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Los nuevos cambios de la 'desescalada' Covid: ¿qué se puede hacer desde este viernes en Lanzarote?

Éstas son las restricciones que se aplicarán ahora en la isla, tras la nueva modificación aprobada por el Gobierno de Canarias

La calle Real de Arrecife durante la pandemia, que conllevó la aprobación de las ayudas europeas para la recuperación

El Gobierno de Canarias ha puesto fin este jueves al sistema de restricciones vinculado a los niveles de alerta 1, 2, 3 y 4 y ha aprobado solo dos paquetes de medidas. A partir de este viernes, las dos islas con los peores indicadores, Gran Canaria y Tenerife, se regirán por uno de ellos; mientras que en Lanzarote, La Graciosa, Fuerteventura, La Gomera, La Palma y El Hierro se aplicará el otro.

Desde ahora, y al menos hasta el próximo jueves, cuando vuelva a reunirse el Consejo de Gobierno regional, éstas son las restricciones que se aplicarán en Lanzarote:

 

Aforo general: 100% al aire libre y del 75% en interiores.

Grupos de personas no convivientes que pueden reunirse: 12 como máximo.

Horarios de cierre: hasta las 4 de la madrugada.

Ocio nocturno: 100% del aforo en espacios al aire libre y 75% en interiores, en mesas de 12 personas y cierre a las 4.

Hostelería y restauración: 100% de aforo al aire libre y 75% en interiores, en mesas de 12 personas y horario de cierre a las 04.00 horas.

Práctica de actividad física y deportiva no federada: 100% de aforo al aire libre y 75% en interiores y en grupos de 12 personas como máximo, salvo convivientes.

Práctica deportiva federada de ámbito regional o insular: 100% de aforo de público al aire libre y 75% de aforo de público en interiores.

Actividad cultural: en espacios públicos al aire libre tendrá un 100% de aforo y en los locales y establecimientos culturales y artísticos cerrados del 75%.

Centros sanitarios: en los hospitales se permiten las visitas con normalidad.

Medidas sobre el transporte para todas las islasEn el transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismos y de arrendamiento con conductor, de hasta nueve plazas incluido el conductor, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotado previamente las traseras, salvo cuando el conductor pueda ser considerado como persona de riesgo.

El aforo en el trasporte público regular terrestre, urbano y metropolitano, de viajeros queda fijado en el 100% del aforo máximo permitido para los respectivos vehículos. Se deberá garantizar una adecuada ventilación y/o renovación del aire, así como el resto de las medidas generales para la prevención y control del SARS-CoV-2.