EL AUTO DE LA JUEZ RESUME LA INEXPLICABLE CRONOLOGÍA DE LA BODEGA

La construcción de Stratvs se basó en una "ficción continua y premeditada"

El auto de la juez Silvia Muñoz resume la inexplicable cronología de la bodega, que nunca pudo autorizarse y que se asienta en suelo que ni siquiera pertenecía a Juan Francisco Rosa. El motivo, utilizar "una vivienda preexistente de valor etnográfico" para "facilitar la consecución del plan"?

16 de marzo de 2015 (17:20 CET)
La construcción de Stratvs se basó en una ficción continua y premeditada
La construcción de Stratvs se basó en una ficción continua y premeditada

Juan Francisco Rosa era plenamente "conocedor" de que la normativa impedía construir una nueva bodega en La Geria (y mucho menos acompañarla de un restaurante, una tienda y otros anexos), y para lograrlo trazó un "plan" basado en una "ficción continua y premeditada", que contó con la permisividad e incluso la presunta complicidad de todas las administraciones implicadas.

Así lo pone de relieve el auto que pone fin a la instrucción de la causa, que irá a juicio con 18 imputados (incluyendo a la sociedad BTL como persona jurídica). En ese auto, la juez Silvia Muñoz relata la inexplicable cronología de la construcción de esta bodega y todos sus anexos en un espacio protegido, donde no podía haberse autorizado.

"Para facilitar la consecución del plan", explica la juez, "se partió de una vivienda" preexistente "de valor etnográfico, conocida popularmente como la casa de los Cabrera". Sin embargo, ni la casa ni la finca en la que se asienta Stratvs pertenecían (ni pertenecen) a Juan Francisco Rosa. De hecho, el nombre de Rosa ni siquiera aparece en la solicitud de los primeros permisos. Quien los pidió fue la mujer del arquitecto de Stratvs, Miguel Ángel Armas Matallana. A través de su familia, Armas tenía parte de la titularidad de la finca. El resto pertenece a otros titulares, entre los que se encuentran varios miembros de la familia Negrín, que se personó en esta causa tras denunciar que se usurparon sus terrenos al construir la bodega.

Según la juez, Rosa no sólo se benefició económicamente con la construcción de Stratvs, que le habría reportado "ingresos mínimos de un millon de euros anuales", sino también al obtener "material de la excavación de valor económico (picón o rofe)" durante la construcción de la bodega, "con el consiguiente perjuicio económico sobre los legítimos propietarios". Y a eso hay que sumar que en lugar de rehabilitar la casa la demolió, pese a que ni siquiera era el dueño.

 

La administración notificaba a Rosa, aunque no figuraba como promotor


Según la juez, Rosa "se concertó" con Armas Matallana para utilizar esa vivienda preexistente para lograr el primer permiso, con la excusa de rehabilitar la vivienda. Después, esa primera solicitud, que era para la "restauración de vivienda y almacén", fue "mutando de manera intencionada y dirigida, ampliando su espacio y funciones", sin "conocimiento y consentimiento" de la mujer de Armas, Piedad del Río, que figuraba como firmante de la solicitud ("se falsificó su firma", llegó a declarar el arquitecto en los Juzgados). 

Además, aunque los permisos se pedían a nombre de ella, la administración respondía directamente a Juan Francisco Rosa, que era el "promotor encubierto de la construcción". De hecho, desde la primera solicitud al Gobierno de Canarias, se hizo constar que las notificaciones administrativas se realizarían en la calle Fajardo de Arrecife, donde se ubica Galerías Rosa, S.L. 

Precisamente a esa dirección se dirigió el Gobierno de Canarias para notificar a Rosa su resolución favorable, justo al día siguiente de firmarla. Y todo ello, pese a que no constaba su "consideración de interesado administrativo", ni ostentaba "representación alguna" de la que figuraba como solicitante del permiso.

 

Un expediente plagado de "datos falsos"


Además de levantar Stratvs sobre un suelo que ni siquiera pertenecía a Rosa, y que se usó porque según la juez "era la única ubicación que se prestaba a la ficción continua y premeditada de rehabilitar una antigua bodega (que no existía)", el auto relata otra larga lista de datos y documentos falsos que se aportaron en los distintos expedientes para tramitar los permisos.

"A sabiendas de que los datos reales no facilitarían la concesión de la autorización en suelo rústico, se incluyen datos cuya discordancia con la realidad era conocida y buscada por el promotor, con el conocimiento y concierto del arquitecto", señala la juez. "A modo de ejemplo", el auto señala que "en la memoria descriptiva del proyecto se recoge que la propietaria de la vivienda a rehabilitar es doña Piedad del Rio, no siendo cierto"; que "se aumentó deliberada y ficticiamente el tamaño de la vivienda a restaurar"; que "se acompañó también una ficha registral correspondiente a una parcela catastral diferente, sobre la que no se ubica ninguna vivienda"; y que "se introdujeron datos falsos en cuanto al destino del almacén a construir". Todos estos datos eran, según la juez, "fácilmente comprobables por la administración receptora de la documentación", pero "intencionadamente" no los comprobó

Además, ninguna de las administraciones implicadas actuó tampoco cuando lo construido no se ajustó en nada a lo que se había autorizado. Por un lado, porque incluso se derribó la vivienda que supuestamente se iba a rehabilitar y se construyó una nueva de mayor tamaño. Por otro, porque la superficie autorizada era de 900 metros cuadrados, y el complejo Stratvs tiene en total más de 12.000.

 

Autorizaciones pese a los informes negativos


En su auto, la juez separa las distintas "fases" en las que intervinieron las administraciones, dando luz verde a un proyecto que no se podía autorizar. Y en todas ellas, los permisos se otorgaron pese a existir informes negativos. Además, no se comprobó la veracidad de la documentación presentada por el promotor, se "omitieron" normativas en vigor "a sabiendas" y se entregaron permisos pese a saber que faltaba información en los expedientes.

Incluso, en el caso de la primera autorización del Gobierno de Canarias, el que era jefe de autorizaciones de la Consejería de Ordenación del Territorio, Rafael Pérez Marrero, "amplió deliberadamente el objeto solicitado por la supuesta interesada", que no hacía referencia a una bodega, sino a la rehabilitación de una casa y un almacén. Sin embargo, Pérez Marrero informó a favor de autorizar la construcción de un almacén subterráneo de 900 metros cuadrados, "correspondientes a bodega antigua", cuando "en el lugar no se ubicaba ninguna bodega, y menos antigua", subraya la juez. Marrero, que también estuvo imputado, falleció mientras se realizaba la instrucción de la causa, por lo que no se encuentra en la lista de procesados.

Al igual que este informe, en el que según la juez el técnico "omitió" referirse al planeamiento vigente, en todas las administraciones implicadas existen varios más similares, informando favorablemente pero obviando datos o normativas. Sin embargo, se ignoraron los dictámenes que había en contra.  

En la propia resolución en la que autorizó las obras, el entonces director general de Urbanismo de Canarias, Juan Cesar Muñoz Sosa, reconoce que "se ha solicitado informe al Ilustre Ayuntamiento de Yaiza pero no se ha recibido contestación; se ha solicitado informe a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias que informa de manera desfavorable a la construcción de almacén y se ha solicitado informe al Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Medio Ambiente) quien estima informar que es incompatible este tipo de actividad con la conservación de este suelo calificado como Rústico de Protección".

Lo mismo sucedió después cuando el entonces alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, concedió en 1999 la licencia de obras, teniendo incluso informe en contra del entonces secretario del Consistorio, Vicente Bartolomé Fuentes (que pese a ello está imputado, porque después sí informó a favor de otorgar a Stratvs la licencia de actividad clasificada para autorizar la apertura). Aunque consiguió la licencia, Rosa ni siquiera había presentado el proyecto de ejecución.

 

Yaiza llegó a ordenar la suspensión de las obras


La licencia concedida por el Ayuntamiento daba un plazo de seis meses para el comienzo de la obra y de 24 meses para su finalización, pero ni siquiera eso se cumplió. De hecho, la construcción de Stratvs comenzó cuatro años después, en el año 2003, cuando ni siquiera tenía ya una licencia de obras en vigor. Y todo ello, "con el conocimiento y beneplácito de las Administraciones Públicas, en particular del Ayuntamiento de Yaiza", según la juez.

En abril de ese año 2003, el aparejador de Yaiza Alfredo Morales informó al Ayuntamiento de que se estaban realizando las obras sin haber presentado proyecto de ejecución, y Reyes llegó a firmar un decreto ordenando la suspensión de los trabajos, que "fue notificado al encargado de la obra". Sin embargo, "nunca llegó a cumplirse" y el entonces alcalde, según la juez, "omitió cualquier tipo de actuación que impidiera" la continuación de las obras o que "sancionara lo ya efectuado".

Fue en junio de 2003 cuando Rosa presentó el proyecto de ejecución, firmado por Miguel Ángel Matallanas, en el que según la juez "se contienen datos falsos". Dos años después, en junio de 2005, cuando los trabajos ya estaban casi terminados, un empleado de Rosa, "atribuyéndose la representación" de la supuesta solicitante de los permisos, pidió una prórroga de la licencia concedida en 1999. Sólo unos días después, "pese a poder constatarse de manera objetiva, clara y flagrante que las obras se habían realizado sin respetar los términos (plazo, condiciones, ubicación…) de la licencia inicial", Reyes prorrogó esa licencia. Para ello, el alcalde firmó dos decretos en los que, por primera vez, apareció el nombre de Rosa. En uno de ellos, se prorroga y se transfiere la licencia de "restauración de vivienda y construcción de sotano-almacén" a don Juan Francisco Rosa Marrero. En el otro, la transferencia se hace a "Juan Fransciso Rosa e Hijos, S.L."

Ese mismo mes, el concejal de Urbanismo José Antonio Rodríguez, actuando como alcalde accidental, dictó un tercer decreto "mediante el que se incluye de manera intencionada sobre los anteriores dictados por el señor Reyes la palabra bodega", que no aparecía en los otros dos.

 

Yaiza puso "condicionantes" que nunca cumplió ni vigiló


Ya bajo la Alcaldía de Gladys Acuña, el Ayuntamiento concedió también a Stratvs la licencia de actividad clasificada, en una reunión de la Junta de Gobierno celebrada el día 19 de diciembre de 2008. Tanto el secretario como los ediles participantes en esa reunión están imputados e irán a juicio ya que, según la juez, votaron a favor de la concesión de la licencia "pese a conocer lo no autorizable tanto de la instalación en su magnitud, como en su actividad", y "a sabiendas de que la construcción ya excedía y en mucho lo autorizado en el año 1999, y que la actividad en sí, no podía autorizarse".

De hecho, la juez sostiene que precisamente por eso "introdujeron dos condicionantes", aunque sabían que "no los llevarían a cabo ni controlarían intencionadamente". De hecho, no los cumplieron ni antes ni después de conceder la licencia. Uno de ellos, suponía la visita de los técnicos competentes, "que debían informar sobre la adecuación del local al proyecto presentado y en su caso medidas correctoras", pero "ningún miembro de la Junta, ni tampoco la Alcaldesa dio la orden de girar visita de inspección". El segundo de los condicionantes era que la entidad debía estar en posesión de la autorización de vertidos otorgada por el Consejo Insular de Aguas, "esto último a sabiendas de que pese a carecer de la misma, tampoco iban a adoptar medida alguna".

Según la juez, con eso pretendían "salvar formalmente el escollo que les suponía conocer" informes de Salud Pública desde el año 2006 y hasta diciembre de 2008, advirtiendo de que las instalaciones "no cumplían con la normativa en materia de evacuación de aguas residuales".

Así, el auto hace referencia a distintos informes remitidos al Consistorio, que según la juez demuestran que "el Ayuntamiento conocía en el momento de conceder la licencia de actividad clasificada la existencia de una industria en funcionamiento no solo limitada a la actividad de bodega, sino también de tienda y restauración, así como los vertidos inconsentidos y, pese a ello, omitiendo de manera patente, clara e inobjetable, todo tipo de control, concedió la licencia de actividad clasificada".

A todo esto, se suman los permisos que consiguió después Stratvs del Consejo Insular de Aguas para su sistema de vertidos, pese a que había informes que advertían de la contaminación; así como las obras que posteriormente siguió realizando Rosa en el complejo Stratvs; y también el resto de delitos que la juez imputa a Rosa y a Armas Matallana. Entre ellos, incluso, alteraciones catastrales para "simular" que Stratvs se asentaba en otra finca que el empresario adquirió expresamente para ello. Esa finca, carente apenas de valor , fue utilizada por Rosa como garantía de deudas ante la administración, fingiendo que lo que ponía como garantía era la bodega.

LO MAS LEÍDO