos en el ámbito y marco penal en el que ha sido requerido y emitido, sin que afecte a los actos de autorización que tramita el Cabildo insular de Lanzarote". "No es el informe del Cabildo, sino de un empleado público del Cabildo que actúa como perito judicial", aclaraba el ex jefe de la Oficina del PIOT.

Al respecto, y a modo de ejemplo, recordaba que el director de la Asesoría Jurídica del Cabildo defiende como abogado a uno de los técnicos del Cabildo imputados en el caso Stratvs, concretamente el ingeniero de Actividades Clasificadas, y durante la instrucción de la causa llegó a adherirse a la solicitud de la acusación particular y de la Fiscalía, reclamando el cierre cautelar de la bodega. "Eso no implica que la entidad insular sostenga tal posición ni que ésa sea la suya", subraya Leopoldo Díaz en su informe, citando este ejemplo para insistir en que nada tiene que ver el Cabildo con lo que sus técnicos, funcionarios o trabajadores hagan a petición de un juez o en la instrucción de una causa en la que intervienen.

 

"Eventual inaplicación del Plan por parte de jueces y tribunales"


En cuanto a la vigencia del Plan de La Geria, Díaz respondía al presidente que ni siquiera el informe de Joana Macías la pone en cuestión. Y es que aunque tenga "vicios de nulidad", el documento sólo puede ser anulado por un tribunal o por la propia administración, si decide revisar de oficio el documento.

Por eso, concluía que mientras eso no suceda (el Plan tiene ya varios recursos en los tribunales), el documento "está en vigor, forma parte de nuestro ordenamiento jurídico y es plenamente aplicable". En cualquier caso, agregaba que "otra cosa es que los vicios de nulidad e ilegalidad del Plan Especial que el informe sostiene abran la puerta a su eventual inaplicación por parte de jueces y tribunales" (por ejemplo en el caso Stratvs), ya que la Ley establece que éstos "no aplicarán reglamentos o cualquier otra disposición contrarios a la Constitución, a la ley o al principio de jerarquía normativa".

En cuanto a la Administración, Leopoldo Díaz matizaba además que una cosa es que el Plan de La Geria esté a día de hoy en vigor, y otra que "pueda ser aplicado como si se tratara de una isla jurídica". Al respecto, aclaraba que el sistema de planeamiento de Canarias "se rige por el principio de jerarquía", por lo que subrayaba que en caso de contradicción, el que "prevalece es el Plan Insular". En este punto volvía a discrepar con el documento del Plan de La Geria, que en la memoria justificativa sostiene lo contrario, afirmando que al no estar adaptado el PIOT a las Directrices del Gobierno de Canarias, prevalecería el Plan de La Geria. Según Leopoldo Díaz, es "infundado sostener" eso y "no hay precepto que avale aserto tan tajante".

En el PIOT, el suelo de Stratvs figura "clasificado y categorizado como suelo rústico de protección: zonas de valor paisajístico-paisajes singulares". Esta categoría, según señalaba el entonces director de la Oficina del Plan Insular en su informe, está destinada a proteger la calidad visual de una zona y sus cultivos, y el Plan Insular establece que "son incompatibles con su conservación la construcción de edificios e infraestructuras aéreas, así como toda obra que requiera movimientos de tierras".

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