Política

La Cotmac excluye del trámite de evaluación ambiental la creación de una rotonda junto Galerías Rosa, que afecta a 2 parcelas privadas

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ha excluido este martes del procedimiento de evaluación ambiental una modificación puntual del Plan General de Arrecife que tiene como objetivo ...

La Cotmac excluye del trámite de evaluación ambiental la creación de una rotonda junto Galerías Rosa, que afecta a 2 parcelas privadas

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ha excluido este martes del procedimiento de evaluación ambiental una modificación puntual del Plan General de Arrecife que tiene como objetivo construir una rotonda entre las calles Tenderete y la calle Z, en la zona donde se ubica Galerías Rosa. Para construir la rotonda, el Ayuntamiento de Arrecife tendrá que afrontar la demolición parcial de alguna nave y la posterior ejecución de la misma y de su vallado, según advierte la Cotmac.

El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, ha presidido esta sesión, en la que se ha decidido excluir al Ayuntamiento de este trámite de evaluación ambiental al "tratarse de una modificación de índole menor". Igualmente, se han establecido determinadas "consideraciones", ya que la construcción de esta rotonda "afecta, entre otros, a la alineación oficial de la edificación en dos parcelas, retranqueándolas".

Por ello, la Cotmac indica que desde el documento urbanístico "se deberá justificar y establecer el sistema de gestión que permita incorporar al patrimonio público aquella fracción de suelo afectado por la actuación que es propiedad privada y con aprovechamiento urbanístico (que pasa de suelo privado a suelo público), así como afrontar la demolición y nueva ejecución de nave y vallado".

La documentación urbanística deberá contener la identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobre las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a su iniciación, según conste en el registro o instrumento utilizado a efectos de notificaciones a los interesados, de conformidad con la legislación vigente, según establece la Cotmac.