LA JUEZ NO LO PIDIÓ Y SU AUTORA HABLÓ DE ÉL CON UNA ABOGADA DE LA DEFENSA

La Audiencia tacha de "irregular" que la Apmun presentara un "contrainforme" en el caso Stratvs

Subraya que el Juzgado ni siquiera lo había solicitado y que los acusados "aluden insistentemente" a él "con finalidad exculpatoria". También afirma que "comparte las lógicas prevenciones" de la Fiscalía, que entre otras cosas subrayó que la autora del "contrainforme" escribió un mail a la abogada de varios acusados antes de enviarlo?        - Otra sentencia de la Audiencia rechazó en marzo un "contrainforme" del Cabildo, aportado en otra causa, que rebatía a Joana Macías

25 de noviembre de 2015 (21:56 CET)
La Audiencia tacha de irregular que la Apmun presentara un contrainforme en el caso Stratvs
La Audiencia tacha de irregular que la Apmun presentara un contrainforme en el caso Stratvs

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha tachado de "irregular" que el Gobierno de Canarias enviara un "contrainforme" de la Apmun, en noviembre de 2013, para incorporarlo al caso Stratvs. En la causa ya constaba un informe elaborado por otra técnico de esta misma Agencia y el segundo dictamen, que llega a conclusiones opuestas, "ni siquiera había sido solicitado" por el Juzgado. "La Sala comparte las lógicas prevenciones que al Ministerio Fiscal le suscita el informe de la Apmun, al que con indisimulado interés aluden insistentemente los recurrentes con finalidad exculpatoria", señala la Audiencia en un auto fechado el pasado día 19, en el que rechaza los recursos de dos de los acusados en la causa, que habían pedido que se archivaran las actuaciones contra ellos.

Esas "prevenciones" que comparte la Audiencia son las que plasmó la Fiscalía en su respuesta al recurso de estos dos acusados, Armando Villavicencio Delgado y Juan César Muñoz Sosa, que intervinieron en su día la concesión de la licencia a Stratvs como técnicos del Gobierno de Canarias. En ese escrito, el Ministerio Fiscal hacía hincapié en la "súbita aparición" de ese informe y señalaba que su "credibilidad y virtualidad exculpatoria", a la que apelan los acusados en sus recursos, "está en entredicho".

Al respecto, la Fiscalía recordaba incluso un correo electrónico al que se tuvo acceso durante la investigación, y que está fechado unos días antes de que el "contrainforme" apareciera en el Juzgado. El correo lo envió su autora, Carlota Pérez Miranda, a la abogada de los acusados, Ana María Quitana (que a la vez es jefa del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias).  Y en ese correo electrónico, según recoge el fiscal en su escrito, la jurista de la Apmun le dice a la abogada de la defensa que "tras la conversación mantenida con ella, le adelanta con autorización del director el informe emitido, preguntándole cómo sería la mejor forma de incorporar ese informe al juzgado, por entenderlo de trascendencia en la causa penal". 

Además, el fiscal subraya que la misma jurista que firmaba el "contrainforme" había declarado como testigo en el caso Stratvs y llegó a afirmar en el Juzgado que "la imputación de los técnicos le quitaba el sueño".

 

"Algo insólito en el seno de la Apmun"


"Constituye algo insólito en el seno de la Apmun que se realice y aporte sin justificación procesal para ello un aparente contrainforme que desacredite las conclusiones de una técnico especializada de la misma Agencia", señala la Fiscalía, que insiste en que ese segundo informe "no fue solicitado por la instructora" y "se emitió por quien no tenía competencia para ello".

Al respecto, el Ministerio Fiscal recuerda que fue la propia Apmun la que designó a la técnico que elaboró los primeros informes, cuando fueron solicitados por la juez instructora. "El Juzgado no elige qué técnico debe emitir los informes, sino que es la propia Apmun la que asigna los expedientes a cada funcionario, de acuerdo con sus criterios de distribución de trabajo internos", subraya el escrito de Fiscalía. 

Después, una vez emitido el primer informe, la juez sí solicitó que tanto ella como otros funcionarios de distintas administraciones que habían emitido informes a petición del Juzgado, participaran en una inspección de las instalaciones de Stratvs y "emitieran un informe complementario sobre lo encontrado". Según el fiscal, los acusados "ponen énfasis en desacreditar los informes periciales" de esta técnico de la Apmun, que además denunció en su momento que estaba recibiendo "presiones", y "lo contraponen" a ese otro emitido después, sin que lo solicitara el Juzgado, por otra jurista de la Agencia.

 

El Cabildo también anunció "contrainformes"


Algo similar a lo que ocurrió con la perito de la Apmun se repitió también en el Cabildo, con el informe elaborado por Joana Macías, jurista de la Oficina del PIOT (en su caso, también fue el Cabildo quien le encargó a ella el primer informe solicitado por el Juzgado, y luego la juez le pidió un dictamen complementario tras la visita a la bodega) . Al remitir ese informe al Juzgado, el presidente, Pedro San Ginés, llegó a adjuntar un escrito en el que "aclaraba" a la juez que el informe no había sido "validado ni supervisado en profundidad" por falta de "tiempo material para hacerlo". Incluso, adelantaba que "excedía el objeto de lo solicitado (por el Juzgado), amén de los errores de contenido en que incurre el mismo".

A raíz de ese escrito, en la providencia en la que dio por incorporado ese informe a la causa, la juez Silvia Muñoz advirtió de que el presidente del Cabildo no puede "supervisar" los informes que realizan sus técnicos a petición de un Juzgado, porque podría "suponer una incursión" en su "independencia". Incluso, la juez recordaba que la independencia de los peritos está protegida por la ley, pudiendo suponer un delito el "intentar influir directa o indirectamente" sobre ellos. 

Pese a esa advertencia, San Ginés anunció públicamente que los "servicios jurídicos" de la Corporación estaban elaborando un nuevo dictamen, al no compartir el de Joana Macías. Entre otras cosas, Macías sostenía que la bodega Stratvs es ilegal e ilegalizable, cuestionaba el trato privilegiado que recibe en el Plan Especial de La Geria e, incluso, advertía de que ese documento tiene vicios de nulidad. 

Cuatro meses después de anunciar esos "contrainformes", San Ginés declaró en Radio Lanzarote-Onda Cero que finalmente que no los enviaría al Juzgado. Sin embargo, sí llegaron a realizarse. Uno de ellos fue encargado al que entonces era jefe de la Oficina del PIOT, Leopoldo Díaz. Pero lejos de discrepar con Joana Macías, Polo Díaz mostró su "esencial coincidencia con las cuestiones jurídicas centrales abordadas" en ese informe y fue incluso más contundente si cabe en sus conclusiones. Poco después, fue destituido de su cargo por Pedro San Ginés.

 

Delia Fernández ya elaboró un "contrainforme" para otra causa


Los otros dos informes, que sí discrepaban con el de Macías y que fueron los que San Ginés hizo públicos en su momento (el de Polo Díaz permaneció meses oculto, pese a las reiteradas solicitudes de la oposición) fueron elaborados por el director insular de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Santana (que es un cargo de designación política) y por la jurista Delia Fernández Fernández.

Esta misma jurista, sobrina de Felipe Fernández Camero, ya había emitido al menos otro contrainforme en el marco de una causa judicial, por unas obras ilegales realizadas en Las Quemadas. Fue el mismo día del juicio cuando apareció un informe firmado por Delia Fernández, también para rebatir otro dictamen previo de Joana Macías. "Refleja, por lo menos, un perturbador proceder del Cabildo", señalaba la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, al referirse al modo en que apareció ese "contrainforme".

Según se declaró en el juicio, fue un perito de la defensa quien entregó ese dictamen a otra funcionaria del Cabildo, que también estaba citada. Y esa funcionaria terminó llevando al juicio el informe, cuyo origen fue calificado como "siniestro" por el Ministerio Fiscal y también por el juez. Finalmente, pese a que se analizó su contenido, el Juzgado decidió no admitir siquiera ese dictamen al dictar su sentencia condenatoria por un delito contra la ordenación del territorio.

Cuando la defensa recurrió ante la Audiencia Provincial, entre otros argumentos esgrimió que en el primer fallo no se había tenido en cuenta ese informe. Sin embargo, la Audiencia también lo rechazó el pasado mes de marzo. "Tal y como resulta de su lectura, únicamente está destinado a combatir la pericial de Joana Macías. De hecho, en realidad es una especie de contrainforme frente a éste", concluía la sentencia de la Audiencia Provincial, subrayando que lo que hacía ese dictamen era "exclusivamente contradecir el previamente emitido por otra jurista del mismo organismo público". Además, señalaba que más allá del "valor que se le quiera dar" a ese contrainforme por parte de las defensas, "no afectaría a los restantes informes periciales, así como informes técnicos unidos al proceso" que sostenían la acusación y que motivaron la condena.

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