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La Audiencia Provincial da cinco días al ex concejal de Urbanismo de Tías para que ingrese voluntariamente en prisión

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado un auto en el que declara firme la sentencia que condenó a dos años y tres meses de cárcel al ex concejal de Urbanismo de Tías, José Alberto ...

La Audiencia Provincial da cinco días al ex concejal de Urbanismo de Tías para que ingrese voluntariamente en prisión

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado un auto en el que declara firme la sentencia que condenó a dos años y tres meses de cárcel al ex concejal de Urbanismo de Tías, José Alberto Reyes de León, por un delito de falsedad documental, y ordena su ingreso en prisión. La decisión se ha producido tras la sentencia dictada el pasado mes de julio por el Tribunal Supremo, que rechazó el recurso del ex concejal.

Desde el momento en que reciba la notificación del nuevo auto, José Reyes tiene cinco días para "ingresar voluntariamente" en el Centro Penitenciario de Tahíche. En caso de no hacerlo, la Audiencia advierte que "se procederá a su busca, detención e ingreso en prisión por los cuerpos y fuerzas de seguridad y el Estado".

Sin embargo, antes de que llegue ese momento, José Reyes puede intentar que se retrase la ejecución de la sentencia. De hecho, puede interponer un recurso de súplica contra este nuevo auto de la Audiencia Provincial, fechado el pasado 17 de octubre. Pero para retrasar su ingreso en prisión, tendrá que alegar razones que justifiquen un aplazamiento.

Por ejemplo, si José Reyes decidiera pedir un indulto al Consejo de Ministros, podría solicitar más tiempo a la Audiencia, hasta que el Gobierno central decida si le concede esa medida de gracia.

Lo mismo sucedería en caso de que el ex concejal decidiera recurrir la sentencia ante el Tribunal Constitucional. Esta vía excede el procedimiento ordinario y no supone un nuevo pronunciamiento sobre el fondo de los hechos que se juzgaron, sino sobre la tutela de los derechos constitucionales durante el proceso. Por eso, y dado que la sentencia ya es firme, la Audiencia tiene la última palabra para decidir si autoriza o no ese aplazamiento.

En su nuevo auto, además de ordenar el ingreso en prisión del ex concejal, la Audiencia Provincial también le ha dado cinco días para que haga efectivo el pago de la multa que se le impuso, de unos 1.600 euros, y que se dé cumplimiento a la pena de inhabilitación especial de un año y seis meses impuesta en la sentencia.

"Faltó a la verdad" para proteger a una empresa

La sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas, ratificada después por el Supremo, considera probado que José Reyes "faltó flagrantemente a la verdad" en un documento que remitió a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), protegiendo así una construcción ilegal promovida por la empresa Industriales de la Construcción de Lanzarote S.A. (Indelasa).

"Con su falsedad provocó la no actuación de la Apmun, lo que ha permitido que las obras en cuestión, ilegales e ilegalizables (…), se hayan consolidado al prescribir el delito de construcción ilegal, con lo que ello conlleva de ingente beneficio patrimonial para la empresa Indelasa S.A.", subrayaba la sentencia. La construcción no llegó a demolerse y el Ayuntamiento se limitó a imponer una sanción "ridícula", según la sentencia, de 240 euros.

Las obras consistían en la construcción de un depósito de áridos, formado por muros de hormigón armado sobre solera del mismo material, ubicado en la zona conocida como Lomo de Piedra Blanca o la Rinconada, perteneciente al municipio de Tías. Los trabajos se iniciaron sin contar con la calificación territorial del Cabildo ni con licencia urbanística del Ayuntamiento. Ni siquiera se había solicitado autorización a la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias para la construcción de un edificio en suelo rústico.

Todas estas irregularidades fueron puestas de relieve en un informe técnico de la Apmun, fechado el 13 de septiembre del año 2000, lo que dio origen a medidas sancionadoras contra la empresa, incluyendo el precinto de las obras, así como el requerimiento de legalización de las mismas en el plazo de tres meses.

Instando por la Apmun, el Ayuntamiento inició un procedimiento sancionador. Nueve meses después, la Agencia volvió a dirigirse al Ayuntamiento, pidiendo información sobre lo sucedido con este expediente y preguntando si se había procedido a la demolición. Y la respuesta, llegó en un oficio municipal firmado por el entonces concejal de Urbanismo, José Alberto Reyes, en el que aseguraba que "el procedimiento sancionador incoado por el consistorio municipal había finalizado con el abono de la correspondiente sanción y que las obras objeto de investigación habían sido legalizadas".

Sin embargo, la sentencia considera probado que aquel escrito del concejal era una "maniobra de engaño" para "impedir la actuación sancionadora de la Agencia y la reparación del orden jurídico menoscabado", ya que las obras no eran ni legales ni legalizables.

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